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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (15/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Viernes 15 de octubre de 2021 El Peruano / Cuadro N° 1 Tipo de Consumidor Saldo (USD) Otros (*) 6 788 208,81 Residencial con Descuento -10 134,51 Generador Eléctrico (**) -210 441,00 Total 6 567 633,30 Nota: Un saldo positivo signi fi ca que el monto será agregado en el cálculo del Precio Medio del Gas y un saldo negativo signi fi ca que el monto será descontado del Precio Medio del Gas. (*) Incluye las categorías A1, A2, B, C, D, E, GNV e IP de la Concesión de Lima y Callao (**) Corresponde a los Generadores Eléctricos cuyo suministro de gas es proveído por el Concesionario Artículo 2.- Aprobar el saldo de liquidación del Costo Medio de Transporte, para la concesión de distribución de gas natural por red de ductos de Lima y Callao, correspondiente al periodo comprendido entre enero y junio de 2020, conforme a lo siguiente: Cuadro N° 2 Tipo de Consumidor Saldo (USD) Todos 13 542 558,08 Nota: Un saldo positivo signi fi ca que el monto será agregado en el cálculo del Costo Medio de Transporte y un saldo negativo signi fi ca que el monto será descontado del Costo Medio de Transporte. Artículo 3.- Aprobar los montos que, a consecuencia de la liquidación a que se re fi ere el artículo 1 de la presente resolución, deberán ser considerados por la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. – Cálidda para el cálculo del Precio Medio del Gas en los próximos Periodos de Aplicación, fraccionados en treinta y seis (36) meses, conforme a lo siguiente: Cuadro N° 3 Periodo de Aplicación Tipo de Consumidor (USD) Año Trimestre Otros (*)Residencial con DescuentoGenerador Eléctrico (**) 2021 Oct21–Dic21 565 684,07 -844,54 -17 536,752022 Ene22–Mar22 565 684,07 -844,54 -17 536,752022 Abr22–Jun22 565 684,07 -844,54 -17 536,752022 Jul22–Set22 565 684,07 -844,54 -17 536,752022 Oct22–Dic22 565 684,07 -844,54 -17 536,752023 Ene23–Mar23 565 684,07 -844,54 -17 536,752023 Abr23–Jun23 565 684,07 -844,54 -17 536,752023 Jul23–Set23 565 684,07 -844,54 -17 536,752023 Oct23–Dic23 565 684,07 -844,54 -17 536,752024 Ene24–Mar24 565 684,07 -844,54 -17 536,75 2024 Abr24–Jun24 565 684,07 -844,54 -17 536,75 2024 Jul24–Set24 565 684,04 -844,57 -17 536,75 Saldo Total (USD)6 788 208,81 -10 134,51 -210 441,00 (*) Incluye as categorías A1, A2, B, C, D, E, GNV e IP de la Concesión de Lima y Callao (**) Corresponde a los Generadores Eléctricos cuyo suministro de gas es proveído por el Concesionario Artículo 4.- Aprobar los montos que, a consecuencia de la liquidación a que se re fi ere el artículo 2 de la presente resolución, deberán ser considerados por la empresa Gas Natural de Lima y Callao S.A. – Cálidda para el cálculo del Costo Medio de Transporte en los próximos Periodos de Aplicación, fraccionados en treinta y seis (36) meses, conforme a lo siguiente: Cuadro N° 4 Periodo de Aplicación Tipo de Consumidor (USD)) Año Trimestre Todos 2021 Oct21–Dic21 1 128 546,512022 Ene22–Mar22 1 128 546,512022 Abr22–Jun22 1 128 546,512022 Jul22–Set22 1 128 546,512022 Oct22–Dic22 1 128 546,512023 Ene23–Mar23 1 128 546,512023 Abr23–Jun23 1 128 546,512023 Jul23–Set23 1 128 546,512023 Oct23–Dic23 1 128 546,512024 Ene24–Mar24 1 128 546,512024 Abr24–Jun24 1 128 546,51 2024 Jul24–Set24 1 128 546,47 Saldo Total (USD)13 542 558,08 (…)” Artículo 3.- Incorporar el Informe Técnico N° 650- 2021-GRT y el Informe Legal N° 649-2021-GRT, como parte integrante de la presente resolución. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, así como su publicación en el Portal Institucional de Osinergmin: https://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2021.aspx, conjuntamente con el Informe Técnico N° 650-2021-GRT y el Informe Legal N° 649-2021-GRT. JAIME MENDOZA GACON Presidente del Consejo DirectivoOsinergmin 2001583-1 Aprueban las “Disposiciones técnicas, Guía de Supervisión y Cronograma de adecuación para que las Plantas de Abastecimiento, Plantas de Abastecimiento en Aeropuertos y Terminales se adecúen al artículo 13 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 045-2001-EM” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 216-2021-OS/CD Lima, 14 de octubre de 2021VISTO: El Memorándum GSE-608-2021 de la Gerencia de Supervisión de Energía que propone poner a consideración del Consejo Directivo la aprobación de las “Disposiciones técnicas, Guía de Supervisión y Cronograma de adecuación para que las Plantas de Abastecimiento, Plantas de Abastecimiento en Aeropuertos y Terminales se adecúen al artículo 13 del Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 045-2001-EM.”