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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (30/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Martes 30 de noviembre de 2021 El Peruano / Con el visado del Despacho Viceministerial de Justicia, de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 013-2017- JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Ley N° 26113, modi fi cado por la Ley N° 27687, que aprueba las normas relativas al Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO y las normas reglamentarias establecidas en el Decreto Supremo N° 009-2014-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Programa Secigra Derecho 2022, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Determinar los periodos de prestación del Servicio Civil de Graduandos en el marco del Programa Secigra Derecho 2022, conforme con el siguiente cronograma: (i) Primer periodo: Del 17 de enero al 15 de julio de 2022. (ii) Segundo periodo: Del 1 de agosto al 30 de noviembre de 2022. Artículo 3.- Fijar en S/. 930.00 (novecientos treinta y 00/100 Soles), el monto mínimo que las unidades receptoras deben abonar mensualmente a las y los secigristas que les serán asignados. En el marco de su disponibilidad presupuestal deben procurar abonar un estipendio superior al mínimo establecido. Artículo 4.- Disponer que las unidades receptoras privilegien la modalidad de prestación remota de servicios para las y los secigristas a su cargo, en función de sus posibilidades materiales y atendiendo a la naturaleza de las funciones asignadas a ellas y ellos. Las y los secigristas podrán desarrollar actividades bajo la modalidad de prestación presencial siempre que estas se ejecuten en función de las disposiciones emitidas por el Gobierno Nacional para combatir la pandemia por la Covid-19. Artículo 5.- Disponer que, de resultar pertinente, la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa emita disposiciones orientadas a garantizar la continuidad del Programa Secigra Derecho 2022, con especial énfasis en el pago de estipendios y la recuperación de horas de servicios no prestados, con la fi nalidad de salvaguardar la vida y salud de las y los participantes del programa. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www. gob.pe/minjus) en la misma fecha de la publicación de la Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2016575-2 Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General para la contratación y pago a la Sociedad de Auditoría que sea designada para realizar labores de control posterior externo del Proyecto “Fortalecimiento del Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0234-2021-JUS Lima, 29 de noviembre de 2021 VISTOS, el Informe N° 0251-2021-JUS/OGA, de la Ofi cina General de Administración; el Informe N° 382-2021-JUS/OGPM-OPRE y el O fi cio Nº 1060-2021-JUS/ OGPM-OPRE, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 1043-2021-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cada por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, señala que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales quedan autorizados para realizar transferencias fi nancieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las sociedades de auditoría, previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del Pliego, así como del Jefe de la O fi cina General de Administración y del Jefe de la O fi cina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego; precisando además que las transferencias fi nancieras en el caso del Gobierno Nacional, se aprueban mediante resolución del Titular del Pliego y se publican en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 237- 2021-CG, del 4 de noviembre de 2021, la Contraloría General de la República aprobó el Tarifario que establece el monto de la retribución económica, así como, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las Sociedades de Auditoría por el periodo a auditar, que las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales, los gobiernos locales, empresas prestadoras de servicios de saneamiento, universidades, empresas en liquidación bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), proyectos/programas y otras entidades sujetas al Sistema Nacional de Control distintas a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, deben transferir a la Contraloría General de la República para la contratación y pago a las Sociedades de Auditoría que, previo concurso público de méritos, sean designadas para realizar labores de control posterior externo; Que, mediante O fi cio N° 000613-2021-CG/GAD, del 10 de noviembre de 2021, la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República informa respecto al monto de la transferencia fi nanciera por retribución económica a efectuar con la fi nalidad que el Proyecto “Fortalecimiento del Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia” del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos sea incorporado en una convocatoria de Concurso Público de Méritos para la designación de la Sociedad de Auditoría encargada de realizar la auditoría fi nanciera gubernamental para el período comprendido entre 06 de noviembre de 2017 al 05 de julio de 2021; Que, mediante O fi cio N° 1060-2021-JUS/OGPM- OPRE e Informe N° 382-2021-JUS/OGPM-OPRE, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización comunica sobre la habilitación de recursos hasta por la suma de S/ 59 951,00 (Cincuenta y Nueve Mil Novecientos Cincuenta y Uno y 00/100 Soles) para cubrir la retribución económica de la sociedad de auditoría encargada de realizar la auditoría fi nanciera gubernamental del Proyecto “Fortalecimiento del Viceministerio de Derechos Humanos y Acceso a la Justicia” del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del período comprendido entre 06 de noviembre de 2017 al 05 de julio de 2021, por la fuente de fi nanciamiento Donaciones y Transferencias; y, el monto de S/ 3 048,00 (Tres Mil Cuarenta y Ocho y 00/100 Soles) para el pago del derecho del 6% por designación de la sociedad de auditoría; Que, asimismo, a través del Informe N° 0251- 2021-JUS/OGA, la O fi cina General de Administración recomienda proceder con la transferencia conforme a lo solicitado por la Contraloría General de la República en el O fi cio N° 000613-2021-CG/GAD, por el importe S/ 59 951,00 (Cincuenta y Nueve Mil Novecientos Cincuenta y Uno y 00/100 Soles) correspondiente a la retribución