TEXTO PAGINA: 28
28 NORMAS LEGALES Sábado 27 de noviembre de 2021 El Peruano / que corresponde al mes de octubre de 2021 es de US$ 374,661.06 (Trescientos Setenta y Cuatro Mil Seiscientos Sesenta y Uno y 06/100 Dólares Americanos) y S/ 108,865.61 (Ciento Ocho Mil Ochocientos Sesenta y Cinco y 61/100 Soles), adjuntando la relación de las entidades bene fi ciarias con sus respectivos montos, conforme a la normativa vigente; Que, en atención a las consideraciones precedentes y a lo dispuesto en el artículo 92 del Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, procede autorizar la distribución de los montos que por Derecho de Vigencia y Penalidad correspondan al mes de octubre de 2021 a las Municipalidades Distritales, los Gobiernos Regionales, el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET y el Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Reglamento de los Títulos pertinentes del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM, y a las funciones y responsabilidades establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2007-EM, y; Con los visados de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Dirección de Derecho de Vigencia; SE RESUELVE:Artículo 1.- Asignar los montos que por Derecho de Vigencia y Penalidad correspondan al mes de octubre de 2021, de conformidad a los Anexos Nº 1 y Nº 2, que forman parte integrante de la presente resolución, según el siguiente detalle: ENTIDADESMONTO A DISTRIBUIR US$ S/ MUNICIPALIDADES DISTRITALES325,488.44 81,649.21 INGEMMET 31,032.38 21,441.12 MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS7,758.09 5,360.28 GOBIERNOS REGIONALES 10,382.15 415.00 TOTAL 374,661.06 108,865.61 (*) Ver Anexos Nº 1 y Nº 2 Artículo 2.- Precisar que los pagos por Derecho de Vigencia y Penalidad materia de la presente distribución tienen una fi nalidad pública y la condición de bienes de Dominio Público no sujetos a embargo o ejecución coactiva, conforme a Ley. Artículo 3.- Disponer que la O fi cina de Administración del INGEMMET ejecute las acciones pertinentes a fi n de proceder con las transferencias dispuestas conforme al artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 4.- Publicar la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” así como en el Portal Institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET (www.ingemmet.gob.pe). Regístrese y publíquese. VÍCTOR M. DÍAZ YOSA Presidente Ejecutivo ANEXO Nº 1 GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES: DERECHO DE VIGENCIA Y PENALIDAD De conformidad con el artículo 92 del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM y el inciso a) del artículo 57 del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, modi fi cado por Ley Nº 29169, la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de octubre de 2021 a las Municipalidades Distritales es el siguiente: DPTO. / PROV. / DISTRITO S/ U.S. $ AMAZONAS/BAGUA BAGUA 0.00 112.50 AMAZONAS/CHACHAPOYAS MOLINOPAMPA 0.00 375.00 SAN FRANCISCO DE DAGUAS 0.00 150.00 SONCHE 0.00 150.00 AMAZONAS/CONDORCANQUI RIO SANTIAGO 0.00 75.00 AMAZONAS/LUYA MARIA 0.00 112.50 TINGO 0.00 112.50 AMAZONAS/RODRIGUEZ DE MENDOZA LIMABAMBA 0.00 337.50 OMIA 0.00 525.00 SAN NICOLAS 0.00 75.00 SANTA ROSA 0.00 75.00 TOTORA 0.00 112.50 AMAZONAS/UTCUBAMBA EL MILAGRO 0.00 112.50 LONYA GRANDE 0.00 225.00 YAMON 0.00 225.00 ANCASH/AIJA CORIS 0.00 1,125.00 ANCASH/BOLOGNESI HUALLANCA 0.00 1,125.00 ANCASH/CASMA CASMA 0.00 337.50 COMANDANTE NOEL 0.00 112.50 ANCASH/HUARAZ HUANCHAY 0.00 225.00 HUARAZ 0.00 450.00 INDEPENDENCIA 0.00 1,125.00PIRA 0.00 1,125.00 ANCASH/HUARI SAN MARCOS 5,164.50 0.00 ANCASH/HUAYLAS PAMPAROMAS 0.00 450.00 ANCASH/OCROS CONGAS 0.00 750.00 OCROS 0.00 750.00 SAN PEDRO 0.00 750.00 ANCASH/PALLASCA BOLOGNESI 0.00 225.00 CONCHUCOS 0.00 4,500.00