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11 NORMAS LEGALES Viernes 15 de octubre de 2021 El Peruano / se emita la Resolución Jefatural que tenga por fi nalidad aprobar el horario estandarizado de atención de la Mesa de Partes Virtual de la Entidad, conforme a la propuesta de la Unidad de Archivo y Trámite Documentario; y, Con los vistos de la de la Unidad de Archivo y Trámite Documentario, de la O fi cina de Administración, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; y en uso de las facultades conferidas en el literal h) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto Aprobar el horario estandarizado de atención de la Mesa de Partes Virtual de la Entidad, conforme a lo siguiente: Los documentos que ingresen a través de Mesa de Partes Virtual http://sisged.ana.gob.pe/tramitevirtual/ desde las 00:00 horas hasta las 23:59 horas de un día hábil se consideran presentados en ese día y los documentos que ingresen en día no laborable se consideran presentadas el primer día hábil siguiente. Artículo 2.- Dejar sin efecto disposiciones contrarias Dejar sin efecto cualquier disposición que se oponga o contravenga la presente Resolución. Artículo 3.- Difusión Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Autoridad Nacional del Agua (www.gob.pe/ana). Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERTO SALAZAR GONZALES JefeAutoridad Nacional del Agua 2001507-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Modifican la R.VM. Nº 342-2005-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF, de distintas localidades del departamento de La Libertad RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 244-2021-MTC/03 Lima, 7 de octubre de 2021VISTO: el Informe N° 3087-2021-MTC/28.01 de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; CONSIDERANDO: Que, el artículo 11 de la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278, concordado con el artículo 6 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, establece que es competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones la administración, atribución, asignación, control y en general cuanto concierne a la gestión del espectro radioeléctrico atribuido al servicio de radiodifusión; Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, dispone que toda asignación de frecuencias para el servicio de radiodifusión se realiza en base al Plan Nacional de Asignación de Frecuencias, el cual comprende los Planes de Canalización y de Asignación de Frecuencias correspondientes a cada localidad y banda de frecuencias atribuidas al servicio de radiodifusión y determina las frecuencias técnicamente disponibles; asimismo, establece que los Planes de Asignación de Frecuencias son aprobados por Resolución Viceministerial; Que, el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-2010-MTC y sus modi fi catorias, establece en su Primera Disposición Complementaria Final que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones no otorgará nuevas autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión basado en la tecnología analógica a partir de la entrada en vigencia de la citada norma, salvo los supuestos de excepción previstos en el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; Que, en forma concordante, el artículo 40 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, establece que, excepcionalmente, siempre que no hubiera restricciones de espectro, se podrá otorgar, a pedido de parte, nuevas autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión por televisión, cuando esta decisión promueva el desarrollo del servicio en áreas rurales, de preferente interés social o en zonas de frontera o en localidades donde no exista alguna estación de televisión autorizada; de acuerdo a las condiciones, plazos y en las localidades que establezca el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 245-2017-MTC/01.03, se aprobaron los Criterios para la Determinación de Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social para los servicios de radiodifusión; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 342- 2005-MTC/03 y sus modi fi catorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF, para diversas localidades del departamento de La Libertad; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones mediante Informe Nº 3087-2021-MTC/28.01, propone la modificación de los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF del departamento de La Libertad, a fin de incorporar la localidad de MARCABAL - SANAGORAN, la cual se encuentra comprendida en las excepciones establecidas en el artículo 40 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión antes citado; e indica que en la elaboración de su propuesta, ha observado lo dispuesto en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, así como lo establecido por el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión, Ley Nº 28278 y sus modificatorias, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias, el Plan Maestro para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en el Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 017-2010-MTC y sus modificatorias, el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; y Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1 .- Modificar el artículo 1 de la Resolución Viceministerial Nº 342-2005-MTC/03, que aprueba los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión por Televisión en VHF, de distintas localidades del departamento de La Libertad, a fin de incorporar el plan de la localidad de MARCABAL – SANAGORAN; conforme se indica a continuación: