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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE MAYO DEL AÑO 2021 (31/05/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Lunes 31 de mayo de 2021 El Peruano / del medio ambiente y el resguardo de la infraestructura vial; Que, el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2009-MTC (adelante RNAT) tiene por objeto regular el servicio de transporte terrestre de personas y mercancías de conformidad con los lineamientos previstos en la referida Ley; en la cual, conforme a su Novena Disposición Complementaria indica que, en el territorio conformado por la integridad de la provincia de Lima y la Provincia Constitucional del Callao, la ATU puede expedir las normas complementarias para la implementación del Sistema Integrado de Transporte a que hace referencia el literal j) del artículo 4 de la Ley N° 30900, entre otros, en cuanto a la Operación con vehículos de características técnicas distintas a las establecidas en el presente reglamento, en función de la infraestructura especial que utilizan; Que, en atención a las normas antes indicadas, la Subdirección de Regulación a través del Informe N° D-000118-2021-ATU/DIR-SR, sustenta la necesidad de aprobar las Especi fi caciones Técnicas para la Estandarización de las características físicas y motriz del Bus Patrón a Gas Natural Vehicular (BPGNV) y del Bus Patrón a Diesel (BPD) con la fi nalidad de promover el desarrollo del servicio de transporte en cuanto calidad, efi ciencia ambiental; Que, asimismo, en el referido Informe se sustenta la implementación gradual para que los operadores cuenten con Buses Patrón GNV y/o Diésel tomando como referencia el cumplimiento de las normas Euro V o Euro VI, la gestión de stock de buses GNV y Diesel así como los inventarios de combustibles, por lo cual se establecen los plazos de seis (06) meses contados desde la aprobación de las Especi fi caciones Técnicas para la Estandarización de las características físicas y motriz del Bus Patrón a Gas Natural Vehicular (BPGNV) y del Bus Patrón a Diesel (BPD) para el caso de Euro VI (GNV) y Euro V (Diesel); y desde el 01 de julio de 2024 para el caso de Euro VI (Diesel) en atención a lo dispuesto en el artículo 4° del Decreto Supremo N° 014-2021-EM que establece que la fecha de implementación de combustibles de ultra bajo azufre (<10 ppm) se dará en el primer trimestre de 2024. Que, teniendo en consideración las normas y documentos antes citados, resulta necesario emitir el acto resolutivo a través del cual se dispone aprobar el Especi fi caciones Técnicas para la Estandarización de las características físicas y motriz del Bus Patrón a Gas Natural Vehicular (BPGNV) y del Bus Patrón a Diesel (BPD) para el Servicio Público de Transporte Regular en Lima y Callao; Que, el literal a) del artículo 41 de la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU, aprobada por Decreto Supremo N° 003-2019-MTC, dispone que constituye una función de la Dirección de Integración de Transporte Urbano y Recaudo, proponer normas, lineamientos, estándares de calidad para la organización, gestión de la interoperabilidad y funcionamiento del Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao; asimismo, en el literal c) del artículo 41 del Decreto Supremo N° 003-2019-MTC, faculta a la Dirección citada a proponer normas que regulen las condiciones de acceso y operación que deben cumplir los operadores, conductores y vehículos destinados a prestar el servicio; Que, respecto de la publicación de proyectos normativos, el inciso 1 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, señala que, las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia, en el Diario O fi cial “El Peruano”, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, debiendo permitir que las personas interesadas o la ciudadanía en general formulen comentarios sobre las medidas propuestas; De conformidad con la Ley N° 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao–ATU y sus modi fi catorias; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Reglamento de la Ley N° 30900, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2019-MTC; el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 17-2009-MTC; el Reglamento Nacional de Vehículos, aprobado por Decreto Supremo N° 58-2003-MTC y la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU, aprobada mediante Decreto Supremo N° 003-2019-MTC. SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de Especi fi caciones Técnicas para la Estandarización de las características físicas y motriz del Bus Patrón a Gas Natural Vehicular (BPGNV) y del Bus Patrón a Diesel (BPD) conforme al detalle que fi gura en el Anexo, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución en el portal web institucional de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (http://www.atu.gob.pe/), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, con el objeto de recibir los comentarios, aportes y/o sugerencias de las entidades públicas, privadas y de la ciudadanía en general, dentro del plazo de veinte (20) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución. Artículo 2.- Los comentarios, aportes y/o sugerencias sobre el proyecto a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución, deben ser remitidas a la sede principal de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao – ATU, con atención a la Dirección de Integración de Transporte Urbano y Recaudo, ubicada en Av. Domingo Orué Nº 165, Surquillo, Lima, o vía correo electrónico a la dirección electrónica: normas@atu.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese. IVAN YONI VILLEGAS FLORES Director de la Dirección de Integración de Transporte Urbano y Recaudo 1958017-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Aprueban reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000122-2021-MIGRACIONES Breña, 28 de mayo del 2021VISTOS:Los Informes Nº 000080 y 000075-2021-ORH/ MIGRACIONES, de fecha 14 y 25 de mayo de 2021, respectivamente, de la O fi cina de Recursos Humanos; el Memorando Nº 00170-2021-OPP/MIGRACIONES, de fecha 17 de mayo de 2021, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Hoja de Elevación Nº 000083-2021-UMGC/MIGRACIONES e Informe Nº 000012-2021-MGM-UMGC/MIGRACIONES, ambos de fecha 17 de mayo de 2021, de la Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 000425-2021-OAJ/MIGRACIONES, de fecha 26 de mayo de 2021, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Mediante Decreto Legislativo Nº 1130 se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones –