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31 NORMAS LEGALES Domingo 31 de octubre de 2021 El Peruano / b. Versión digital en formato PDF del contrato del personal a cargo de la prestación del servicio médico, servicio social, servicio psicopedagógico y servicio seguridad y vigilancia (en este último caso, de mediar tercerización, se acompañará el contrato respectivo). c. Versión digital en formato PDF de la plani fi cación de actividades correspondientes a las estrategias para la inserción laboral de sus egresados durante los primeros seis (6) años (bolsa de trabajo, plan de suscripción de convenios con instituciones públicas y/o privadas para la inserción laboral de sus egresados, entre otros). 59.8. Requisitos para el licenciamiento de EESP pública 59.8.1. Requisitos generales : deberá presentar una solicitud fi rmada por el director de la DRE o el que haga sus veces, indicando sus nombres y apellidos completos, número del Documento Nacional de Identidad o carné de extranjería, correo electrónico para efectos de la noti fi cación electrónica, siempre que haya dado su autorización expresa para ello y domicilio; nombres y apellidos completos, número del Documento Nacional de Identidad o carné de extranjería y domicilio del director general; la propuesta de denominación de la EESP; la localización y ubicación (dirección, distrito, provincia y departamento) de la sede principal y de sus fi liales, de ser el caso; y la denominación del o los programa(s) de estudio(s) a licenciar. 59.8.2. Requisitos vinculados a la gestión institucional, que demuestre la coherencia y solidez organizativa con la propuesta pedagógica: se considerarán los requisitos establecidos en los literales a), b), c), e), f), g) e i) del numeral 59.7.2 del numeral 59.7 del artículo 59 del presente Reglamento. 59.8.3 Requisitos vinculados al desarrollo de líneas de investigación e innovación: se considerarán los requisitos establecidos en el numeral 59.7.3 del numeral 59.7 del artículo 59 del presente Reglamento. 59.8.4. Requisitos vinculados a la infraestructura física, equipamiento y recursos para el aprendizaje de acuerdo con su propuesta pedagógica, garantizando condiciones de seguridad, accesibilidad y habitabilidad: se considerarán los requisitos establecidos en el numeral 59.7.4 del numeral 59.7 del artículo 59 del presente Reglamento. Los requisitos dispuestos en los literales a), b), c), d), e), f), g), h) e i) del numeral 59.7.4 del numeral 59.7 del artículo 59 del presente Reglamento solo son exigibles para las instituciones que pretendan brindar por lo menos un programa de estudios en la modalidad presencial o semipresencial; y no son exigibles para instituciones que pretendan desarrollar la totalidad de sus programas de estudios en la modalidad a distancia. Los requisitos dispuestos en los literales j), k) y l) del numeral 59.7.4 del numeral 59.7 del artículo 59 del presente Reglamento solo son exigibles para instituciones que pretendan desarrollar la totalidad de sus programas de estudios en la modalidad a distancia; y, no son exigibles para las instituciones que pretendan brindar por lo menos un programa de estudios en la modalidad presencial o semipresencial. El requisito dispuesto en el literal p) del numeral 59.7.4 del numeral 59.7 del artículo 59 del presente Reglamento es exigible para todos los solicitantes. Adicionalmente, las instituciones que pretendan ofrecer por lo menos un programa de estudios en las modalidades semipresencial y/o a distancia deberán cumplir con los requisitos dispuestos en los literales m), n), o) y q). 59.8.5. Requisitos vinculados a la gestión académica y programas de estudios pertinentes y alineados a las normas que para dicho efecto el Minedu establezca: se considerarán los requisitos establecidos en el numeral 59.7.5 del numeral 59.7 del artículo 59 del presente Reglamento. 59.8.6. Requisitos vinculados a la disponibilidad de personal directivo, jerárquico y docente idóneo y su fi ciente, con no menos del 20% de docentes a tiempo completo : se considerarán los requisitos establecidos en el numeral 59.7.6 del numeral 59.7 del artículo 59 del presente Reglamento.59.8.7. Requisitos vinculados a la previsión económica y fi nanciera compatible con los fi nes educativos de la EESP, así como con su crecimiento institucional, que garantice su sostenibilidad: a. Certi fi cado de crédito presupuestario del año en curso emitido por el gobierno regional, el MINEDU o la entidad correspondiente, que contenga el detalle de los gastos fi nanciados por el presupuesto público. b. Versión digital en formato PDF del o fi cio suscrito por el titular del Pliego sobre disponibilidad presupuestal que garantice los recursos para atender todos aquellos aspectos necesarios para el funcionamiento de la institución, durante los próximos tres (3) años, adjuntando un informe de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces del Pliego. c. Versión digital en formato PDF del presupuesto de ingresos y gastos correspondientes a los recursos a recaudarse directamente para los próximos tres (3) años. d. Versión digital en formato PDF del presupuesto institucional detallado para los próximos tres (3) años elaborado acorde a la normativa de los sistemas administrativos del Estado. Debe incluir, como mínimo, el siguiente detalle: presupuesto de planilla docente, planilla administrativa, investigación, infraestructura física y tecnológica, mantenimiento, servicios complementarios. 59.8.8. Requisitos vinculados a servicios educacionales complementarios básicos (servicio médico, social, psicopedagógico, u otros) y mecanismos de intermediación laboral: se considerarán los requisitos establecidos en el numeral 59.7.8 del numeral 59.7 del artículo 59 del presente Reglamento. Artículo 59-A. Procedimiento transitorio de licenciamiento para la adecuación de IESP a EESP y sus requisitos 59-A.1 Disposiciones generales sobre el procedimiento de licenciamiento para la adecuación de IESP a ESSP El procedimiento transitorio de licenciamiento para la adecuación de un IESP a EESP conduce a la obtención del título habilitante para la prestación del servicio educativo pedagógico como EESP, con una vigencia de seis (6) años renovable, computados a partir del día siguiente de la emisión de la resolución que la otorga, previa veri fi cación del cumplimiento de las condiciones básicas de calidad, de acuerdo con las normas que emita el Minedu. El licenciamiento para la adecuación de un IESP a una EESP privada o pública se sujeta al procedimiento y requisitos de licenciamiento de EESP privada y pública, respectivamente, debiendo cumplir los requisitos establecidos en el presente Reglamento. Asimismo, debe considerarse que la denominación propuesta para la EESP debe corresponder a la autorizada como IESP. 59-A.2 Requisitos para el procedimiento transitorio de licenciamiento para la adecuación de un IESP a EESP privada a. Requisitos generales : se considerarán los requisitos establecidos en el numeral 59.7.1 del numeral 59.7 del artículo 59 del presente Reglamento. b. Requisitos vinculados a la gestión institucional, que demuestre la coherencia y solidez organizativa con la propuesta pedagógica : se considerarán los requisitos establecidos en los literales d), f), g) y h) del numeral 59.7.2 del numeral 59.7 del artículo 59 del presente Reglamento. Asimismo, se deberá presentar lo siguiente: (i) Versión digital en formato PDF del Proyecto Educativo Institucional (PEI) que corresponda a los primeros tres (3) años contados desde la fecha de presentación de la solicitud, que incluya el acto resolutivo de su aprobación y las actas que evidencien que se elaboró con la participación de la comunidad educativa. El PEI debe contener los acápites a los que haga referencia