TEXTO PAGINA: 36
36 NORMAS LEGALES Jueves 28 de octubre de 2021 El Peruano / e) Organizar e impulsar la realización anual de la feria de promoción de los derechos de las personas trabajadoras del hogar. Artículo 6. Secretaría Técnica La Mesa de Trabajo cuenta con una Secretaría Técnica se encuentra a cargo de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos Fundamentales Laborales, de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. La Secretaría Técnica, tiene como funciones brindar asistencia y apoyo técnico y administrativo a la Mesa de Trabajo, convocar a sus integrantes, llevar el registro de los acuerdos adoptados, custodiar toda la documentación que se genere durante su vigencia y coordinar todas las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos y funciones de la Mesa de Trabajo. Artículo 7. Instalación7.1. La Mesa de Trabajo se instala en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial. 7.2. La Mesa de Trabajo sesiona, como mínimo, una (1) vez al mes a partir de su instalación. Artículo 8. Reglamento interno El Reglamento Interno precisa aspectos tales como quórum, reglas para la toma de decisiones, alternancia de la presidencia, periodicidad y organización de las reuniones, plan de trabajo, funciones especí fi cas de la secretaría técnica, entre otros que correspondan. El mismo es propuesto por la Dirección de Promoción y Protección de Derechos Fundamentales Laborales de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo y es aprobado por la Mesa de Trabajo en sesión ordinaria. Artículo 9. Colaboración, asesoramiento y apoyo La Mesa de Trabajo, a través de la Secretaría Técnica, puede convocar a instituciones públicas o privadas, nacionales o internacionales, organizaciones de la sociedad civil o profesionales especializados/as en la problemática del trabajo del hogar, cuya participación se estime necesaria para la consecución de su objeto, sin que ello genere gastos al Tesoro Público. Estas instituciones y/o organizaciones ejercerán su participación en calidad de invitados de la mesa de trabajo. Artículo 10. Financiamiento Las entidades que conforman la mesa de Trabajo sujetan el cumplimiento de sus funciones a su presupuesto institucional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 11. Publicación La presente Resolución Ministerial se publica en el portal institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción de Empleo (www.gob.pe/mtpe) el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Artículo 12. Derogación de la Resolución Ministerial N° 342-2018-TR Derógase la Resolución Ministerial N° 342-2018 TR, que crea la Mesa de Trabajo para la elaboración y seguimiento del “Plan de Acción de cumplimiento de los derechos de las trabajadoras y los trabajadores del hogar 2019 – 2021, en el marco de la implementación del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”. Regístrese, comuníquese y publíquese.BETSSY BETZABET CHÁVEZ CHINO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 2005717-1Designan Directora General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 210-2021-TR Lima, 27 de octubre de 2021VISTOS: El Memorando N° 1240-2021-MTPE/4/12 de la Ofi cina General de Recursos Humanos y el Informe N° 0872-2021-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, (CAP-P N° 241), Nivel F-5, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, es necesario emitir el acto de administración interna mediante cual se designe a la profesional que desempeñará dicho cargo; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Secretaría General, de la O fi cina General de Recursos Humanos, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR; SE RESUELVE:Artículo Único. Designar a la señora SONIA MARIELA FUENTES RIVERA, en el cargo de Directora General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo, (CAP-P Nº 241), Nivel F-5, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese.BETSSY BETZABET CHÁVEZ CHINO Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo 2005718-1 Aprueban la conformación de las Unidades Funcionales de Gestión de la Calidad y de Inteligencia Sanitaria dependientes de la Dirección de Gestión Clínica y Calidad del Instituto Nacional Cardiovascular RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 987-PE-ESSALUD-2021 Lima, 25 de octubre de 2021VISTOS: La Nota N° 118-DIR-INCOR-ESSALUD-2020 e Informe N° 08-OP-DIR-INCOR-ESSALUD-2020 y la Nota N° 236-DIR-INCOR-ESSALUD-2021 del Instituto Nacional Cardiovascular; el Memorando N° 4624-GCPP-ESSALUD-2021 y el Informe N° 159-GOP-GCPP-ESSALUD-2021 de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto y el Memorando Nº 3238-GCAJ-ESSALUD-2021 e Informe Nº 649-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2021 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 1 de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social