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34 NORMAS LEGALES Domingo 31 de octubre de 2021 El Peruano / entre otros) la implementación de estrategias del Plan Anual de Trabajo (PAT) vigente con respecto a mantenimiento de infraestructura, equipamiento y mobiliario de institución, es exigible para todos los solicitantes. Adicionalmente, las instituciones que pretendan ofrecer programas de estudios en las modalidades semipresencial y/o a distancia deberán cumplir con los requisitos dispuestos en los literales m), n), o) y q) del numeral 59.7.4 del numeral 59.7 del artículo 59 del presente Reglamento. e. Requisitos vinculados a la gestión académica y programas de estudios pertinentes y alineados a las normas que para dicho efecto el Minedu establezca: se considerarán los siguientes requisitos: (i) Versión digital en formato PDF del documento que contenga la información desagregada de los estudiantes matriculados en la institución de los dos (2) últimos años, precisando la fecha de ingreso de cada estudiante. La referida información debe encontrarse actualizada al último semestre vigente. (ii) Versión digital en formato PDF de los convenios interinstitucionales vigentes, suscritos para el desarrollo de las prácticas preprofesionales de estudiantes. Estos deben presentarse por programa de estudios. (iii) Versión digital en formato PDF de los convenios de prácticas preprofesionales vigentes, suscritos por los estudiantes con la entidad pública o privada. (iv) Versión digital en formato PDF del Proyecto Curricular Institucional (PCI) vigente que contenga la propuesta de gestión pedagógica de la institución (programas de estudios y de segunda especialidad, programas semipresenciales y/o a distancia, según corresponda), así como el acto resolutivo de aprobación correspondiente y las actas que evidencien que el PCI se elaboró con la participación de la comunidad educativa. El PCI debe contener los acápites a los que haga referencia la normativa aprobada por el Minedu. (v) Versión digital en formato PDF de los sílabos correspondientes al primer ciclo de estudios de todos los programas estudios ofertados por la institución. f. Requisitos vinculados a la disponibilidad de personal directivo, jerárquico y docente idóneo y sufi ciente, con no menos del 20% de docentes a tiempo completo : se considerará el requisito establecido en el literal a del numeral 59.7.6 del numeral 59.7 del artículo 59. Asimismo, se deberán acompañar los siguientes documentos: (i) Declaración jurada que contenga, como mínimo, la siguiente información: i) nombres y apellidos, ii) documento de identidad; iii) régimen de dedicación; iv) carga horaria (lectiva y no lectiva); v) distribución horaria de dedicación a diversas actividades (debe señalarse quiénes son los docentes formadores dedicados a la investigación), vi) fi lial a la que pertenece, vii) programa académico al que pertenece. La declaración jurada debe estar suscrita por el representante legal de la institución. (ii) Versión digital en formato PDF del Currículum Vitae documentado de todos los docentes de la institución. g. Requisitos vinculados a la previsión económica y fi nanciera compatible con los fi nes educativos de la EESP, así como con su crecimiento institucional, que garantice su sostenibilidad : se considerarán los requisitos establecidos en el numeral 59.8.7 del numeral 59.8 del artículo 59 del presente Reglamento. Asimismo, se deberá acompañar la versión digital en formato PDF de documentos que evidencien (informes, reportes, fotografías, grabaciones y/o reproducciones de audio y video, entre otros) la ejecución del Presupuesto institucional de los últimos tres (3) años. h. Requisitos vinculados a los servicios educacionales complementarios básicos (servicio médico, social, psicopedagógico, u otros) y mecanismos de intermediación laboral: se considerarán los requisitos establecidos en el establecidos en el literal h) del numeral 59-A.2 del artículo 59-A del presente Reglamento.”“Artículo 60. Ampliación del servicio educativo para el IES y la EEST 60.1 Luego de obtener la licencia, las personas jurídicas licenciadas como IES o EEST pueden solicitar ante el Minedu, la ampliación de su servicio educativo a través del licenciamiento de nuevos programas de estudios o fi liales, incluyendo locales, cuyo plazo no debe tener una duración superior a ciento veinte (120) días hábiles contabilizados a partir del día siguiente a la presentación de la solicitud. Vencido dicho plazo, opera el silencio administrativo negativo. Dicha ampliación es otorgada o desestimada mediante resolución ministerial, y se rige por el procedimiento dispuesto en el artículo 58 del presente reglamento. En tanto se encuentre en trámite una solicitud de ampliación del servicio educativo de IES o EEST, no resulta procedente solicitar una nueva solicitud de ampliación del servicio educativo. 60.2 Además de los criterios previstos en el numeral 56.4 del artículo 56 del presente reglamento, en la evaluación de la solicitud de la licencia de nuevos programas de estudios o fi liales, incluyendo locales, se tomarán en cuenta los criterios técnicos de capacidad de gestión, compromiso institucional, experiencia académica y modelo educativo del IES o EEST, desarrollados en la norma que emita el Minedu. Dichos criterios, son complementarios a los principios que rigen el procedimiento administrativo general establecidos en el TUO. 60.3 La vigencia del licenciamiento de los programas de estudios, fi liales y/o locales licenciados materia del procedimiento regulado en el presente artículo, está supeditada al plazo de la vigencia institucional otorgada al IES o EEST. Asimismo, la prestación de los servicios educativos está sujeta a la vigencia de su licenciamiento. 60.4 Para el caso de observaciones y su respectiva subsanación se procede conforme se establece en el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444. 60.5 Requisitos para el licenciamiento de nuevos programas de estudios de IES y EEST privado a. Solicitud fi rmada por el representante legal de la persona jurídica que obtuvo el licenciamiento, indicando sus nombres y apellidos completos, número del Documento Nacional de Identidad o carné de extranjería, domicilio, número de partida registral, número de asiento registral en donde conste la facultad o poder para representar a la persona jurídica en procedimientos administrativos; su denominación y/o razón social, número de RUC; correo electrónico o casilla electrónica para efectos de la noti fi cación electrónica, siempre que haya dado su autorización expresa para ello; domicilio; la identi fi cación del promotor, la denominación con la cual oferta y/o brinda el servicio educativo; su tipo de gestión, horarios y turnos en el que brinda el servicio educativo; código modular o el que haga sus veces; la localización y ubicación (dirección, distrito, provincia y departamento) de la sede principal y fi liales, incluyendo locales; la denominación de los programas de estudios y de segunda especialidad solicitados, vinculados a la sede principal y fi liales, incluyendo locales; así como su nivel formativo, modalidad del servicio educativo y enfoque de formación, según corresponda, así como el número y la fecha de la constancia de pago por derecho de trámite. En caso la solicitud comprenda programas de estudios y/o de segunda especialidad licenciados previamente, estos serán considerados como nuevos programas, solo si serán ofertados y desarrollados en una fi lial y/o local ubicado en una región distinta a la solicitada. b. Versión digital en formato PDF de las propuestas de los documentos de gestión (Proyecto Educativo Institucional, Manual de Per fi les de Puestos, Reglamento Interno, y el Manual o manuales de Procesos de Régimen Académico), actualizados por la institución debido a la ampliación del servicio educativo, según las disposiciones contenidas en la norma que emita el Minedu. Dicha actualización comprende la modi fi cación o incorporación de las disposiciones en los documentos de acuerdo con lo solicitado.