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7 NORMAS LEGALES Martes 5 de octubre de 2021 El Peruano / General de la República, el último día del plazo establecido en el párrafo 23.1, la relación de postulantes que han superado esta etapa para la creación de sus accesos a los sistemas informáticos, con la finalidad de presentar la declaración jurada de ingresos, bienes y rentas, así como la declaración jurada para la gestión de conflictos de intereses. 23.3. Los postulantes que cuentan con el acceso a los sistemas informáticos de la Contraloría General de la República presentan la declaración jurada de ingresos, bienes y rentas, y la declaración jurada para gestión de con flictos de intereses, en el plazo establecido en el cronograma. CAPÍTULO VII ETAPAS DE EVALUACIÓN DE LOS POSTULANTES APTOS Artículo 24. Etapas de evaluación 24.1. Las etapas de la evaluación son las siguientes: a. Evaluación curricular b. Entrevista personal. 24.2. Los postulantes que han superado la etapa de tachas tienen derecho a participar en cada una de las etapas, siempre que superen el puntaje mínimo de cada etapa. Las etapas son preclusivas. Artículo 25. Puntuación 25.1. El puntaje máximo a alcanzar es de 100 puntos; dicho puntaje se distribuye, según cada etapa, de la siguiente forma: a. Evaluación curricular: 60 puntos de la calificación como máximo. Se debe alcanzar como mínimo un puntaje de 35 puntos para pasar a la siguiente etapa. b. Entrevista personal: 40 puntos de la calificación como máximo. Se debe alcanzar como mínimo un puntaje de 30 puntos para pasar a la siguiente etapa. 25.2. El puntaje final mínimo para ser incluido en la lista de candidatas o candidatos aptos que se presenta ante el Pleno del Congreso es igual o mayor a 65 puntos. Se admite la cali ficación con un solo decimal. 25.3. Los criterios para la evaluación curricular y para la entrevista se ciñen estrictamente a lo normado en el presente reglamento. 25.4. En caso de empate entre 2 o más postulantes, el criterio que de fine el orden de prelación en que deben ser presentados las candidatas o candidatos, es el mayor puntaje del aspecto solvencia e idoneidad moral, de la etapa de la entrevista personal. CAPÍTULO VIII EVALUACIÓN CURRICULAR Artículo 26. Aspectos a evaluar y cali ficación 26.1. La evaluación curricular se realiza en el plazo establecido en el cronograma y comprende los aspectos que se desarrollan en la siguiente tabla: TABLA DE EVALUACIÓN CURRICULAR ASPECTOS A CALIFICAR Puntaje máximo 1. Formación académica: Grados y estudios 202. Experiencia profesional 203. Labor de investigación en materia jurídica 20 TOTAL 60 PUNTOS1. FORMACIÓN ACADÉMICA: GRADOS Y ESTUDIOS hasta 20 (no acumulable) 1.1. Grado académico de doctor en Derecho20 1.2. Estudios concluidos de doctorado en Derecho16 1.3 Magister en Derecho Constitucional 18 1.4 Estudios concluidos de maestría en Derecho Constitucional12 1.5 Magister en otras ramas del Derecho12 1.6 Estudios concluidos de maestría en otras ramas del Derecho8 1.7 Grados académicos en carreras a fines a las ciencias jurídicas a. Doctor 8 b. Magister 6 c. Bachiller 4 2. EXPERIENCIA PROFESIONAL hasta 20 2.1 Magistrado durante 10 años 20Juez supremo/superior o fiscal supremo/superior 2.2 Abogado durante 15 años 20a. Independiente o sector privado b. En entidades Públicas 2.3 Cátedra universitaria en materia jurídica durante 15 años 20 3. LABOR DE INVESTIGACIÓN EN MATERIA JURÍDICA hasta 20 (acumulable) Publicación (física o digital) de libro, de investigación en revista arbitrada o indexada o ponencia en evento internacional en materia constitucional2 puntos por cada publicación y 1 punto por cada ponencia internacional La investigación debe contener, como mínimo, la estructura organizativa común IMRD (Introducción, método, resultado y discusión) 26.2. Los miembros de la Comisión Especial cali fican de manera individual la evaluación curricular de cada postulante. Los resultados de esta evaluación curricular son publicados en la página web del Congreso de la República de acuerdo a lo establecido en el cronograma. 26.3. El resultado de cada cali ficación es entregado a la presidencia de la Comisión Especial, que se encarga de sumar y promediar los puntajes de cada postulante, y determinar su puntaje final en la misma sesión. Artículo 27. Cruce de información entre la Comisión Especial y la Contraloría General de la República para el examen de las declaraciones juradas 27.1. Culminada la etapa de la cali ficación de la evaluación curricular y culminada la presentación de las declaraciones juradas, conforme lo dispone el artículo 23, la Contraloría General de la República remite a la Comisión Especial el listado de postulantes que han presentado dichas declaraciones juradas; y la Comisión Especial envía a la Contraloría General de la República el listado de postulantes que superaron la etapa de evaluación curricular con la finalidad de que la Contraloría examine las declaraciones juradas de dichos postulantes. 27.2. El postulante que no presentó las declaraciones juradas ante la Contraloría General de la República es inmediatamente eliminado del proceso. Artículo 28. Plataforma de declaraciones juradas en la página web de la Contraloría General de la República Para el proceso de selección de candidatas o candidatos, la Contraloría General de la República genera