TEXTO PAGINA: 42
42 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de mayo de 2021 / El Peruano SG-OGC-OII de la O fi cina de Imagen Institucional, sustentados en los Informes N° 001-2021/VIVIENDA-SG-OGC-OII-m fl c y N° 002-2021/VIVIENDA-SG-OGC- OII-m fl c; el Memorando N° 392-2021-VIVIENDA-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, sustentado en el Informe N° 078-2021-VIVIENDA/OGPP-OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización; el Informe N° 313-2021-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, los artículos 2 y 4 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establecen que este Ministerio es un organismo del Poder Ejecutivo, cuenta con personería jurídica de derecho público y constituye pliego presupuestal; asimismo, tiene por finalidad normar y promover el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales, como sistema sostenible en el territorio nacional; facilita el acceso de la población a una vivienda digna y a los servicios de saneamiento de calidad y sostenibles, en especial de aquella rural o de menores recursos; promueve el desarrollo del mercado inmobiliario, la inversión en infraestructura y equipamiento en los centros poblados; así como, sus políticas se rigen por los siguientes principios y valores: legalidad, servicio al ciudadano, inclusión social, igualdad de oportunidades y posibilidades de accesibilidad a las personas con discapacidad, equidad, transparencia, participación, interculturalidad, sostenibilidad ambiental, descentralización, integralidad, calidad, efectividad, competitividad, responsabilidad, solidaridad y reciprocidad; Que, mediante el Decreto Supremo N° 003-2008-PCM se prohíbe el uso de la denominación de los Ministerios y Organismos Públicos Descentralizados, así como de las siglas y logos institucionales sin la autorización respectiva; además, el artículo 1 del mencionado Decreto Supremo establece que la denominación de los Ministerios y Organismos Públicos Descentralizados, así como sus siglas y logos institucionales, solo pueden ser utilizados por las personas naturales, personas jurídicas, entidades, Gobiernos Locales y Regionales, que cuenten con autorización expresa del Titular o máxima autoridad administrativa de aquellos; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 056- 2008-PCM, mediante el que se dictan normas sobre información a ser consignada en la documentación o fi cial de los Ministerios del Poder Ejecutivo y los Organismos Públicos adscritos a ellos, establece que las mencionadas entidades consignarán en su documentación o fi cial y en toda documentación que emitan y/o cursen a entidades públicas y privadas, el Gran Sello del Estado y su denominación completa, de conformidad con el formato que como anexo forma parte integrante del citado Decreto Supremo; Que, el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 006-2017-VIVIENDA, precisa que toda documentación ofi cial y en toda documentación que se emita y/o curse a entidades públicas o privadas, se consigne el Gran Sello del Estado y la denominación completa del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de conformidad con el formato que como anexo forma parte integrante del Decreto Supremo N° 056-2008-PCM; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 199-2019-VIVIENDA se aprueba el Manual de Identidad Grá fi ca del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modi fi cándose por Resolución Ministerial N° 216-2019-VIVIENDA; Que, el artículo 60 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA, establece que la O fi cina General de Comunicaciones es el órgano encargado de diseñar las estrategias de comunicación, proyectar la imagen institucional, conducir el desarrollo de las actividades protocolares, relaciones públicas y difundir la labor del Ministerio, a través de los medios de comunicación social; así como proponer lineamientos y estrategias publicitarias a nivel externo e interno; asimismo, los literales a) y k) del artículo 61 del citado documento técnico normativo de gestión institucional, establecen como funciones de la O fi cina General de Comunicaciones, entre otras, proponer, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar los lineamientos y estrategias de comunicación y de publicidad del Ministerio; así como, proponer estrategias para fortalecer la identi fi cación institucional, la comunicación interna y externa, así como la imagen institucional; Que, en ese marco normativo, mediante los documentos de Vistos, la O fi cina General de Comunicaciones, propone y sustenta la necesidad de aprobar un nuevo Manual de Identidad Grá fi ca del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con la fi nalidad que dicho documento presente las pautas para la elaboración y diseño de recursos grá fi cos y audiovisuales del Ministerio para brindarle una identidad visual única e inconfundible, y facilitar su posicionamiento ante el público interno y externo, a través de la estandarización y correcta aplicación de las herramientas visuales utilizadas en todos los productos; Que, mediante Memorando N° 392-2021-VIVIENDA- OGPP, sustentado en el Informe N° 078-2021-VIVIENDA/OGPP-OPM, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto considera viable aprobar el Manual de Identidad Grá fi ca del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento propuesto; Que, a través del Informe N° 313-2021-VIVIENDA/ OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica opina que, en atención a lo propuesto y sustentado por la Oficina General de Comunicaciones, resulta legalmente viable que se expida una Resolución Ministerial para la aprobación del nuevo Manual de Identidad Gráfica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, de acuerdo a lo expuesto, resulta viable aprobar la propuesta de Manual de Identidad Grá fi ca del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; en consecuencia, corresponde derogar la Resolución Ministerial N° 199-2019-VIVIENDA, por la que se aprueba el Manual vigente, así como la Resolución Ministerial N° 216-2019-VIVIENDA que lo modi fi ca; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Derogar la Resolución Ministerial N° 199-2019-VIVIENDA que aprueba el Manual de Identidad Grá fi ca del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, así como la Resolución Ministerial N° 216-2019-VIVIENDA que lo modi fi ca. Artículo 2.- Aprobar el Manual de Identidad Grá fi ca del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Disponer que la O fi cina General de Comunicaciones coordine, supervise y evalúe el cumplimiento del Manual de Identidad Grá fi ca del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, que aprueba el artículo precedente. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y el Manual de Identidad Grá fi ca del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento que aprueba, en el Portal Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SOLANGEL FERNÁNDEZ HUANQUI Ministra de Vivienda,Construcción y Saneamiento 1951770-1