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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (16/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Martes 16 de noviembre de 2021 El Peruano / SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO 2.1. Mediante el O fi cio N° 235-2021-MDLV/A, recibido el 8 de noviembre de 2021, el señor alcalde remitió documentación relacionada al trámite otorgado a la vacancia del señor regidor en atención a lo dispuesto en la Resolución N° 0591-2021-JNE, del 3 de junio de 2021. 2.2. En la Sesión Extraordinaria de Concejo N° 09-2021/ CMDLV/A, del 9 de setiembre de 2021, el Concejo Distrital de Luya Viejo aprobó por unanimidad la vacancia del señor regidor por la causa prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la LOM, por lo que remitió al Jurado Nacional de Elecciones la documentación correspondiente, a fi n de que se deje sin efecto su credencial y se convoque al accesitario. 2.3. Para realizar dicha convocatoria corresponde que este organismo electoral veri fi que la legalidad del procedimiento de vacancia seguido, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM (ver SN 1.4.), y constatar si se cumplió con el debido proceso, observando las garantías y los derechos de la autoridad cuestionada. 2.4. Del análisis de los actuados, se veri fi ca que, el 19 de agosto de 2021, la Municipalidad Distrital de Luya Viejo convocó al señor regidor para la sesión extraordinaria de concejo, programada para el 9 de setiembre de 2021, a las quince (15) horas, en la que se resolvería el pedido de vacancia. 2.5. La citación dirigida al señor regidor no precisó el domicilio en el que se diligenciaría; no obstante, fue recibida por doña Marleny Velaisosa Mendoza, quien identi fi có su relación con el señor regidor y precisó que dicha recepción se efectivizó en “Jr. Triunfo s/n., referencia al costado de la Iglesia Católica Luya Viejo”. Ello permite identi fi car plenamente el lugar de diligenciamiento. Asimismo, consignó su fi rma, número de DNI, fecha y hora de recepción (ver SN 1.6.). 2.6. Por otro lado, la decisión adoptada por unanimidad en la sesión extraordinaria de concejo del 9 de setiembre de 2021 se formalizó mediante el Acuerdo de Concejo N° 006-2021/CMDLV/A, de la misma fecha. Este acuerdo fue notifi cado mediante la Carta N° 020-2021-MDLV/A el 4 de octubre de 2021, entregada personalmente al señor regidor, quien consignó “Jr. Triunfo s/n” como el lugar en el que se ejecutó la noti fi cación. Cabe precisar que esta dirección es coincidente con aquella registrada en la convocatoria a sesión extraordinaria del 9 de setiembre de 2021. Aunado a ello, el señor regidor consignó su nombre completo, fi rma, número de DNI, fecha y hora de recepción. De esta manera, se evidencia el cumplimiento de las normas del TUO de la LPAG (ver SN 1.6.). 2.7. A partir de dicho acto de noti fi cación válidamente diligenciado, el señor regidor tomó conocimiento de la decisión adoptada por el concejo municipal y, en consecuencia, se encontró habilitado para ejercer su derecho a interponer el recurso de impugnación que hubiera considerado pertinente. No obstante, de acuerdo con la constancia, emitida el 28 de octubre de 2021, por la señora secretaria, no interpuso recurso de impugnación en contra del citado acuerdo de concejo en el plazo legalmente establecido por el artículo 23 de la LOM (ver SN 1.4.). 2.8. En consecuencia, habiéndose veri fi cado que el pronunciamiento del Concejo Municipal de Luya Viejo fue emitido conforme a ley y siguiendo el procedimiento preestablecido, corresponde dejar sin efecto la credencial otorgada al señor regidor y proceder acorde al numeral 2 del artículo 24 de la LOM (ver SN 1.5.). 2.9. Así, de acuerdo con el Acta General de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 30 de octubre de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Bongará, se debe convocar a doña Sindy Huamán Collantes, identi fi cada con DNI N.º 71774771, candidata no proclamada de la organización política Sentimiento Amazonense Regional, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Luya Viejo, para lo cual se le otorgará la respectiva credencial que la faculta como tal (ver SN 1.2.). 2.10. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse conforme a lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.7.).Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Williams Villegas Reina, regidor del Concejo Distrital de Luya Viejo, provincia de Luya, departamento de Amazonas, emitida con motivo del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018, por la causa de inconcurrencia injustificada a tres (3) sesiones ordinarias consecutivas o seis (6) no consecutivas durante tres (3) meses, prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a doña Sindy Huamán Collantes, identi fi cada con DNI N.º 71774771, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Luya Viejo, provincia de Luya, departamento de Amazonas, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le entregará la credencial que la faculta como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado mediante la Resolución N.º 0165-2020-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENAS RODRÍGUEZ MONTEZA SANJINEZ SALAZAR SÁNCHEZ VILLANUEVASánchez Corrales Secretario General (e) 1 Aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS. 2 Aprobado por la Resolución N° 0165-2020-JNE, publicada el 19 de junio de 2020, en el diario o fi cial El Peruano. 2011462-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Delegan facultades a funcionarios de EMAPE S.A. para aprobar el valor de tasación y todo tipo de actos vinculados a la ejecución del proyecto de Inversión Pública: “ Ampliación del Tramo Norte del COSAC I, Desde la Estación El Naranjal Hasta la Av. Chimpu Ocllo, Distritos de Comas y Carabayllo, Provincia de Lima - Lima” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 29 Lima, 10 de noviembre de 2021 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA