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69 NORMAS LEGALES Sábado 27 de noviembre de 2021 El Peruano / ORDENANZA QUE AMPLÍA EL PLAZO DISPUESTO EN LA SEGUNDA DISPOSICIÓN TRANSITORIA Y FINAL DE LA ORDENANZA Nº 072-2021/MDMP, QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DEL OTORGAMIENTO DE CERTIFICADO Y/O CONSTANCIA DE POSESIÓN PARA LA DOTACIÓN DE SERVICIOS BÁSICOS EN EL DISTRITO DE MI PERÚ Artículo Primero.- AMPLIAR EL PLAZO dispuesto en la Segunda Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza Nº 072-2021/MDMP, que Regula el Procedimiento Administrativo del Otorgamiento de Certi fi cado y/o Constancia de Posesión para la Dotación de Servicios Básicos en el Distrito de Mi Perú, hasta el 31 de diciembre del 2021, según los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- FACÚLTESE A LA ALCALDESA, para que mediante decreto de alcaldía, si fuera necesario, dicte las disposiciones complementarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO todas las disposiciones municipales que se opongan a la presente ordenanza.. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Participación Vecinal y Asentamientos Humanos, difundir la presente ordenanza municipal entre las instituciones públicas, privadas y organizaciones de bases de la sociedad civil. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística la publicación de la misma en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Mi Perú (www.munimiperu.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JADE ELISA VEGA VEGA Alcaldesa 2016090-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE OXAPAMPA Crean el Registro Municipal de la Persona con Discapacidad de Oxapampa ORDENANZA MUNICIPAL Nº 556-2021-MPO Oxapampa, 25 de agosto del 2021EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA PROVINCIAL DE OXAPAMPAPOR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial de Oxapampa, en Sesión Extraordinaria de fecha23 de Agosto del año 2021, y por unanimidad de los presentes aprobó lo siguiente: VISTO:El dictamen Nº017-2021-REG-GDIS-MPO de la Comisión de Desarrollo e Inclusión Social, Informe N/746-2021-MPO-ZBRC/GEMU de la gerente municipal, Informe Legal Nº324-2021-GAJ-MPO-CSOC de la gerente de asesoría Legal, Informe Técnico Nº028-2021-GDIS/MPO de la gerente de Desarrollo e inclusión social, Informe técnico Nº001-2021-MPO/GDIS-SGAPED de la sub gerencia de atención a la persona con discapacidad, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; así como la potestad tributaria para crear, modi fi car y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencia y derechos municipales. Que, la Constitución Política del Estado en su artículo 7º, señala que la persona incapacitada para ver por si misma a causa de una de fi ciencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad. Que, el Artículo 70 de la Ley Nº 29973, Ley General de la persona con Discapacidad, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales fi gure en su estructura orgánica una O fi cina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad (OMAPED) y asignar presupuesto anual, recursos necesarios para su adecuado funcionamiento y la implementación de políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad. Que la ley Nº29973 en su artículo 70.2 literal h determina como como función de la O fi cina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad el administrar el Registro Municipal de la Persona con Discapacidad en el ámbito de su jurisdicción, considerando los lineamientos emitidos por el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad a cargo del Consejo Nacional para la integración de la Persona con Discapacidad; Que, con Resolución de Presidencia del CONADIS Nº 004-2018-CONADIS/PRE se aprobó la Directiva Nº 001-2018-CONADIS/PRE, “Lineamientos para la Administración de los Registros Regionales y Municipales de la Persona con Discapacidad”, la misma que tiene por objeto establecer los lineamientos para la constitución e implementación de los Registros Regionales y Municipales de la Persona con Discapacidad, así como la gestión de los recursos humanos, infraestructura, equipo y presupuesto con los que deben contar dichos Registros, en ejercicio del rol rector del CONADIS; COMUNICADO SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA SE RECIBIRÁN LAS PUBLICACIONES OFICIALES SÓLO EN MODO VIRTUAL COMO SE DETALLA A CONTINUACIÓN: □ HORARIO DE RECEPCIÓN POR CORREO: • LUNES A VIERNES, 8:30 AM a 5:30 PM • SÁBADOS, DOMINGOS, FERIADOS, 8:30 AM a 5:30 PM (sólo publicaciones para día siguiente) □ HORARIO DE RECEPCIÓN PORTAL PGA: • LUNES A VIERNES, 9:00 AM a 7:00 PM • SÁBADOS, DOMINGOS, FERIADOS, 9:00 AM a 6:00 PM (sólo publicaciones para día siguiente) □ CORREO PARA COTIZACIONES : cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe □ CORREO PARA PUBLICACIONES : normaslegales@editoraperu.com.pe GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES