Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (11/09/2021)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Sábado 11 de setiembre de 2021 El Peruano / en el cargo de con fi anza de Asesor II de la Jefatura Nacional, correspondiente a la Plaza Nº 004 del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la ONPE. Artículo Quinto.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario o fi cial “El Peruano”, en el portal Institucional (www.onpe.gob.pe) y en el portal de Transparencia de la Entidad, el mismo día. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS Jefe 1990610-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS Aprueban el “Protocolo Intersectorial para Prevención y Persecución del Delito, la Protección, Atención y Reintegración de Víctimas de Trata de Personas, adaptado a la Región Madre de Dios” ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2021-RMDD/CR POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria realizada el día viernes 06 de agosto del 2021, en su sede institucional, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada ley, establece que “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, el Estado Peruano, en concordancia con los pactos, convenciones y tratados internacionales en materia de derechos humanos, específicamente en materia de prevención y persecución del delito, la protección, atención y reintegración de víctimas de trata de personas, ha impartido normas, guías operativas y protocolos, para su observancia y aplicación por los actores competentes de sus diferentes niveles y sectores identificados y comprometidos en la erradicación de la trata de personas, fenómeno delictivo grave que vulnera la dignidad humana, que instrumentaliza a la persona con el propósito de obtener un provecho ilícito con la explotación de su mano de obra y hasta de su cuerpo, valiéndose de una posición de dominio por la parte agresora, y de la situación de vulnerabilidad, por parte de la víctima. Que, la incidencia de casos de trata de personas en nuestro medio es elevada, según las estadísticas ofi ciales; por lo que, la labor orientada a su erradicación tiene importancia relevante en la agenda pública, siendo de alcance y responsabilidad multisectorial; para lo cual, el Gobierno Regional de Madre de Dios ha constituido mediante Ordenanza Regional Nº 012-2010-GRMDD/CR, una Comisión Multisectorial Permanente y mediante Ordenanza Regional Nº 002-2018-RMDD/CR, ha aprobado el Plan Regional contra la Trata de Personas en Madre de Dios para el periodo 2018 - 2021, cuya ejecución precisa de procedimientos especí fi cos y estandarizados, herramientas legales de carácter operativo, programas y servicios coherentes con los principios básicos, enfoques y ejes de actuación correspondientes. Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2016-IN, se aprueba el Protocolo Intersectorial para la prevención y persecución del delito y la protección, atención y reintegración de víctimas de Trata de Personas. Que, el Protocolo Intersectorial para Prevención y Persecución del Delito, la Protección, Atención y Reintegración de Víctimas de Trata de Personas, adaptado a la Región Madre de Dios, propuesto por la Gerencia Regional de Desarrollo Social, comprende en su estructura: 1) Marco orientador, que a su vez, considera como principios generales: respeto a la dignidad y derechos humanos, interés superior de las niñas, niños y adolescentes, igualdad y no discriminación, privacidad y con fi dencialidad, no devolución, consentimiento informado, presunción de condición de víctima, y los enfoques de: derechos humanos, género, discapacidad, centrado en la víctima, interculturalidad, interseccionalidad, intergeneracional, territorial y de desarrollo humano, además de un marco jurídico internacional y nacional; 2) Mapeo de actores competentes, y 3) Ejes de actuación: Prevención (generación e intercambio de información sobre el fenómeno, sensibilización y capacitación de los operadores, sensibilización ciudadana, prevención social con las poblaciones vulnerables); Protección, Atención y Reintegración, que comprende a su vez: protección y atención inmediata (a víctimas adultas nacionales; niñas, niños y adolescentes nacionales y a víctimas extranjeras) y reintegración, y fi nalmente la Persecución del delito a través de la fi scalización administrativa y la actuación de la justicia penal. Que, el Consejo Regional de Madre de Dios, mediante Ordenanza Regional Nº 012-2010-GRMDD/CR, modi fi cada en su numeral 7) del Artículo Segundo por la Ordenanza Regional Nº 031-2010-GRMDD/CR, declara como prioridad del Gobierno Regional de Madre de Dios, la Lucha contra la Trata de Personas y conforma la Comisión Regional Intersectorial Permanente contra la Trata de Personas, encargada de dirigir, plani fi car, supervisar, evaluar, monitorear y hacer seguimiento a las acciones para combatirla. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 002-2018- RMDD/CR, el Consejo Regional de Madre de Dios, aprobó el Plan Regional contra la Trata de Personas en Madre de Dios para el periodo 2018- 2021. Que, es pertinente mencionar que la propuesta revisada y actualizada del “Protocolo Intersectorial para la Prevención y Persecución del Delito, la Protección, Atención y Reintegración de Víctimas de Trata de Personas de la Región Madre de Dios”, alcanzada por la Coordinadora en Madre de Dios de la ONG “Capital Humano y Social Alternativo” (CHS), a través de la Carta Nº 005-2021/CHS, ha sido materia de reunión, debate y aprobación unánime por la Comisión Regional Multisectorial Permanente contra la Trata de Personas de Madre de Dios, con fecha 31 de marzo del 2021, a instancias de la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Madre de Dios, evento en el que también se reconoció su correspondencia con la realidad y características propias de la Región Madre de Dios, atribuyendo funciones y responsabilidades de dirección y de secretaría técnica a la Comisión Regional y a la ciada Gerencia Regional, respectivamente, entre otras sugerencias. Que, mediante Informe Legal Nº 579-2021-GOREMAD- ORAJ, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, considera