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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (03/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 3

3 NORMAS LEGALES Domingo 3 de octubre de 2021 El Peruano / Belisario Martín ZAGAZETA BUSTAMANTE y del Teniente Primero Paulo César DELGADO CÁRDENAS, para participar en la XXIII Reunión de Estados Mayores entre la Armada Argentina y la Marina de Guerra del Perú, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires de la República Argentina del 12 al 15 de abril de 2021; Que, con Resolución Ministerial Nº 0308-2021-DE, se modi fi có el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 0161- 2021-DE, en el extremo referido al personal naval que participaría de la XXIII Reunión de Estados Mayores entre la Armada Argentina y la Marina de Guerra del Perú y a las fechas de inicio y término de la citada reunión, del 5 al 8 de julio de 2021; Que, mediante Carta s/n del 26 de julio de 2021, el Jefe del Estado Mayor General de la Armada Argentina propone, a la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú, reprogramar la XXIII Reunión de Estados Mayores entre la Armada Argentina y la Marina de Guerra del Perú, del 25 al 28 de octubre de 2021, en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, debido a restricciones impuestas por el Gobierno Nacional para contener la situación sanitaria; Que, a través del Informe Legal Nº 006-2021, la Jefatura de la O fi cina de Asesoría Legal del Estado Mayor General de la Marina opina que es legalmente viable autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Vicealmirante Herbert José DEL ÁLAMO CARRILLO, Jefe de Estado Mayor de la Marina de Guerra, acompañado del Capitán de Navío Luis Richard SILVA LÓPEZ, del Capitán de Navío Mirko FORTUNIC GUERRERO y del Teniente Primero Carlos Rafael RODRÍGUEZ MARÍN; Que, por medio del O fi cio Nº 2107/51, la Dirección General del Personal de la Marina remite a la Comandancia General de la Marina la documentación pertinente para la tramitación de la autorización del viaje de los referidos Ofi ciales, en comisión de servicio, para participar en la XXIII Reunión de Estados Mayores entre la Armada Argentina y la Marina de Guerra del Perú, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina; Que, conforme a lo señalado en la Exposición de Motivos, anexada al O fi cio Nº 4504/51, resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior del citado personal militar, en comisión de servicio, para que participen en la XXIII Reunión de Estados Mayores entre la Armada Argentina y la Marina de Guerra del Perú, por cuanto, permitirá identi fi car y analizar nuevos campos de cooperación entre ambas Armadas, intercambiar experiencias en la parte académica en cursos de perfección para el personal naval, así como, obtener el apoyo logístico en actividades de investigación y desarrollo para lograr proyectos comunes; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con la fi nalidad de garantizar la participación oportuna del personal militar designado en el referido evento, resulta necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación, así como su retorno un (1) día después de la fecha programada, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, de acuerdo con la Hoja de Gastos Nº 074-2021, suscrita por el Jefe de la O fi cina General de Administración de la Dirección de Administración de Personal de la Marina y por el Director de Administración de Personal de la Marina, los gastos por concepto de pasajes aéreos internacionales y viáticos se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021 de la Unidad Ejecutora 004: Marina de Guerra del Perú, conforme a lo establecido en los incisos a) y b) del artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004- DE/SG; Que, mediante Hoja de Disponibilidad Presupuestaria Nº 083-2021, el Jefe de la O fi cina de Planes Programas y Presupuestos de la Dirección de Administración de Personal detalla los recursos que se verán involucrados en la ejecución del presente viaje al exterior, en comisión de servicio; asimismo, conforme a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000001 y Nº 0000000006, emitidas por el Director de Presupuesto de la Dirección General de Economía de la Marina, se garantiza el fi nanciamiento del citado viaje al exterior; Que, con O fi cio Nº 4504/51, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina solicita la autorización de viaje al exterior, en comisión de servicio, del Vicealmirante Herbert José DEL ÁLAMO CARRILLO, del Capitán de Navío Luis Richard SILVA LÓPEZ, del Capitán de Navío Mirko FORTUNIC GUERRERO y del Teniente Primero Carlos Rafael RODRÍGUEZ MARÍN, para que participen en la XXIII Reunión de Estados Mayores entre la Armada Argentina y la Marina de Guerra del Perú, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 25 al 28 de octubre de 2021, así como, autorizar su salida del país el 24 de octubre y su retorno el 29 de octubre de 2021; Que, a través del O fi cio N° 01467-2021-MINDEF/VPD- DIGRIN, la Dirección General de Relaciones Internacionales remite el Informe Técnico N° 255-2021-MINDEF/VPD-DIGRIN, mediante el cual emite opinión favorable para la presente autorización de viaje al exterior; Que, mediante el Informe Legal N° 01047-2021-MINDEF/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable autorizar, por medio de resolución ministerial, el viaje al exterior del citado personal militar, en comisión de servicio, para que participen en la XXIII Reunión de Estados Mayores entre la Armada Argentina y la Marina de Guerra del Perú, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa; de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 31084, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal militar naval que se detalla a continuación, para que participen en la XXIII Reunión de Estados Mayores entre la Armada Argentina y la Marina de Guerra del Perú, a realizarse en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 25 al 28 de octubre de 2021, así como, autorizar su salida del país el 24 de octubre y su retorno el 29 de octubre de 2021: Nº Grado Nombres y Apellidos CIP DNI 1 Vicealmirante Herbert José DEL ÁLAMO CARRILLO 00806274 433883602 Capitán de Navío Luis Richard SILVA LÓPEZ 00885952 09641468 3 Capitán de Navío Mirko FORTUNIC GUERRERO 00964281 43290850 4 Teniente Primero Carlos Rafael RODRÍGUEZ MARÍN 00030715 70673140 Artículo 2.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2021, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima - Buenos Aires (República Argentina) - Lima clase económicaUS$ 983.80 x 4 personas (incluye importe TUUA) US$ 3,935.20 Viáticos: US$ 370.00 x 4 persona x 4 días US$ 5,920.00 ------------------- Total a pagar: US$ 9,855.20 Artículo 3.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se re fi ere el artículo 1, sin incrementar el tiempo de autorización, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4.- El O fi cial Almirante comisionado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER EDISON AYALA GONZALES Ministro de Defensa 1997568-1