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18 NORMAS LEGALES Sábado 27 de noviembre de 2021 El Peruano / Focalizados - Complementario -Segundo Grupo, en el marco del Decreto Supremo N° 223-2021-EF, los cuales han sido remitidos por las Unidades Zonales de Ica y de San Martin, siendo el aporte total del Programa el importe de S/ 3 013 781,00 (Tres Millones Trece Mil Setecientos Ochenta y Uno con 00/100 Soles), que podrían generar un estimado de 2 465 empleos temporales; precisando que, para los distritos declarados por emergencia por desastres naturales, no se ha tenido presentación de fi chas técnicas de AII para el segundo grupo; Que, en ese sentido, la Unidad de Articulación y Promoción de Intervenciones solicita se dé inicio al trámite de emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera a los organismos ejecutores que suscribieron cuarenta (40) convenios, por el importe total de S/ 3 013 781,00 (Tres Millones Trece Mil Setecientos Ochenta y Uno con 00/100 Soles), para la ejecución de actividades de intervención inmediata AII-21 - Distritos Focalizados - Complementario-Segundo Grupo, en los departamentos de Ayacucho (12), Ica (08) y San Martin (20), con lo cual se estima generar 2 465 empleos temporales, en el marco del Decreto Supremo N° 223-2021-EF; Que, por su parte, la Unidad de Plani fi cación, Presupuesto, Seguimiento y Modernización, a través del Informe N° 02445-2021-TP/DE/UPPSM-CFPP, señala que el fi nanciamiento del aporte del Programa correspondiente a cuarenta (40) Actividades de Intervención Inmediata AII-21, en el marco del Decreto Supremo N° 223-2021-EF – Distritos focalizados – complementario-Segundo Grupo, requiere un monto que asciende a S/ 3 013 781,00 (Tres Millones Trece Mil Setecientos Ochenta y Uno con 00/100 Soles), el mismo que cuenta con la certi fi cación de crédito presupuestario su fi ciente, toda vez que forma parte de la Certi fi cación del Crédito Presupuestario N° 2256 aprobado por el importe de S/ 10 280 394,00 (Diez Millones Doscientos Ochenta Mil Trescientos Noventa y Cuatro y 00/100 Soles) que garantiza el crédito presupuestario disponible y libre de afectación, para la ejecución del gasto en el marco de la normativa vigente, para lo cual se requiere la emisión de la Resolución Ministerial, conforme a lo dispuesto en el literal c) del inciso 16.1 y el inciso 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; Que, mediante Informe N°436-2021-TP/DE/UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa considera procedente la emisión de la Resolución Ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera antes descrita; asimismo, con O fi cio N° 1321-2021-MTPE/3/24.1, la Dirección Ejecutiva del Programa “Trabaja Perú”, precisa que ha veri fi cado el cumplimiento del cronograma, los procedimientos y actividades correspondientes para la aprobación de la transferencia fi nanciera, de acuerdo a lo establecido en la normativa legal vigente de la materia; Que, con la Certi fi cación de Crédito Presupuestario N° 2256 por el monto de S/ 10 280 394,00 (Diez Millones Doscientos Ochenta Mil Trescientos Noventa y Cuatro con 00/100 Soles), para fi nanciar el Aporte Total del Programa de las noventa y nueve (99) actividades de intervención inmediata, mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 230-2021-TR se resuelve: “Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de cincuenta y nueve (59) convenios suscritos con el fi n de ejecutar actividades de intervención inmediata AII-19 - Distritos Focalizados – Complementario - Primer Grupo, en atención al Decreto Supremo N° 223-2021-EF, por el importe total de S/ 5 571 679,00 (Cinco Millones Quinientos Setenta y Un Mil Seiscientos Setenta y Nueve con 00/100 Soles), conforme al Anexo 1 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.”; Que, asimismo, mediante Memorando N° 0968- 2021-MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 0645-2021-MTPE/4/9.2, de la O fi cina de Presupuesto que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 0918-2021-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Secretaría General, de la Dirección Ejecutiva del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú”, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal c) del numeral 16.1 y el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; y el literal d) del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR; SE RESUELVE:Artículo 1. Aprobar la transferencia fi nanciera del Programa para la Generación de Empleo Social Inclusivo “Trabaja Perú” a favor de organismos ejecutores del sector público, para el pago del Aporte Total del Programa de cuarenta (40) convenios suscritos con el fi n de ejecutar actividades de intervención inmediata AII-21 - Distritos Focalizados - Complementario - Segundo Grupo, en atención al Decreto Supremo N° 223-2021-EF, por el importe total de S/ 3 013 781,00 (Tres Millones Trece Mil Setecientos Ochenta y Uno con 00/100 Soles), conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2. Disponer que el Anexo a que se re fi ere el artículo precedente se publique en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.BETSSY BETZABET CHAVEZ CHINO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 2016168-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban los “Lineamientos Sectoriales para la prevención de la COVID-19 en la Prestación del Servicio de Transporte Aéreo de Pasajeros y Carga” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1195-2021-MTC/01 Lima, 26 de noviembre de 2021 CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo N° 008-2020-SA, se declara en Emergencia Sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario y se dictan medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19, emergencia sanitaria que ha sido prorrogada por los Decretos Supremos N° 020-2020-SA, N° 027-2020-SA, N° 031-2020-SA, N° 009-2021-SA y N° 025-2021-SA, por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario a partir del 03 de setiembre de 2021; Que, por Decreto Supremo Nº 184-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del martes 1 de diciembre de 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la COVID-19; el cual ha sido prorrogado mediante los Decretos Supremos N° 201-2020-PCM, Nº 008-2021-PCM, N° 036-2021-PCM, N° 058-2021-PCM, N° 076-2021-PCM, N° 105-2021-PCM, N° 123-2021-PCM, N° 131-2021-PCM, N° 149-2021-PCM, N° 152-2021-PCM y N° 167-2021-PCM, este último por el plazo de treinta (30) días calendario, a partir del lunes 1 de noviembre de 2021;