NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (18/09/2021)
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10 NORMAS LEGALES Sábado 18 de setiembre de 2021 El Peruano / ACTIVIDAD 5006269 : Prevención, control, diagnóstico y tratamiento de coronavirus FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 40 226 671,00 ============ TOTAL EGRESOS 66 490 236,00 ============ 2.6 El detalle de los recursos autorizados en la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 2.5 del presente artículo, se encuentran en el Anexo Nº 1 “Asignación de Recursos para fi nanciar la contratación de nuevo Personal CAS” que forma parte del presente Decreto de Urgencia, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de esta norma en el Diario O fi cial El Peruano. 2.7 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 2.5 del presente artículo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.8 La desagregación de ingresos de los recursos autorizados en la presente Transferencia de Partidas, en la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, se registra en la partida de ingreso 1.8.1 1.2 2 Banco Mundial – BIRF, y se presenta junto con la Resolución a la que se hace referencia en el numeral precedente. 2.9 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitan a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.10 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces de los pliegos involucrados instruyen a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modi fi caciones Presupuestarias” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente artículo. 2.11 Complementariamente, autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia a que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, hasta por la suma de S/ 202 489 308,00 (DOSCIENTOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS OCHO Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Salud, del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas y de las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar el costo de la contratación a la que se re fi ere el numeral 2.1 del presente artículo, durante los meses de octubre a diciembre de 2021. Dichos recursos se trans fi eren utilizando sólo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, debiendo contar con el refrendo del Ministro de Economía y Finanzas y del Ministro de Salud, a solicitud de este último. Artículo 3.- Autorización excepcional para la contratación de personal para la conformación de equipos de intervención integral del primer nivel de atención de salud frente a la pandemia por COVID-19 3.1 Autorízase por los meses de setiembre, octubre, noviembre y diciembre del presente año, a las Direcciones de Redes Integradas de Salud del Ministerio de Salud y a las Direcciones o Gerencias Regionales de Salud de los Gobiernos Regionales, la contratación de personal bajo la modalidad del régimen especial del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, para la conformación de los equipos de atención integral de casos con fi rmados y sospechosos de COVID-19. 3.2 Los equipos de atención integral de casos confi rmados y sospechosos de COVID-19 solo realizan sus labores en el ámbito territorial del primer nivel de atención, no pudiendo ser movilizados para prestar servicios en el segundo o tercer nivel de atención. 3.3 Para efectos de la autorización establecida en el numeral 3.1 del presente artículo, las referidas entidades se encuentran exoneradas de lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios. 3.4 Los contratos administrativos de servicios que se suscriban en virtud del numeral 3.1 del presente artículo son de naturaleza estrictamente temporal y se celebran a plazo determinado, y quedan resueltos automáticamente como máximo al 31 de diciembre del 2021. 3.5 La suscripción de los contratos autorizados en el numeral 3.1 del presente artículo, debe realizarse en un plazo de veinte (20) días hábiles de la entrada en vigencia del presente dispositivo legal, periodo que incluye la solicitud de creación del registro de los mismos en el AIRHSP, a través del Módulo de Creación de Registros CAS en el AIRHSP de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas. No es procedente contratar sin el registro en el AIRHSP. El personal contratado es dado de alta en el Aplicativo Informático del Registro Nacional de Personal de la Salud (INFORHUS) y AIRHSP. 3.6 Para la aplicación de lo dispuesto en el presente artículo, autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 11 370 500,00 (ONCE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES), a favor del Ministerio de Salud y de las Unidades Ejecutoras de Salud de los Gobiernos Regionales, para fi nanciar el mes de setiembre de 2021, la contratación del personal a que hace referencia el numeral 3.1 del presente artículo, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas conforme al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del sector público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 11 370 500,00 ============ TOTAL EGRESOS 11 370 500,00 ============ A LA: En SolesSECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de SaludCATEGORIA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5006269 : Prevención, control, diagnóstico y tratamiento de Coronavirus FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 1 137 050,00