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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (02/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Sábado 2 de octubre de 2021 El Peruano / Regional Cusco; Eleuterio H. Debernardi Celis con DNI Nº 05390625, Secretario General del Sindicato de Loreto; Roger Lima Encinas con DNI N° 00494909 Secretario General del Sindicato de Ayacucho; Lugue Y. Espinoza Valcárcel con DNI N° 25841728 Secretario General del Sindicato de Arequipa; Rubén M. Acedo Rodríguez con DNI N° 32938074, Seccional Regional Ancash; Christopher J. Gutiérrez Valero con DNI N° 43572425, Región San Martin; y, Wilfredo Aguirre Peralta con DNI N° 21118814, Seccional Regional Junín con el objeto de dejar constancia de los acuerdos correspondientes a la Negociación Colectiva por Rama de Actividad en Construcción Civil del año 2021-2022, que corre en el Expediente Nº 073-2021-MTPE/2/14 , dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Ley Nº 25593 – Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2003-TR y su Reglamento Decreto Supremo Nº 011-92-TR , de acuerdo al siguiente resultado: I.- INCREMENTO DE REMUNERACIONES:Primera: Las partes acuerdan que, a partir del 1° de junio del 2021, los trabajadores en construcción civil del ámbito nacional recibirán un aumento general sobre su Jornal Básico diario, según las siguientes categorías: Operario S/. 2.50 nuevos soles Ofi cial S/. 1.90 nuevos soles Peón S/. 1.70 nuevos soles II.- CONDICIONES DE TRABAJOBONIFICACIÓN POR ALTA ESPECIALIZACIÓN DEL SOLDADOR HOMOLOGADO - 6G: Segunda . - Las partes convienen, en elevar la Boni fi cación por Alta Especialización - BAE para el soldador homologado - 6G comprendido en el grupo de Operarios Electromecánicos, bajo las mismas condiciones establecidas en el Convenio 2012-2013, de la siguiente manera: - Soldador homologado 6G del grupo de Operario Electromecánico, del 15% al 18% sobre su jornal básico. III.- OTROS PUNTOS:FORMALIZACION DEL SECTOR CONSTRUCCION . Tercera. - CAPECO y la FTCCP reconocen que la informalidad existente en el sector construcción es uno de los mayores limites que impide un mayor y mejor desarrollo y que perjudica a sus principales actores: empresarios y trabajadores. Por ello, acuerdan impulsar acciones de formalización del sector construcción a nivel empresarial y en el régimen laboral del sector fortaleciendo las acciones del Comité de Formalización creado por ambos gremios y que viene generando propuestas para el ámbito público y privado. MODIFICACIONES EN LA LEY DE CONTRATACIONES Y CUMPLIENTO DEL REGIMEN LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE CONSTERUCCION. Cuarta. - CAPECO y la FTCCP seguirán proponiendo de manera conjunta, a través del Poder Ejecutivo y del Congreso de la República, normas orientadas a mejorar las contrataciones públicas en el ámbito del sector construcción con la fi nalidad de combatir la corrupción y recuperar la importancia y el dinamismo del sector en el crecimiento económico y del empleo en el país. Asimismo, acuerdan impulsar el cumplimiento irrestricto del régimen laboral de los trabajadores de construcción en toda obra pública bajo cualquier modalidad de ejecución por todos los niveles de gobierno: nacional, regional y local. MEJORAR LA OFERTA DE CERTIFICACION LABORAL OCUPACIONAL Y DE CAPACITACION PARA LOS TRABAJADORES DE CONSTRUCCION CIVIL. Quinta. - CAPECO y la FTCCP fortalecerán sus esfuerzos para mejorar las acciones de certi fi cación laboral ocupacional y de capacitación para los trabajadores de construcción civil; en las modalidades real o virtual, simulada en talleres o directa en obra que realizan a través del INSTITUTO CAPECO y de CONAFOVICER. Asimismo, propondrán que dichas actividades sean optimizadas y coordinadas para impulsar una mayor articulación y comunicación que realiza el SENCICO, la institución pública competente que se encuentra adscrita al Ministerio de Vivienda Construcción y Saneamiento. MEJORA DEL SERVICIO DE SALUD PARA LOS TRABAJADORES DE CONSTRUCCION CIVIL. Sexta. - CAPECO y la FTCCP conjuntamente con el CONAFOVICER crearan la EPS del Sector de la Construcción con la fi nalidad de permitir el acceso a una mejor salud, sanidad y seguridad de los trabajadores del sector construcción y de los trabajadores en general; además de permitir mejorar la oferta de los seguros contra todo riesgo existentes en la actividad de la construcción. DE LA EXTORSION Y LA VIOLENCIA EN LAS OBRAS DE CONSTRUCCION. Sétima. - CAPECO y la FTCCP continuaran redoblando esfuerzos conjuntos para desterrar las prácticas de extorsión y violencia que rodean algunas obras de construcción por actores ajenos a las empresas y los gremios que ellos representan. Fortalecerán las mesas de trabajo que para tal efecto existen en el Ministerio del Interior y de otros sectores del Estado. VIGENCIA:Octava. - La presente convención colectiva a nivel de rama de actividad tiene la vigencia de un año, a partir del primero de junio de dos mil veintiuno, siendo de aplicación REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, deberán ser remitidos al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES