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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (03/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Domingo 3 de octubre de 2021 El Peruano / iii. Los acuerdos del Comité de Selección deben constar en actas debidamente suscritas, las cuales forman parte del expediente de contratación. La fundamentación de los acuerdos y de los votos discrepantes se hará constar en acta. d) Los plazos en el procedimiento de selección, desde su convocatoria hasta la suscripción del contrato, se computan en días hábiles. Son inhábiles los días: sábados, domingos, feriados no laborables y los declarados por el Poder Ejecutivo o autoridades competentes. El plazo excluye el día inicial e incluye el día del vencimiento. e) El Comité de Selección tendrá a su cargo la elaboración de las bases y la conducción del procedimiento de selección hasta que la buena pro quede consentida o administrativamente fi rme. 5.8. Las bases de selección de la Entidad Colaboradora deberán considerar obligatoriamente lo siguiente: a) El detalle de las características técnicas y las condiciones en que ejecuta la contratación del servicio de devolución del IGV a los turistas. b) La información de la garantía de fi el cumplimiento, mediante carta fi anza o póliza de seguros, a ser presentada por la Entidad Colaboradora para garantizar el servicio a prestar, que deberán ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realización automática en el país, al solo requerimiento de la SUNAT, siendo emitidas por empresas bajo la supervisión directa de la Superintendencia Nacional de Banca y Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones. c) El cronograma del procedimiento de selección.d) El método de evaluación y requisitos de cali fi cación que tendrán que cumplir las propuestas recibidas. La califi cación corresponde a la veri fi cación de los requisitos de cali fi cación determinados por la INGP. e) Las penalidades y la forma cómo deben hacerse efectivas. f) El proyecto de contrato, en el que se señale las condiciones de la contratación. 5.9. Todos los actos realizados desde la convocatoria hasta la suscripción del contrato se entenderán noti fi cados vía correo electrónico, sin perjuicio de poder contemplarse algún otro mecanismo adicional de publicidad y/o notifi cación, de ser el caso. 5.10. La INA es el órgano competente para suscribir el contrato con la Entidad Colaboradora y sus adendas. 5.11. La División de Ejecución Contractual de la Gerencia de Gestión de Contrataciones es la encargada de gestionar la suscripción del contrato. 5.12. La División de Procesos de Fiscalización de la Gerencia de Programación y Fiscalización es la encargada de validar los servicios que brinde la Entidad Colaboradora. VI. DISPOSICIONES ESPECIFICAS 6.1. Para la contratación de la Entidad Colaboradora se debe considerar lo siguiente: a) Identi fi cación de la Necesidad. La devolución del IGV para turistas se sustenta en lo dispuesto por el artículo 76 de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo y lo dispuesto en el capítulo XI del Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo. b) Factibilidad de la contratación.La SUNAT elige que la devolución del IGV a turistas se realice con la participación de una Entidad Colaboradora, considerando que poseen experiencia en el rubro y cuentan con el soporte logístico y tecnológico para cumplir dicha función. 6.2. Gestión de Selección de una Entidad Colaboradora a) Difusión.Se utilizarán mecanismos de difusión del requerimiento, a fi n de procurar la mayor participación de empresas especialistas en el rubro. b) Convocatoria.Se realizará por los medios y fechas de fi nidas por el Comité de Selección. Para este efecto, se pueden cursar invitaciones por correo electrónico a los potenciales postores. c) Inscripción de participantes.Los potenciales postores se pueden inscribir desde el mismo día de la convocatoria hasta un día hábil antes de la presentación de las propuestas. La inscripción de los potenciales postores se podrá realizar mediante correo electrónico, a la dirección que señale el Comité de Selección. A los participantes inscritos se les hará entrega de las bases para la selección de la Entidad Colaboradora. d) Formulación de consultas.Los participantes podrán solicitar la aclaración de cualquiera de los extremos de las bases, o plantear solicitudes respecto de ellas. El Comité de Selección recibe las consultas por un período de tres (3) días hábiles contados desde el día siguiente de la convocatoria. e) Absolución de consultas.El Comité de Selección absolverá las consultas formuladas por los participantes mediante pliego absolutorio, debidamente fundamentado, conteniendo la identi fi cación de cada participante que las formuló, a través de la noti fi cación por correo electrónico, en un plazo que no podrá exceder de cuatro (4) días hábiles contados a partir de la fecha de término de la recepción de las consultas. Luego de absueltas todas las consultas, éstas no podrán ser cuestionadas en ninguna vía, ni modi fi cadas por autoridad administrativa. f) Contenido mínimo de las ofertas.Las Bases del concurso establecen el contenido de las ofertas. El contenido mínimo es el siguiente: f.1 Acreditación de la representación de quien suscribe la oferta. f.2 Declaración jurada declarando que: i) No ha incurrido y se obliga a no incurrir en actos de corrupción, así como a observar el principio de presunción de veracidad, evitando cualquier práctica indebida, reconociendo que, en caso de producirse, será comunicada a las autoridades competentes de manera directa y oportuna. ii) No tiene el impedimento a que se re fi ere el inciso e) del numeral 11-J.1 del artículo 11-J del Reglamento de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo. iii) Participa del procedimiento de contratación en forma independiente, sin mediar consulta, comunicación, acuerdo, arreglo o convenio con ningún proveedor. iv) Conoce, acepta y se somete a las bases del procedimiento de selección. v) Es responsable de la veracidad de los documentos e información que presenta en el procedimiento. vi) Se compromete a mantener su oferta durante el procedimiento de selección y a perfeccionar el contrato en caso de resultar favorecido con la buena pro. f.3 Declaración jurada y documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones técnicas en las que se prestará el servicio. f.4 El porcentaje de la comisión que cobrará a los turistas. g) De los postores.Los postores serán personas jurídicas domiciliadas en el país. La postulación podrá ser realizada en forma