Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2021 (30/11/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Martes 30 de noviembre de 2021 El Peruano / PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000389-2021-CE-PJ Lima, 26 de noviembre del 2021VISTO:El Ofi cio N° 000022-2021-P-CNPJ-CE-PJ, cursado por el Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, que adjunta el Informe N° 000087-2021-OPJ-CNPJ-CE-PJ del Jefe de la O fi cina de Productividad Judicial, respecto a las propuestas de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios a cargo de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, con vencimiento al 30 de noviembre de 2021. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resoluciones Administrativas Nros. 105-2021-CE-PJ, 115-2021-CE-PJ, 118-2021-CE-PJ, 154-2021-CE-PJ, 245-2021-CE-PJ y 275-2021-CE-PJ, se prorrogó hasta el 30 de noviembre de 2021, el funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios que se encuentran bajo la competencia de la Comisión Nacional de Productividad Judicial. Segundo. Que, mediante el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 137-2020-CE-PJ de fecha 7 de mayo de 2020, se aprobó la propuesta denominada “Facilidad de Acceso a Información Pública y Virtual de los Procesos Judiciales”, disponiendo lo siguiente: a) Todas las resoluciones judiciales, sin excepción, cualquiera sea la especialidad o materia, serán noti fi cadas en las respectivas casillas electrónicas, sin perjuicio de la forma que expresamente señale la ley; b) Es obligatorio el uso del Sistema de Noti fi caciones Electrónicas-SINOE, así como la Agenda Judicial Electrónica, bajo responsabilidad; y c) Es obligatorio el inmediato descargo de los actos procesales de todas las actuaciones judiciales en el Sistema Integrado Judicial-SIJ, bajo responsabilidad. Tercero. Que, mediante el artículo tercero de la Resolución Administrativa N° 191-2020-CE-PJ del 16 de julio de 2020, se dispuso que los presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país dicten las medidas pertinentes, para que los jueces de las Salas Superiores, Juzgados Especializados y Mixtos y de Paz Letrados; así como Administradores de Módulos, procedan a imprimir los escritos y demandas que se tramitarán como expedientes físicos, para la continuación de su trámite, bajo responsabilidad. Cuarto. Que, teniendo en cuenta el escenario que se viene presentando en relación a la paulatina reactivación económica de muchas actividades; así como por el avance de la vacunación programada de la población contra el COVID-19, de manera preliminar, la meta ajustada para el período de enero a setiembre de 2021 será el 97% de la meta anual calculada de acuerdo a los criterios aprobados mediante Resolución Administrativa N° 000395-2020-CE-PJ, por lo que el avance ideal al mes de setiembre del presente año será el 75% de la referida meta ajustada. Quinto. Que, el Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial mediante O fi cio N° 000022-2021-P-CNPJ-CE-PJ, que adjunta el Informe N° 000087-2021-OPJ-CNPJ-CE-PJ del Jefe de la O fi cina de Productividad Judicial, elevó a este Órgano de Gobierno las propuestas de prórroga de órganos jurisdiccionales transitorios con vencimiento al 30 de noviembre de 2021.Sexto. Que, el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1515- 2021 de la septuagésima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 24 de noviembre de 2021, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de diciembre de 2021, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios: HASTA EL 28 DE FEBRERO DE 2022 Corte Superior de Justicia de Amazonas- Juzgado de Trabajo Transitorio - ChachapoyasCorte Superior de Justicia de Madre de Dios- Juzgado de Trabajo Transitorio - TambopataCorte Superior de Justicia de San Martín- Juzgado de Trabajo Transitorio - TarapotoHASTA EL 31 DE MARZO DE 2022 Corte Superior de Justicia de Apurímac- Juzgado Civil Transitorio - AndahuaylasCorte Superior de Justicia de Piura- 2° Juzgado de Familia Transitorio - Piura - 8º Juzgado de Trabajo Transitorio - Piura HASTA EL 30 DE ABRIL DE 2022 Corte Superior de Justicia de Amazonas- Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - Chachapoyas - Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - Utcubamba Corte Superior de Justicia de Arequipa - Juzgado de Trabajo Transitorio de Descarga - Arequipa Corte Superior de Justicia de Ayacucho- Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - Huamanga Corte Superior de Justicia de Ica- Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar - Chincha Corte Superior de Justicia de La Libertad- 2º Juzgado de Trabajo Transitorio de Descarga - Trujillo