TEXTO PAGINA: 70
70 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de octubre de 2021 El Peruano / Artículo 4. Eliminar los procedimientos administrativos con Numeración 27, 28, 43, 44 y sus subprocedimientos y el servicio prestado en exclusividad con Numeración 3, así como sus requisitos, plazos y derechos de trámites del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 1874, correspondiente a la Gerencia de Desarrollo Urbano. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera. Encargar a la Secretaría General del Concejo la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación de la presente norma y sus Anexos en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Segunda. Encargar al Instituto Catastral de Lima (ICL) la implementación y cumplimiento de la presente Ordenanza, así como la publicación y difusión en su Portal Institucional (www.icl.gob.pe). Tercera. La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única. El Instituto Catastral de Lima (ICL) resuelve los procedimientos presentados a partir de la vigencia de la presente Ordenanza en los asuntos a que se re fi ere el Artículo 4 de la misma. Los procedimientos en trámite hasta antes de la vigencia de la presente Ordenanza en los asuntos a que se re fi ere el acotado Artículo 4, continuarán hasta su culminación bajo competencia de la Gerencia de Desarrollo Urbano. El acervo documental y/o digital de los procedimientos culminados serán transferidos por la Gerencia de Desarrollo Urbano como máximo al 31 diciembre de 2021, conforme el cronograma que determine el Instituto Catastral de Lima. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única. Derogar la Ordenanza Nº 2067, que aprueba los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, así como los requisitos y derechos de trámite, los cuales se encuentran contenidos en el TUPA del Instituto Catastral de Lima, así como cualquier otro dispositivo que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2004904-1 Autorizan viaje del Alcalde y de funcionaria para participar en diversos eventos a realizarse en España ACUERDO DE CONCEJO N° 366 Lima, 19 de octubre de 2021EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de fecha;VISTO: La Carta s/n de 28 de julio y 7 de setiembre de 2021 de la Red de Unión de Ciudades Capitales Iberoamericanas (UCCI), la Carta N° 044-2021-ALC/MML del despacho del señor Alcalde Metropolitano de Lima, el Informe N° D000160-2021-MML-GP-SCTI, N° D000166-2021-MML-GP-SCTI y N° D000172-2021-MML-GP-SCTI y el Memorando N° D000590-2021-MML-GP-SCTI de la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional perteneciente a la Gerencia de Plani fi cación, el Memorando N° D000793-2021-MML-GP de la Gerencia de Plani fi cación y el Informe N° D000857-2021-MML-GAJ de la Gerencia de Asuntos Jurídicos de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, en concordancia con el numeral 11 de Artículo 9 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el numeral 17 del Artículo 6 del Reglamento Interior del Concejo Metropolitano de Lima, aprobado por Ordenanza N° 571 y modi fi catorias, señala que es función del Concejo Metropolitano autorizar viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, el Artículo 2 de la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad, en tanto que el Artículo 3 establece que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, mediante Carta s/n de 28 de julio de 2021, el señor José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, Alcalde de Madrid y Co-Presidente de la Red de Unión de Ciudades Capitales Iberoamericanas (UCCI), invita al señor Alcalde Metropolitano de Lima a participar presencialmente en la XIX Asamblea General de la UCCI que se celebrará en Madrid, los días 4 y 5 de noviembre de 2021; Que, con Carta N° 044-2021-ALC/MML de 2 de agosto de 2021, la Municipalidad Metropolitana de Lima expresa su agradecimiento y responde a la invitación extendida por el Alcalde de Madrid y Co-Presidente de la UCCI para participar de la Asamblea General a realizarse en Madrid; Que, a través de la Carta s/n de 7 de setiembre de 2021, la UCCI con fi rma que asumirá el fi nanciamiento de boletos aéreos, alojamiento y transportes internos para el señor Alcalde Metropolitano de Lima y la Subgerente de Cooperación Técnica Internacional, en su calidad de Coordinador UCCI, cuyo rol es de asistencia al Alcalde y de apoyo a la Secretaría General de la Red UCCI, para su participación en la Asamblea General a realizarse en Madrid; Que, mediante Informe N° D000160-2021-MML- GP-SCTI de 1 de octubre de 2021, la Subgerencia de Cooperación Técnica Internacional señala lo siguiente: (i) la Municipalidad Metropolitana de Lima mantiene una relación estrecha con la Red UCCI, habiendo participado durante la gestión actual en diversas convocatorias y procesos de cooperación internacional enfocados en censo migrante, cambio climático y calidad del aire, mujer, cultura, desarrollo turístico, entre otros; (ii) Atendiendo a que esta sesión de alto nivel será el primer encuentro del Alcalde de Lima con sus pares iberoamericanos, la participación de la ciudad de Lima en la Asamblea General permitirá fortalecer los vínculos de colaboración a futuro y la posibilidad de participar en más convocatorias de cooperación técnica desde la UCCI en favor de los ciudadanos; (iii) Asimismo, en el marco de la visita o fi cial del Alcalde Metropolitano de Lima a Madrid, se sostendrán