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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE OCTUBRE DEL AÑO 2021 (24/10/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 81

81 NORMAS LEGALES Domingo 24 de octubre de 2021 El Peruano / VISTO: La Resolución de Gerencia Municipal N” 033-2021- GM/MDSJL, de 24 de marzo de 2021, mediante la cual se designó al Abogado Jhampiere Ulises Costilla Estrada, como Secretario Técnico, encargado de la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho; y CONSIDERANDO:Que, las Municipalidades son Òrganos de Gobierno Local con personería de Derecho Público y gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, consagrada en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley N° 30057 - Ley del Servicio Civil, determina un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como para aquellas personas que están encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicios a cargo de éstas; Que, el segundo párrafo del literal a) de la Novena Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30057- Ley del Servicio Civil, establece que las normas sobre la capacitación y la evaluación del desempeño y el Título V, referido al Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador, se aplican una vez que entren en vigencia las normas reglamentarias de dichas materias, con excepción de Ío previsto en los artículos 17° y 18° de la Ley, que se aplican una vez que se emita la resolución de inicio del proceso de implementación; Que, conforme a Io dispuesto en el artículo 92° de la Ley Nº 30057, concordante con el artículo 94° del Reglamento de la referida ley, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, las autoridades de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario cuentan con el apoyo de un Secretario Técnico, de preferencia abogado y designado mediante resolución del titular de la entidad. El Secretario Técnico puede ser un servidor de la entidad que se desempeña como tal, en adición a sus funciones y es el encargado de precali fi car las presuntas faltas, documentar la actividad probatoria, proponer la fundamentación y administrar los archivos emanados del ejercicio de la potestad sancionadora disciplinaria de la entidad pública; no teniendo, aquel, capacidad de decisión y sus informes u opiniones no son vinculantes; Que, el numeral 8) de la Directiva Nº 02-2015-SERVIR/ GPGSC - Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador de la Ley N” 30057 - Ley del Servicio Civil, determina que la Secretaria Técnica apoya el desarrollo del procedimiento disciplinario, está a cargo de un Secretario Técnico que es designado por la máxima autoridad administrativa de la entidad, en adición a las funciones que vienen ejerciendo en la entidad o especí fi camente para dicho propósito; pudiendo contar la citada Secretaria Técnica con servidores civiles que colaboran con el Secretario Técnico en el cumplimiento de sus funciones; Que, por Resolución de Gerencia Municipal Nº 033- 2021- GM/MDSJL, de 24 de marzo de 2021, se designó al Abogado Jhampiere Ulises Costilla Estrada, como Secretario Técnico, encargado de la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho en adición a sus funciones que desempeña en la Sub Gerencia de Registro Civil de esta Municipalidad, sujeto al régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) del Decreto Legislativo N° 1057; Que, conforme lo dispone el párrafo i) del articulo IV del Título Preliminar del Reglamento de la Ley Nº 30057, el Titular de la Entidad, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la Entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública. En el caso de los Gobierno Regionales y Locales, la máxima autoridad administrativa es el Gerente General del Gobierno Regional y el Gerente Municipal, respectivamente; hecha esta atingencia, se hace necesario dar por concluida la designación del referido profesional y, a su vez, designar a su reemplazante que ejercerá el cargo de Secretario Técnico de los órganos instructores del procedimiento administrativo disciplinario de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, por Io que la Gerencia Municipal es la competente para disponer dicha conclusión designación; y En uso de las facultades establecidas en la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley N° 30057 - Ley del Servicio Civil, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 040 2014-PCM, las funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) aprobado mediante Ordenanza N° 345-MDSJL; y con la visaciòn de la Gerencia de Asesoría Jurídica. RESUELVE:Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, a partir del 21 de octubre del año en curso, la designación del Abogado Jhampiere Ulises Costilla Estrada, como Secretario Técnico, encargado de la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, efectuada mediante Resolución de Gerencia Municipal N° 033-2021- GM/MDSJL. Artículo Segundo.- DESIGNAR, a partir del 21 de octubre del presente año, al abogado MILTON VENTURA VALQUI, como Secretario Técnico encargado de la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, en adición a sus funciones de Sub Gerente de Fiscalizaciòn Tributaria de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, sujeto al régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) regulado por el Decreto Legislativo N° 1057, quien actuara como apoyo de los Órganos instructores del Procedimiento Administrativo Disciplinario de esta Municipalidad. Artículo Tercero.- Notifíquese la presente resolución a los abogados Jhampiere Ulises Costilla Estrada y Milton Ventura Valqui, quienes, conforme a ley, harán la entrega y recepción del cargo, respectivamente, de la Secretaria Técnica de Procedimiento Administrativo Disciplinario de esta Municipalidad Distrital. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente resolución en el diario O fi cial El Peruano y a la Secretaria de Comunicación e Imagen en el Portal Web de la Municipalidad de San Juan de Lurigancho (www.munisjl.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.LUIS ARMANDO MARILL DEL ÁGUILA Gerente Municipal 2004409-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Ordenanza que prorroga la vigencia de los representantes de la sociedad civil como Miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital - CCLD de La Punta ORDENANZA Nº 007-2021-MDLP/AL La Punta, 18 de octubre de 2021EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PUNTA POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de La Punta en sesión Ordinaria de fecha 18 de octubre de 2021 con