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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (22/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 52

52 NORMAS LEGALES Viernes 22 de octubre de 2021 El Peruano / PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO Autorizan viaje de alcalde a los EE.UU., en comisión de servicios ACUERDO MUNICIPAL Nº 072-2021-MPC Cusco, veintinueve de septiembre de dos mil veintiuno. EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CUSCO. VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha veintinueve de septiembre de dos mil veintiuno, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi catorias y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la autonomía política consiste en la capacidad de dictar normas de carácter obligatorio en los asuntos de su competencia dentro de su jurisdicción, la autonomía económica consiste en la capacidad de decidir sobre su presupuesto y los destinos de los gastos y las inversiones con la participación activa de la sociedad civil, la autonomía administrativa es la capacidad de organizarse de la manera que más convenga a sus planes de desarrollo local; Que, el señor David Novoa, en su condición de CEO Fundador de Teoma Global, entidad representativa de la producción y comercialización de suplementos alimenticios elaborados en base a productos naturales y con los más altos estándares del mercado y libre de parabenos, sulfatos, petrolatos y sales, respetando las recetas tradicionales de los países andinos y proporcionando mejor calidad de vida; empresa asentada en el Estado de Utah, Estados Unidos, envió el 23 de septiembre de 2021, una invitación para viajar a esa ciudad al señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, Víctor Germán Boluarte Medina entre los días 14 al 19 de octubre de 2021, y participar en una serie de reuniones con autoridades oficiales, y el acto de lanzamiento de su marca comercial; Que, los gastos de alojamiento, traslado y pasajes entre la ciudad de Cusco a Lima; Lima - Utah y retorno del Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, serán cubiertos por la entidad invitante; Que, en la Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, de fecha 29 de septiembre de 2021, se dio cuenta en la sección Despacho de la invitación al señor Alcalde de la ciudad, al Estado de Utah, Estados Unidos; asimismo, se debatió y autorizo el viaje del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, Víctor Germán Boluarte Medina entre los días 13 al 20 de octubre de 2021; Que, el artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que el Concejo Municipal ejerce sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas Municipales y Acuerdos Municipales; igualmente, el artículo 41º de dicha Ley precisa que los Acuerdos son decisiones que toma el Concejo Municipal sobre asuntos especí fi cos que expresan la voluntad de dicho órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Por tanto, estando a lo establecido por el artículo 41º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal de la Municipalidad Provincial del Cusco, por MAYORÍA; ACORDÓ:Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, Víctor Germán Boluarte Medina en representación de la Municipalidad Provincial del Cusco entre los días 14 al 19 de octubre de 2021, al Estado de Utah, Estados Unidos, por invitación del CEO Fundador de la institución Teoma Global; otorgándole licencia del 13 al 20 de octubre de 2021. Artículo Segundo.- PRECISAR, que los gastos de alojamiento, traslado y boletos aéreos nacionales e internacionales entre la ciudad de Cusco a Lima; Lima - Utah y retorno del Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, serán cubiertos por la entidad invitante. Artículo Tercero.- DISPONER, a la Gerencia Municipal, a la O fi cina General de Administración y demás instancias administrativas tomen las medidas que correspondan, para el cumplimiento del presente Acuerdo Municipal. Artículo Cuarto.- PRECISAR, de conformidad a lo establecido por el Acuerdo Municipal Nº 058 – 04 – MC, de fecha 14 de junio de 2004, que del señor Alcalde de la Municipalidad Provincial del Cusco, deberá emitir un informe en la sesión ordinaria inmediata posterior a la realización del viaje, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Regístrese, comuníquese y cúmplase.VÍCTOR G. BOLUARTE MEDINA Alcalde 2003344-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del “Convenio relativo a la Importación Temporal” y los anexos A, B1 y B2 Entrada en vigencia del “Convenio relativo a la Importación Temporal” y los anexos A, B1 y B2 El Convenio relativo a la Importación Temporal y los Anexos A, B1 y B2, adoptado el 26 de junio de 1990 en la ciudad de Estambul, República de Turquía, aprobado por Resolución Legislativa Nº 30808 del 4 de julio de 2018, rati fi cado internamente mediante Decreto Supremo Nº 031-2018-RE del 13 de julio de 2018 y modi fi cado por la Enmienda al Convenio relativo a la Importación Temporal sobre la Lista Ilustrativa del Apéndice III al Anexo B2 - rati fi cada internamente mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-RE -; la Enmienda al Convenio relativo a la Importación Temporal sobre la incorporación del artículo 21ª - ratifi cada internamente mediante Decreto Supremo Nº 009-2020-RE -; la Enmienda al Convenio relativo a la Importación Temporal que incorpora el Nuevo Modelo de Cuaderno A.T.A del Apéndice I al Anexo A - ratifi cada internamente mediante Decreto Supremo Nº 010-2020-RE -; y la Enmienda al Convenio relativo a la Importación Temporal sobre el Apéndice II al Anexo A - rati fi cada internamente mediante Decreto Supremo Nº 011-2020-RE -, entrará en vigencia el 27 de octubre de 2021. 2003952-1