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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2021 (12/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de mayo de 2021 El Peruano / Artículo 5.- Noti fi cación al Sujeto Pasivo Disponer que la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, noti fi que la presente Resolución Ministerial al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del bien expropiado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Ministerial, de encontrarse el inmueble desocupado, o treinta (30) días hábiles de estar ocupado o en uso, bajo apercibimiento de iniciar los procedimientos de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO GONZÁLEZ CHÁVEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DE UN (01) INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO: “FERROCARRIL HUANCAYO - HUANCAVELICA”. NºSUJETO ACTIVO / BENEFICIARIOSUJETO PASIVOIDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLEVALOR DE LA TASACIÓN (S/) 1MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONESVILLEGAS REYNOSO DE TOVAR, AQUILACODIGO: PE-FHH-PR-127 ÁREA AFECTADA: 2402.00 m2 AFECTACIÓN: Total del inmueble 28,692.20Por el Norte: Colinda con predios eriazos de propiedad del Estado, con 20.62 ml. comprendida entre el vértice T hasta el vértice V.Por el Este: Colinda con predio inscrito en la P.E 11005288, mediante una línea quebrada de 9 tramos rectos que suman una longitud total de 85.89 ml, comprendida entre el vértice V hasta el vértice F.Por el Sur: Colinda con predios eriazos de propiedad del Estado, mediante una línea quebrada de cuatro tramos rectos que suman con 23.66 ml, comprendida entre el vértice F hasta el vértice J.Por el Oeste: Colinda con 5536 y con U.C. 003246, mediante una línea quebrada de 10 tramos rectos que suman una longitud total de 84.98 ml, comprendida entre el vértice J hasta el vértice T.COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL INMUEBLE VÉRTICES LADODISTANCIA (m)WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) A A-B 11.44 496005.2478 8625545.0028 B B-C 10.36 496011.5578 8625535.4628 C C-D 9.48 496015.0778 8625525.7228 D D-E 9.32 496020.3478 8625517.8428 E E-F 4.88 496024.7678 8625509.6328 F F-G 5.52 496028.9978 8625507.1928 G G-H 7.70 496026.2478 8625502.4028 H H-I 3.03 496019.9378 8625497.9928 I I-J 7.41 496016.9878 8625497.3228 J J-K 6.41 496009.5978 8625497.9428 K K-L 5.16 496004.1078 8625501.2428 L L-M 5.24 496000.3278 8625504.7528 M M-N 6.30 495996.7278 8325508.5628 N N-O 3.30 495992.5578 8325513.2828 O O-P 1.04 495990.3978 8625515.7728 P P-Q 27.47 495990.0478 8625516.7528 Q Q-R 16.45 495970.4878 8625536.0328 PARTIDA ELECTRÓNICA: Nº 11005381 de la Zona Registral Nº VIII - Sede Huancayo, O fi cina Registral de Huancavelica. 021-MTC/19.03-JHQB-NEPC-LEASS-EAHV, emitido con fecha 23 de abril de 2021, suscrito por Veri fi cador Catastral. ILIARIO : Emitido con fecha 07.12.2020 Sede Huancayo, O fi cina Registral de Huancavelica.R-S 7.95 495959.2778 8625548.0728 S S-T 5.66 495960.0578 8625555.9828 T T-U 13.13 495960.8778 8625561.5828 U U-V 7.49 495971.2078 8625569.6928 V V-W 27.37 495977.4978 8625573.7528 W W-X 4.60 495998.4178 8625556.1028 X X-Y .14 496001.0178 8625552.3028 Y Y-A 8.30 496001.1178 8625552.2028 1951473-1 Aprueban ejecución de expropiación de inmueble afectado por la obra: “Red Vial Nº 5: Tramo Ancón - Huacho – Pativilca, de la Carretera Panamericana Norte” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 436-2021-MTC/01.02 Lima, 10 de mayo de 2021VISTO: La Nota de Elevación N° 077-2021-MTC/20 y Memorándum N° 542-2021-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, y; CONSIDERANDO:Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la ejecución de la obra de Infraestructura Vial denominada: “Red Vial Nº 5: Tramo Ancón - Huacho – Pativilca, de la Carretera Panamericana Norte”; y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fi n; Que, el artículo 1 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA (en adelante, el TUO de la Ley), indica que el Decreto Legislativo N° 1192 establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 del TUO de la Ley, de fi ne al Bene fi ciario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición,