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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2021 (31/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Lunes 31 de mayo de 2021 / El Peruano MIGRACIONES, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, así como autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; A través del Decreto Supremo Nº 009- 2020-IN y Resolución de Superintendencia Nº 000148-2020-MIGRACIONES, publicados el 19 de junio y 01 de julio de 2020, se aprueba la Sección Primera y Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones, respectivamente; y, con Resolución de Superintendencia Nº 000153-2020-MIGRACIONES, se dispone la publicación del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES; Con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, se formaliza la aprobación de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, modi fi cada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, que contiene los lineamientos para la aprobación del reordenamiento de cargos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional; Mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000070-2021-SERVIR-PE y modi fi catorias, se formaliza la aprobación de la “Directiva Nº 003-2021-SERVIR – Elaboración de Cuadro de Puestos de la Entidad”; asimismo, se formaliza la derogación de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, a excepción de su Anexo Nº 04 – Sobre el CAP Provisional; El numeral 5 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH establece que, el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: “nº de orden”, “cargo estructural”, “código”, “clasi fi cación”, “situación del cargo” y “cargo de con fi anza”; y, b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad; Asimismo, el citado numeral dispone que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requiere de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional, y dicho reordenamiento podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la ofi cina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la o fi cina de racionalización o quien haga sus veces; A través de la Resolución Ministerial Nº 927-2020- IN, de fecha 12 de octubre de 2020, el Ministerio del Interior aprueba el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) Provisional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; Con Informe Nº 000080-2021-ORH/MIGRACIONES, la O fi cina de Recursos Humanos sustenta la aprobación del reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de MIGRACIONES, a consecuencia del actual Reglamento de Organización y Funciones, así como de la creación de las Jefaturas Zonales de Lima y Callao, mediante Resolución de Superintendencia Nº 000027-2021-MIGRACIONES; La referida propuesta cuenta con la opinión técnica favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, contenida en el Memorando Nº 00170-2021-OPP/MIGRACIONES, sustentado en la Hoja de Elevación Nº 000083-2021-UMGC/MIGRACIONES e Informe Nº 000012-2021-MGM-UMGC/MIGRACIONES, de su Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad; Mediante O fi cio Nº 000057-2021-ORH/ MIGRACIONES, la O fi cina de Recursos Humanos se dirige a la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, para consultar cuál es el procedimiento a seguir en la aprobación del CAP Provisional de MIGRACIONES, por requerirse realizar determinadas acciones de reordenamiento a dicho documento de gestión, las mismas que fueron detalladas; Con O fi cio Nº 002930-2021-SERVIR-GDSRH, la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, responde señalando que para realizar una acción de reordenamiento no se requiere tener la opinión previa de SERVIR, sino que estas acciones, cuando son aprobadas, recaen bajo la responsabilidad del titular de la entidad. Asimismo, re fi ere que mediante el Informe Técnico Nº 000104-2020/GDSRH, SERVIR emitió opinión favorable sobre la propuesta de CAP Provisional de MIGRACIONES, siendo este aprobado mediante la Resolución Ministerial Nº 927-2020-IN; por lo que, estando a la a fi rmación de que ninguna de las acciones detalladas supone variaciones presupuestales, así como que el aumento de 1 cargo de con fi anza respeta el límite establecido en el Decreto Supremo Nº 084-2016-PCM, se considera que es posible realizar dichas acciones de reordenamiento y aprobarlas mediante resolución del titular de la entidad. Finalmente, solicita que el dispositivo legal que apruebe las acciones de reordenamiento, así como el CAP Provisional reordenado, sean puestos a conocimiento de SERVIR; Con Informe Nº 000075-2021-ORH/MIGRACIONES, la Ofi cina de Recursos Humanos señala que corresponde aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, mediante acto resolutivo del titular de la entidad; Con Informe Nº 000425-2021-OAJ/MIGRACIONES, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que resulta necesario aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de MIGRACIONES, de acuerdo a la propuesta formulada por la O fi cina de Recursos Humanos, la misma que cuenta con la opinión técnica favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; El literal i) del artículo 11º del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES señala como parte de las funciones del Despacho de el/la Superintendencia Nacional el emitir directivas y resoluciones en el ámbito de su competencia, en concordancia con el artículo 10º del referido documento en el que dispone que el Despacho de el/la Superintendente Nacional es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad; Estando a lo propuesto, y con los vistos de la Gerencia General, la O fi cina de Recursos Humanos, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, publicado por Resolución de Superintendencia Nº 000153-2020-MIGRACIONES; SE RESUELVE: Artículo 1º. - Aprobar el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 927-2020-IN, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer que la O fi cina de Recursos Humanos ponga en conocimiento de la Autoridad Nacional del Servicio Civil la presente resolución y su anexo. Artículo 3º.- Publicar la presente Resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.migraciones.gob.pe), y en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese y publíquese.FRIEDA ROXANA DEL ÁGUILA TUESTA Superintendente Nacional de Migraciones 1958040-1