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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2021 (31/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 5

5 NORMAS LEGALES Lunes 31 de mayo de 2021 El Peruano / PERSONAL MILITAR DNI CIP CONDICIÓN Mayor José ALARCON ALARCÓN41054148 122202300 Titular Mayor Williams GOMEZ HUALLANCA40375871 121574400 Suplente Mayor Berto Ignacio HUAMAN GUERRERO41287337 122277500 Titular Mayor Carlos ENCINAS GÓMEZ41024219 121922700 Suplente b. Marina de Guerra del Perú PERSONAL MILITAR DNI CIP CONDICIÓN Contralmirante Oscar Iván OLIVA ANGULO43475558 01805800 Titular Capitán de Navío Alfredo Carlos OSORIO BROMBERG43541037 00887997 Titular Capitán de Navío Luis Eduardo PEREZ ASTETE43314742 00953015 Titular Capitán de Fragata Danny Walther LÓPEZ SÁNCHEZ43316557 00911665 Titular Capitán de Fragata Claudio ZEGARRA HUACO44193321 00916419 Titular Capitán de Corbeta Marco Antonio DIALLO CALDERÓN44584800 00012014 Titular c. Fuerza Aérea del Perú PERSONAL MILITAR DNI CIP CONDICIÓN Mayor Piero Maximiliano MARTINEZ HERRERA40634567 96932 Titular Comandante Carlos Gustavo BARRIENTOS ROJAS43576936 96455 Suplente Comandante Manuel Eduardo RODRIGUEZ BARRERA40238925 96787 Titular Mayor Julissa Sofía LAGUNA ARANA43338475 96905 Suplente Comandante Alinor MUÑOZ TORRES09880506 96494 Titular Comandante Darwin DEL AGUILA MENDOZA07764470 96482 Suplente Mayor Aníbal Andrés LANAO CASTILLO40199412 97069 Titular Mayor Ismael Aldo LOPEZ HERMOSA40563555 96991 Suplente Artículo 2.- El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021, de acuerdo a los siguientes conceptos: Viáticos: US$ 440.00 x 20% x 18 personas x 8 días US$ 12,672.00 Total a pagar: US$ 12,672.00 Artículo 3.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda autorizado para variar la fecha de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin incrementar el tiempo de autorización, variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El personal militar comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria.Artículo 5.- Disponer que copia de la presente Resolución Ministerial sea remitida a la Institución Armada a la que pertenece el personal militar en comisión de servicio. Artículo 6.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.NURIA ESPARCH FERNÁNDEZ Ministra de Defensa 1958045-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban la Directiva N° 008-2021-EF/52.01 “Directiva de Desembolso de Operaciones de Endeudamiento”, así como sus Anexos RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 008-2021-EF/52.01 Lima, 28 de mayo de 2021CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, se deroga la Ley Nº 28563, Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, y se establece un nuevo marco normativo para el Sistema Nacional de Endeudamiento Público, el cual es concordante a su vez con el Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; Que, conforme al numeral 11.5 del artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 1437, una de las etapas de las Operaciones de Endeudamiento es el desembolso; Que, en el marco de la derogada Ley Nº 28563 se dictó la “Directiva de Desembolsos de las Operaciones de Endeudamiento y Administración de Deuda”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 21-2006-EF/75.01; por lo que resulta necesario aprobar una nueva Directiva que regule la etapa de desembolso de las Operaciones de Endeudamiento que se acuerden en virtud del Decreto Legislativo Nº 1437; así como derogar la Resolución Directoral Nº 21-2006-EF/75.01; Que, el numeral 5.2 del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1437 dispone, dispone entre otras, que es función de la Dirección General del Tesoro Público aprobar la normatividad y los procedimientos de obligatorio cumplimiento por las entidades conformantes del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, respecto de la gestión de los pasivos fi nancieros; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público, el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por la Resolución Ministerial Nº 213-2020-EF/41; SE RESUELVE: Artículo 1. Objeto Aprobar la Directiva Nº 008-2021-EF/52.01 “Directiva de Desembolso de Operaciones de Endeudamiento”, así como sus Anexos, que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2. Derogación Deróguese la Resolución Directoral Nº 21-2006- EF/75.01, que aprobó la “Directiva de Desembolsos de las Operaciones de Endeudamiento y Administración de Deuda”. Artículo 3. Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral, así como de la Directiva Nº 008-2021-