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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (27/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 60

60 NORMAS LEGALES Sábado 27 de noviembre de 2021 El Peruano / Reglamento Interno, ha aprobado por UNANIMIDAD el siguiente: “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL MAPA REGIONAL DE ECOSISTEMAS DEL DEPARTAMENTO DE JUNÍN” Y “EL MAPA DE AREAS DEGRADADAS EN ECOSISTEMAS TERRESTRES DEL DEPARTAMENTO DE JUNÍN” ACUERDA:Artículo Primero: APROBAR, el Mapa Regional de Ecosistemas del Departamento de Junín y el Mapa de Áreas Degradadas en Ecosistemas Terrestres del Departamento de Junín, así como sus memorias descriptivas (2 anillados y 2 CDs). Artículo Segundo: RECONOCER, a los Ecosistemas terrestres del Departamento de Junín y a las Áreas Degradadas en Ecosistemas Terrestres del Departamento de Junín, como información orientadora para la mejor intervención en el territorio, y para las acciones de gestión que viene desarrollando el Gobierno Regional de Junín en los ecosistemas. Artículo Tercero: ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental la implementación, seguimiento y la aplicación de la presente Ordenanza Regional, asi como la utilización y difusión de este instrumento de gestión, para impulsar los proyectos de inversión en recuperación de ecosistemas. Artículo Cuarto: DISPONER, que la información del Mapa Regional de Ecosistemas del Departamento de Junín y “Mapa de Áreas Degradadas en Ecosistemas Terrestres del Departamento de Junín” con sus respectivas memorias descriptivas, formen parte de los procesos de diseño e implementación de las políticas públicas regionales, ordenamiento territorial y planeamiento estratégico, a fi n de efectivizar su implementación. Artículo Quinto: ENCARGAR, a la O fi cina Regional de Desarrollo Institucional y Tecnología de la Información la publicación del mapa, la base de datos geográ fi cos y expediente técnico en el geo portal de la Infraestructura de Datos Espaciales (IDE) del Gobierno Regional de Junín. Artículo Sexto: ENCARGAR, a la Secretaria de Consejo Regional la publicación de la presente Ordenanza Regional en el diario o fi cial El Peruano, y en la página web del Gobierno Regional Junín. Dado en la Sala Virtual del Gobierno Regional de Junín a los, 15 días del mes de junio del año 2021. XIMENA M. LÓPEZ CASTRO Consejera DelegadaConsejo Regional POR LO TANTO: Mando, promúlguese, comuníquese y cúmplase. Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 21 días del mes de junio de 2021. FERNANDO POOL ORIHUELA ROJAS Gobernador Regional 2015397-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Fijan la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias correspondientes a tributos administrados y/o recaudados por la Municipalidad de Carabayllo ORDENANZA Nº 461-MDC Carabayllo, 12 de noviembre de 2021El CONCEJO MUNICIPAL DE CARABAYLLO, en Sesión Ordinaria de la fecha, convocada y presidida por el Alcalde, Sr. MARCOS LORENZO ESPINOZA ORTIZ; VISTOS: El Informe Nº 790-2021-SGREC-GATR-MDC, de fecha 21 de octubre de 2021, emitido por Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva; El Informe Nº 0137-2021-GATR-MDC, de fecha 21 de octubre de 2021, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; El Informe Legal Nº 295-2021-GAJ/MDC, de fecha 21 de octubre de 2021, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; El Memorándum Nº 1014-2021-GM/MDC, de fecha 25 de octubre de 2021, emitido por la Gerencia Municipal; y el Dictamen Nº 012-2021-CEPP/MDC, de fecha 08 de noviembre de 2021, emitido por la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto, respecto al PROYECTO DE ORDENANZA QUE FIJA LA TASA DE INTERÉS MORATORIO (TIM) APLICABLE A LAS DEUDAS TRIBUTARIAS ADMINISTRADAS Y/O RECAUDADAS POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo establecido en el Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades los gobiernos Locales gozan de autonomía política económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades en el Artículo 194º, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, de conformidad con el Artículo 40º de la citada Ley Orgánica de Municipalidades, mediante Ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por la ley; lo que se condice con lo previsto en la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado-TUO del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y sus modi fi catorias, y el Artículo 74º de la Constitución Política del Perú; Que, el Artículo 33º del referido TUO del Código Tributario, establece que el monto del tributo no pagado dentro de los plazos establecidos en el Artículo 29º del mismo Código, devengará un interés equivalente a la Tasa de Interés Moratorio (TIM), y que la SUNAT fi jará la TIM respecto a los tributos que administra cuya recaudación estuviera a su cargo, precisándose que en los casos de los tributos administrados por los Gobiernos Locales, la TIM será fi jada por Ordenanza Municipal, la misma que no podrá ser mayor a la que establezca la SUNAT; Que, mediante Ordenanza Nº 218-A/MDC se fi jó la Tasa de Interés Moratorio (TIM) en 1.20% mensual, aplicable a las deudas tributarias administradas y/o recaudadas por la Municipalidad de Carabayllo, en concordancia con lo establecido por la Resolución de Superintendencia Nº 053-2010/SUNAT de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, que a su vez fi jó en el mismo porcentaje la Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional, correspondiente a tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 044-2021/SUNAT, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 31 de marzo de 2021, se fi jó en 0.90% mensual, la Tasa de Interés Moratorio aplicable a partir del 1 de abril de 2021 a las deudas tributarias en moneda nacional, correspondientes a tributos administrados y/o recaudados por la SUNAT; Que, mediante el Informe Nº 790-2021-SGREC- GATR-MDC, la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva presenta el PROYECTO DE ORDENANZA QUE FIJA LA TASA DE INTERÉS MORATORIO (TIM) APLICABLE A LAS DEUDAS TRIBUTARIAS ADMINISTRADAS Y/O RECAUDADAS POR LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO; y, mediante el Informe Nº 0137-2021-GATR-MDC, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas eleva el referido proyecto de ORDENANZA para que sea elevado al Concejo Municipal Que, mediante el Informe Legal Nº 295-2021- GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina