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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (15/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 16

16 NORMAS LEGALES Viernes 15 de octubre de 2021 El Peruano / Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá el mencionado cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Celia Matilde Mejía Zuloeta, en el cargo de Directora de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.GEINER ALVARADO LOPEZ Ministro de Vivienda,Construcción y Saneamiento 2001597-1 Designan Directores Titular y Suplente en el Directorio de la EPS Aguas de Lima Norte S.A., propuestos por el Gobierno Regional de Lima RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 028-2021-VIVIENDA/VMCS Lima, 14 de octubre de 2021VISTOS:El O fi cio N° 0167-2021-EPS AGUAS DE LIMA NORTE S.A.-GG, de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento Aguas de Lima Norte Sociedad Anónima - EPS Aguas de Lima Norte S.A.; el Informe N° 212-2021-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento; el Informe N° 257-2021-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, el párrafo 15.1 del artículo 15 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2020-VIVIENDA (en adelante, TUO de la Ley Marco), dispone que son prestadores de los servicios de saneamiento, entre otras, las empresas prestadoras de servicios de saneamiento, que pueden ser públicas de accionariado estatal, públicas de accionariado municipal, privadas o mixtas; Que, el artículo 51 del TUO de la Ley Marco, establece que el Directorio de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal es responsable de la gestión y administración de la prestación de los servicios de saneamiento; Que, el párrafo 52.1 del artículo 52 del TUO de la Ley Marco, dispone que el Directorio de las empresas prestadoras públicas de accionariado municipal está compuesto por un (1) director, titular y suplente, propuesto por las municipalidades accionistas, a través de Acuerdo de Concejo Municipal; un (1) director, titular y suplente, propuesto por el Gobierno Regional a través del Acuerdo de Consejo Regional; y, un (1) director, titular y suplente, propuesto por la Sociedad Civil, esto es, por los colegios profesionales, cámaras de comercio y universidades, según sus estatutos o normas pertinentes;Que, los párrafos 53.2 y 53.5 del artículo 53 del TUO de la Ley Marco, disponen que la designación del director, titular y suplente, propuesto por el Gobierno Regional es efectuada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (en adelante, MVCS) a través de Resolución del Viceministerio de Construcción y Saneamiento, teniendo dicha resolución mérito su fi ciente para su inscripción en el Registro de Personas Jurídicas de la o fi cina registral correspondiente; Que, el Texto Único Ordenado del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, aprobado por el Decreto Supremo N° 016-2021-VIVIENDA (en adelante, TUO del Reglamento), dispone en su artículo 66 que, el periodo del Directorio de la empresa prestadora pública de accionariado municipal es de tres (3) años, computados desde la elección o designación del primer miembro del Directorio; debiéndose renovar totalmente este órgano colegiado al término de dicho periodo, incluyendo a aquellos directores que fueron elegidos o designados para completar periodos; precisándose que el Directorio que concluyó su periodo continuará en funciones hasta la conformación del nuevo Directorio, en concordancia con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final de la Resolución Ministerial N° 221-2021-VIVIENDA, que aprueba las “Disposiciones y plazos para la elección, designación, conclusión y vacancia de directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 337-2018-VIVIENDA, se designa al señor Víctor Manuel Hacen Bernaola, como Director Titular y al señor Arturo Félix Arroyo Ambía, como Director Suplente, ambos propuestos por el Gobierno Regional de Lima, en el Directorio de la EPS Aguas de Lima Norte S.A.; Que, corresponde renovar el Directorio de la EPS Aguas de Lima Norte S.A., de conformidad con lo establecido en el artículo 66 del TUO del Reglamento; por lo que resulta pertinente dar por concluidas las designaciones antes referidas; Que, conforme a los documentos de vistos, la Dirección de Saneamiento ha verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normatividad vigente respecto de cinco (5) candidatos propuestos por el Gobierno Regional de Lima, concluyendo que sólo cuatro (4) candidatos resultan aptos; determinándose en razón al puntaje obtenido que, corresponde designar al señor Víctor Manuel Hacen Bernaola, en el cargo de Director Titular, y al señor José Freddy Atuncar Yrribarri, en el cargo de Director Suplente, para un nuevo periodo en el Directorio de la EPS Aguas de Lima Norte S.A.; Que, en ese sentido, corresponde dar por concluidas las designaciones del señor Víctor Manuel Hacen Bernaola, en el cargo de Director Titular, y del señor Arturo Félix Arroyo Ambía, en el cargo de Director Suplente, en el Directorio de la EPS Aguas de Lima Norte S.A., realizadas a través de la Resolución Ministerial N° 337-2018-VIVIENDA, y designar al señor Víctor Manuel Hacen Bernaola, en el cargo de Director Titular, y al señor José Freddy Atuncar Yrribarri, en el cargo de Director Suplente, ante el Directorio de la EPS Aguas de Lima Norte S.A.; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2020-VIVIENDA; el Texto Único Ordenado del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, aprobado por el Decreto Supremo N° 016-2021-VIVIENDA; y, la Resolución Ministerial N° 221-2021-VIVIENDA, que aprueba las “Disposiciones y plazos para la elección, designación, conclusión y vacancia de directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal”;