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37 NORMAS LEGALES Domingo 31 de octubre de 2021 El Peruano / de investigación y de los responsables del desarrollo de los proyectos de investigación aplicada e innovación, considerando como mínimo la formación académica (grado de maestro registrado en Sunedu), experiencia laboral vinculada y coherente al programa de estudios, y su régimen de dedicación. En caso la formación sea realizada a través de entornos virtuales de aprendizaje en los programas de estudios bajo la modalidad semipresencial y a distancia, también se deberá indicar las competencias tecnológicas. 4. Versión digital en formato PDF de la propuesta de actualización de la Política de investigación e innovación, en función a los programas solicitados, que contenga el enfoque de la investigación aplicada y/o innovación, estrategias para realizar y fomentar el desarrollo de la investigación aplicada e innovación, las políticas, lineamientos y acciones para promover principios y conductas éticas, así como el resguardo de la integridad cientí fi ca y propiedad intelectual, y la de fi nición, objeto y justi fi cación de las líneas de investigación aplicada e innovación, según corresponda. La actualización comprende la modi fi cación o incorporación de las disposiciones en el documento de acuerdo con lo solicitado. 5. Versión digital en formato PDF de la propuesta de actualización del Plan de Investigación aplicada e innovación de la EEST, en función a los programas de estudios solicitados, que contenga procedimientos, estrategias para el desarrollo de los proyectos de investigación aplicada e innovación, fi nanciamiento, presupuesto, bene fi ciarios y número de proyectos anuales por cada línea de investigación, articulado con Política de investigación e innovación y el PEI de la institución. y. Declaración jurada fi rmada por el representante legal de la persona jurídica que obtuvo el licenciamiento, señalando que toda la información y documentación presentada para el licenciamiento es veraz, bajo responsabilidad. z. Una vez obtenida la licencia de los nuevos programas de estudios y de segunda especialidad, según corresponda, el director general de la institución deberá aprobar los documentos a los que se hace referencia en el numeral c), h), k), l), o), q) y x), en los mismos términos al momento de la obtención de la licencia. 60.6 Requisitos para el licenciamiento de nuevas fi liales, incluyendo locales, de IES y EEST privado a. Solicitud fi rmada por el representante legal de la persona jurídica que obtuvo el licenciamiento, indicando sus nombres y apellidos completos, número del Documento Nacional de Identidad o carné de extranjería, domicilio, número de partida registral, número de asiento registral en donde conste la facultad o poder para representar a la persona jurídica en procedimientos administrativos; su denominación y/o razón social, número de RUC; correo electrónico o casilla electrónica para efectos de la noti fi cación electrónica, siempre que haya dado su autorización expresa para ello; domicilio; la identi fi cación del promotor, la denominación con la cual oferta y/o brinda el servicio educativo; su tipo de gestión, horarios y turnos en el que brinda el servicio educativo; código modular o el que haga sus veces; la localización y ubicación (dirección, distrito, provincia y departamento) de la sede principal y fi liales, incluyendo locales, solicitados; la denominación de los programas de estudios y de segunda especialidad que serán desarrollados en dichos locales; así como su nivel formativo, modalidad del servicio educativo y enfoque de formación, según corresponda, así como el número y la fecha de la constancia de pago por derecho de trámite. b. Los requisitos señalados en el numeral 60.5 del artículo 60 del presente Reglamento, con excepción de lo dispuesto en los literales a), d), i) y j) de dicho numeral; y sin considerar aquellos aspectos relacionados con el desarrollo de los programas de estudios bajo la modalidad a distancia. c. Versión digital en formato PDF del documento que contenga información sobre la existencia y disponibilidad de la infraestructura física, según el siguiente detalle: 1. Sede principal y fi lial, incluyendo locales.- Local o locales disponibles y operativos, incluyendo la sede principal y fi liales, conforme al número de vacantes, según corresponda, y a las normas A.010, A.040, A.120 y A.130 del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, y las normas de infraestructura que correspondan, asegurando las condiciones de habitabilidad, seguridad y accesibilidad de acuerdo con la capacidad del local, por al menos (6) años, destinados únicamente para brindar el servicio educativo, sin injerencia de actividades distintas a las educativas, salvo formen parte de la propuesta pedagógica de la institución; así como la localización y ubicación (dirección, distrito, provincia, departamento y coordenadas), área total que ocupa la institución en m 2, aforo, número de estudiantes del turno mayor matricula, número de partida registral y la o fi cina registral a la cual pertenece, tipo de tenencia de cada local vinculado a los programas de estudios y de segunda especialidad del IES y EEST, según corresponda, y los turnos o períodos de uso. Los IES y EEST no pueden compartir su local o locales con instituciones correspondientes a la educación básica. En caso el local o locales sea compartido con otra institución educativa de la misma etapa del sistema educativo o un CETPRO, debe diferenciar el uso de los ambientes, equipamiento, recursos para el aprendizaje considerando los horarios y turnos de atención para la provisión del servicio de educación superior. 2. Servicios básicos.- Servicios operativos de agua potable (con la indicación de la procedencia: red pública, reservorio, tanque cisterna u otros, código de suministro, y permanencia), desagüe (con la indicación de la red de evacuación: red pública, tanque séptico, biodigestor u otros, y permanencia), energía eléctrica (con la indicación de la procedencia: red pública, grupo electrógeno, subestación u otros, código de suministro y permanencia), internet, líneas telefónicas fi jas (con la indicación del tipo de servicio, proveedor y número asociado, según corresponda), y dotación de servicios higiénicos, disponibles en todos los locales, incluyendo la sede principal y fi liales, según corresponda. d. Versión digital en formatos PDF del o los contratos o documentos similares que acrediten la disponibilidad de uso de la fi lial o fi liales, incluyendo locales, por lo menos hasta culminar el periodo de vigencia del licenciamiento institucional, debidamente escaneado; en caso dichas fi liales, incluyendo locales no sean propias, de acuerdo con ley. e. Documento que contenga información sobre la existencia y disponibilidad, de servicios educacionales complementarios básicos (servicio médico, social, psicopedagógico, u otros), detallando lo siguiente: 1. Servicio médico (tópico): El per fi l del profesional en la salud, el horario y los días de atención de acuerdo con el horario de funcionamiento de la institución, la ubicación del de tópico con su respectiva área, que debe estar ubicado dentro de la sede principal, fi liales y locales donde se desarrolla el servicio, el mismo que debe encontrarse en condiciones de habitabilidad, seguridad y accesibilidad. 2. Servicio social (bienestar social, bienestar estudiantil, voluntariado, defensa de los derechos del estudiante, entre otros): El per fi l del personal responsable, el horario y los días de atención, la ubicación de los ambientes dentro de la sede principal, fi liales y locales donde se desarrolla el servicio con su respectiva área, el mismo que debe encontrarse en condiciones de habitabilidad, seguridad y accesibilidad. 3. Servicio psicopedagógico (servicio psicológico, orientación vocacional, entre otros): El per fi l del personal responsable, el horario y los días de atención, la ubicación de los ambientes dentro de la sede principal, fi liales y locales donde se desarrolla el servicio con su respectiva área, el mismo que debe encontrarse en condiciones de habitabilidad, seguridad y accesibilidad. 4. Servicio de seguridad y vigilancia: El horario y los días de la prestación del servicio a cargo de un o más personal responsable, en la sede principal, fi liales y locales donde se desarrolla el servicio educativo.