Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (15/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 13

13 NORMAS LEGALES Viernes 15 de octubre de 2021 El Peruano / Las estaciones a instalarse en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas con Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias. Localidad: HUATA CCOCHA Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización CanalesPlan de Asignación Frecuencia (MHz) 204 88.7 208 89.5 212 90.3 240 95.9 252 98.3 Total de canales: 5 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW. Las estaciones a instalarse en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas con Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias Localidad: MOYABAMBA Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización CanalesPlan de Asignación Frecuencia (MHz) 220 91.9 224 92.7 247 97.3 268 101.5 281 104.1 Total de canales: 5 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW. Las estaciones a instalarse en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas con Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias. Localidad: PUEBLO NUEVO DE HUILCALLAMA Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización CanalesPlan de Asignación Frecuencia (MHz) 202 88.3 214 90.7 218 91.5 230 93.9 242 96.3 Total de canales: 5 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW. Las estaciones a instalarse en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas con Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias. Localidad: UMASI Plan de Asignación de Frecuencias Plan de Canalización CanalesPlan de Asignación Frecuencia (MHz) 227 93.3 231 94.1 251 98.1 267 101.3 287 105.3 Total de canales: 5 La máxima e.r.p. a ser autorizada en esta localidad será de 0.1 KW. Las estaciones a instalarse en esta localidad son secundarias de acuerdo a lo previsto en el artículo 16 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y están sujetas a los parámetros técnicos establecidos en las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas con Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modi fi catorias. Artículo 2.- La Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones debe considerar las condiciones técnicas previstas en los Planes de Asignación de Frecuencias aprobados, en la evaluación de las solicitudes de autorización y de modi fi cación de características técnicas. Regístrese, comuníquese y publíquese,CARLOS ALBERTO SOTELO LÓPEZ Viceministro de Comunicaciones 2001089-1 Aprueban texto de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 315 “Servicio de Información Aeronáutica” Nueva Edición, Enmienda 2 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0465-2021-MTC/12 Lima, 28 de septiembre de 2021VISTO: el Informe N° 0469-2021-MTC/12.08 de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico; CONSIDERANDO: Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú siendo competente para aprobar, modi fi car y dejar sin efecto las Regulaciones Aeronáuticas del Perú y las directivas técnicas, conforme lo señala el literal c) del artículo 9° de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y el literal b) del artículo 2º del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; Que, el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil señala que la Dirección General de Aeronáutica Civil pondrá en conocimiento público los proyectos sujetos a aprobación o modi fi cación de las RAP con una antelación de quince días calendario; Que, mediante la Resolución Directoral N° 247-2012- MTC/12, del 30 de julio de 2012, se aprobó el texto de la Regulación Aeronáutica del Perú – RAP 315 “Servicio de Información Aeronáutica”, modi fi cada por la Resolución Directoral N° 243-2018-MTC/12, del 13 de marzo de 2018, que aprobó su Nueva Edición, Enmienda 1;