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87 NORMAS LEGALES Domingo 24 de octubre de 2021 El Peruano / la Gerencia de Seguridad Ciudadana, Defensa Civil y Policía Municipal. Habrá penalidad efectiva si se incurre en falta grave que atente contra la vida del can o felino. Artículo 30º.- Agrupaciones protectoras de animales Se trabajará en conjunto con Asociaciones de Protección y Bienestar Animal, con personería jurídica sin fi nes de lucro legalmente constituidas, que tienen como objetivo la protección y defensa de los animales. Artículo 31º.- Talleres y charlas virtuales Se desarrollarán talleres y charlas virtuales dirigidas a los propietarios de animales domésticos y a los profesores y alumnos de los centros educativos, sobre tenencia responsable, reproducción, prevención de zoonosis y accidentes por mordedura. CAPÍTULO XII INFRACCIONES, SANCIONES Y MEDIDAS COMPLEMENTARIAS Artículo 32º.- Régimen de Infracciones y Sanciones Para la aplicación de sanciones y medidas complementarias siguientes, se deberá modi fi car la parte que corresponde a la Gerencia de Servicios a la Ciudad, División de Medio Ambiente, Sección 12. Canes y otros Animales del Cuadro Único de Infracciones Administrativas (CUIS) vigente.DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Establecer un período de noventa (90) días, a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza, para la adecuación de trámite de registro y obtención de Licencia de Tenencia de Animales Domésticos (Canes y Felinos) sin aplicación de sanciones administrativas. Segunda.- Derogar la Ordenanza Municipal Nº 019- 2006 MDLP/ALC de fecha 19 de octubre de 2006 que Reglamenta el Régimen Jurídico de Canes en el distrito de La Punta. Tercera.- Encargar a la Gerencia Municipal, la Gerencia de Servicios a la Ciudad, la División de Medio Ambiente y demás unidades orgánicas de la entidad que resulten competentes, el fi el cumplimiento de lo dispuesto mediante la presente Ordenanza. Cuarta.- Encargar a la Secretaría General la publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” de la presente Ordenanza; y a la Unidad de Tecnología de la Información la publicación de la Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de La Punta (www.munilapunta.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAMÓN RICARDO GARAY LEÓN Alcalde 2004412-1 COMUNICADO REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES DURANTE LA EMERGENCIA SANITARIA Se comunica a las entidades públicas que durante la emergencia sanitaria se recibirán sólo en modo virtual las solicitudes de publicaciones en la Separata de Normas Legales, para lo cual deberá tomarse en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá mediante correo electrónico de lunes a viernes, de 8:30 am a 5.30 pm. Sábados, domingos y feriados se recibirán únicamente publicaciones para el día siguiente y en el horario de 8:30 am a 5.30 pm. 2. La persona con fi rma registrada ante la Gerencia de Publicaciones O fi ciales, enviará la solicitud de publicación desde su cuenta de correo institucional a la siguiente cuenta electrónica: normaslegales@ editoraperu.com.pe . 3. En el correo institucional se deberá adjuntar lo siguiente: a) Ofi cio fi rmado y escaneado dirigido al Gerente de Publicaciones O fi ciales, en el que solicita la publicación de las normas que se indican. b) Dispositivo legal a publicar escaneado en un único PDF y debidamente refrendado.c) Archivos electrónicos de los documentos a publicar. El o fi cio y dispositivo legal podrán ser fi rmados digitalmente. Si no se cuenta con fi rma digital, debe consignarse sello y fi rma manual del funcionario autorizado. 4. Para todo dispositivo legal, con o sin anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que se entrega para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 5. En caso se requiera una cotización del dispositivo legal, deberá enviarse un archivo al correo electrónico cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe. 6. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado en una hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justi fi car. El texto deberá ser redactado en formato Word; en caso incluya grá fi cos, estos deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises. 7. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación fi nal. 8. Este comunicado rige para las entidades públicas que no usan el Portal de Gestión de Atención al Cliente - PGA . GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES