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23 NORMAS LEGALES Viernes 8 de octubre de 2021 El Peruano / americanos y soles en el Banco Central de Reserva del Perú; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Dirección General del Tesoro Público y la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1437, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Endeudamiento Público; en la Ley Nº 31086, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2021; y, en el Decreto Supremo Nº 122-2021-EF, Aprueban operaciones de endeudamiento externo con el BID previstas en la Ley Nº 31086, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2021; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Apruébanse dos (02) Convenios de Traspaso de Recursos a ser suscritos entre el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General del Tesoro Público y la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE, mediante los cuales se establecen los términos y condiciones para el traspaso de los recursos de las operaciones de endeudamiento externo aprobadas por el Decreto Supremo Nº 122-2021-EF; así como lo relativo al pago del servicio de la deuda correspondiente a las referidas operaciones de endeudamiento externo, los mismos que, como Anexo, forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Servicio de la deuda Los recursos requeridos para la atención del servicio de la deuda de las operaciones de endeudamiento externo aprobadas por el Decreto Supremo Nº 122-2021-EF, son proporcionados por COFIDE al Ministerio de Economía y Finanzas, mediante transferencias bancarias, las cuales están respaldas por un (01) Mandato Irrevocable de Débito Automático, otorgado por dicha empresa a favor de la Dirección General del Tesoro Público, respecto a sus cuentas ordinarias en el Banco Central de Reserva del Perú, en dólares americanos y soles, que facultan a dicha Dirección General, a debitar en forma automática los recursos que se hayan pagado por concepto de atención del servicio de deuda. Artículo 3.- Suscripción de documentos Autorízase al/la Director/a General de la Dirección General del Tesoro Público a suscribir, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas, los dos (02) Convenios de Traspaso de Recursos que se aprueban en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, así como sus respectivas adendas y toda documentación necesaria para su implementación. Artículo 4.- Publicación La presente Resolución Ministerial y su Anexo se publican en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO FRANCKE BALLVÉ Ministro de Economía y Finanzas 1999875-1 Aprueban la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión del Tercer Trimestre del Año Fiscal 2021 para los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 018-2021-EF/50.01 Lima, 6 de octubre de 2021CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y tiene como funciones, entre otras, el programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; así como promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, señala que el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2021 comprende, entre otros, los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; Que, conforme al artículo 37 del Decreto Legislativo Nº 1440 la Programación de Compromisos Anual (PCA) es un instrumento de programación del gasto público, de corto plazo, por toda fuente de fi nanciamiento, que permite compatibilizar la programación de caja de ingresos y gastos, con la real capacidad de fi nanciamiento para el Año Fiscal respectivo, en el marco de las reglas fi scales vigentes; estableciendo, entre otros, que dicho instrumento es determinado, revisado y actualizado, de manera trimestral por la Dirección General de Presupuesto Público; Que, mediante la Directiva Nº 0007-2020- EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0034-2020-EF/50.01, se regula, entre otros, los procedimientos de determinación, revisión y actualización de la Programación de Compromisos Anual (PCA) en los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, disponiendo en su artículo 8 que la PCA es revisada trimestralmente por la Dirección General de Presupuesto Público de oficio y es aprobada, en el caso del primer, segundo y tercer trimestre, por Resolución Directoral, a nivel de pliego; Que, asimismo, en el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2021 correspondiente a los pliegos del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, aprobado por la citada Resolución Directoral, se establece, entre otros, hasta el 11 de octubre de 2021 como plazo para la aprobación de la revisión de la PCA de o fi cio, correspondiente al Tercer Trimestre; Que, en consecuencia y de conformidad con las competencias de la Dirección General de Presupuesto Público, resulta necesario aprobar la PCA correspondiente a la revisión del Tercer Trimestre del Año Fiscal 2021 para los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, la cual considera la información registrada en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP) al 04 de octubre de 2021; En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y en el artículo 8 de la Directiva Nº 0007-2020-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por Resolución Directoral Nº 0034-2020-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1. Objeto Aprobar la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión del Tercer Trimestre del Año Fiscal 2021 para los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, ascendente a la suma de S/ 209 518 092 517,00 (DOSCIENTOS NUEVE MIL QUINIENTOS DIECIOCHO MILLONES NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS DIECISIETE Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento. Los montos aprobados de la PCA por nivel de gobierno y a nivel de pliego se detallan en los Anexos Nºs 1, 2, 3 y 4, que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral.