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83 NORMAS LEGALES Sábado 23 de octubre de 2021 El Peruano / VISTO, En Sesión Ordinaria de Concejo, celebrado el día 29 de septiembre del 2021; el Informe Nº 395-2021-G.SS.SS-MDM, de fecha 11 de agosto del 2021, emitido por el Gerencia de Servicios Sociales-MDM; el Informe Nº 779-2021-GAJ-MDM, de fecha 02 de septiembre del 2021, emitido por Gerencia de Asesoría Jurídica; el informe Nº 273-2021-GPP/MDM, emitido por el Encargado de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 797-2021-GAJ-MDM, de fecha 08 de septiembre del 2021, emitido por el Gerente de Asesoría Jurídica; Dictamen Nº 001-2021-C.D.S-MDM, de fecha 23 de septiembre del 2021, emitido por los Miembros de la comisión de Desarrollo Social; Dictamen Nº 003-2021-MDM, de fecha de 28 de septiembre del 2021, emitido por la Comisión de Administración de Rentas y Presupuesto, el Proyecto de “ORDENANZA MUNICIPAL DE LA ACTUALIZACION DE FUNCIONES DE LA OFICINA DEL CIAM EN EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES – ROF”; y, CONSIDERANDO:Que, los artículos 192º y 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipales modi fi cado por la Ley Nº 27680 – Ley de Reforma Constitucional establece que los Gobiernos locales, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, precisándose que le compete a las municipalidades la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, y en tal sentido gozan de facultades normativas y reglamentarias, ejerciendo la jurisdicción en el ámbito de su circunscripción territorial; Que, la Ley Nº 27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara que el Estado Peruano se encuentra en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un estado democrático y descentralizado al servicio del ciudadano; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 054-2018- PCM, que aprueba los lineamientos de Organización del Estado, publicado el 18 de mayo de 2018, y la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2020-PCM-SGP, que aprueba los Lineamientos Nº 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones –ROF y Manual de Operaciones-MOP; Que, la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, numeral 2 del artículo 9, prescribe que dentro de la autonomía administrativa se encuentra la facultad de organizarse internamente, precisando además en el inciso d) del artículo 4º que es competencia exclusiva de los gobiernos locales, aprobar su organización interna; Que, mediante Informe Nº 395-2021-G.SS.SS-MDM, de fecha 11 de agosto del 2021,emitido por la Gerente de Servicios Sociales, solicita a la Gerente Municipal la aprobación de del proyecto de Ordenanza Municipal de Actualización de Reglamento de Organización y funciones – ROF del Centro Integral de Atención al adulto Mayor en virtud a la ley Nº 30190 de la Ordenanza Municipal Nº 20-2016-MDM, cuyo objetivo es el establecimiento de un marco jurídico actualizado que promueve al ejercicio pleno de los derechos humanos de los hombres y mujeres adulto mayores, que sirve para garantizar una mejor calidad de vida en el ámbito social, económico, político y cultural; Que, mediante Informe Nº 779-2021-GAJ-MDM, de fecha 02 de septiembre del 2021, emitido por el Gerente de Asesoría Jurídica, recomienda lo siguiente: Que, la Gerencia de planeamiento y Presupuesto de la Municipalidad Distrital de Moche, cumpla con emitir el informe técnico, cuyo contenido sea lo establecido en el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM, subsecuentemente, elevar a sesión de Concejo el proyecto de Ordenanza Municipal de Actualización de Reglamento de Organización y funciones (ROF) para la O fi cina de Atención Integral al Adulto Mayor- CIAM, a fi n de ser evaluado y aprobado conforme a sus atribuciones; Que, el numeral 3 del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, faculta al Concejo Municipal aprobar su régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 3 del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, con la votación de los miembros del Concejo Municipal por MAYORÍA, se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES - ROF DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MOCHE Artículo Primero.- APROBAR La Modi fi cación de las Funciones del centro integral de la adulto mayor (CIAM) que pertenece a la Gerencia de Servicios Sociales y debe tener las siguientes funciones: a) Promover estilos de vida saludables y práctica del autocuidado. b) Coordinar actividades de prevención de enfermedades con las instancias pertinentes. c) Coordinar el desarrollo de actividades educacionales con las instancias pertinentes, con especial énfasis en la labor de alfabetización. d) Prestar servicios de orientación socio legal para personas adultas mayores. e) Promover y desarrollar actividades de generación de ingresos y emprendimientos. f) Desarrollar actividades de carácter recreativo, cultural, deportivo, intergeneracional y de cualquier otra índole. g) Promover la asociatividad de las personas adultas mayores y la participación ciudadana informada. h) Promover la participación de las personas adultas mayores en los espacios de toma de decisión. i) Promover los saberes y conocimientos de las personas adultas mayores. j) Otros que señale el reglamento de la presente ley. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Asesoría legal y Secretaría General el seguimiento a la modi fi cación de los instrumentos de gestión municipal que correspondan; para el cumplimiento e implementación de lo dispuesto por la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto la ordenanza municipal Nº 20-2016-MDM, de fecha 05 de diciembre del 2019. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a todas las unidades orgánicas correspondientes el cumplimiento de la presente ordenanza Artículo Quinto.- ESTABLECER que para la publicación de la presente ordenanza se tendrá en consideración lo señalado en los incisos 1 y 2 del artículo 52 del DECRETO SUPREMO Nº 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado. La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.CESAR ARTURO FERNANDEZ BAZÁN Alcalde 2004251-1