NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2021 (18/09/2021)
CANTIDAD DE PAGINAS: 110
TEXTO PAGINA: 20
20 NORMAS LEGALES Sábado 18 de setiembre de 2021 El Peruano / una propuesta de Guía para orientar el desarrollo de infraestructura vial sostenible a nivel nacional” (en adelante Grupo de Trabajo), dependiente del Ministerio del Ambiente. Artículo 2.- Objeto del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo tiene por objeto elaborar una propuesta de guía o documento similar que oriente el desarrollo de infraestructura vial sostenible, analizando la información y las metodologías generadas por la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales, así como otra información relacionada de ámbito nacional o internacional. Artículo 3.- Conformación del Grupo de Trabajo3.1. El Grupo de Trabajo a que se re fi ere el artículo 1 está conformado por: • Un/Una representante titular y alterno de la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales, quien lo preside. • Un/Una representante titular y alterno de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental. • Un/Una representante titular y alterno del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado. 3.2. Las entidades conformantes del Grupo de Trabajo designan a sus representantes titular y alterno/a, mediante comunicación dirigida a la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales, en un plazo máximo de dos (2) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. La participación de cada representante es Ad Honorem. 3.3. Para el cumplimiento de sus funciones, el Grupo de Trabajo también puede invitar a participar en sus sesiones, en calidad de invitados, a representantes de instituciones públicas y privadas, nacionales y extranjeras, así como profesionales especializados, para que colaboren en el marco del cumplimiento de su objeto. Artículo 4.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo esta a cargo de la Dirección de Monitoreo y Evaluación de los Recursos Naturales del Territorio de la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales, y es la responsable de convocar a las sesiones ordinarias o extraordinarias mediante comunicaciones virtuales y/o escritas adjuntando la agenda del orden del día, así como de llevar el registro de los acuerdos del Grupo de Trabajo y custodiar sus actas y toda documentación que se genere durante su vigencia. Artículo 5.- Funciones del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones: a) Analizar la información existente relacionada con las orientaciones para la priorización de infraestructura vial sostenible a nivel nacional, elaborada por la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales y otras iniciativas o casos relacionados. b) Identi fi car y analizar las disposiciones regulatorias relacionadas con la infraestructura vial sostenible a nivel nacional. c) Elaborar una propuesta de guía o documento similar que oriente la priorización de infraestructura vial sostenible a nivel nacional. d) Otras que resulten necesarias para el cumplimiento de su objeto, en el marco de las competencias y funciones de los integrantes del Grupo de Trabajo. Artículo 6.- Instalación 6.1. El Grupo de Trabajo se instala dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial. 6.2 Las sesiones del Grupo de Trabajo pueden ser presenciales o virtuales.Artículo 7.- Período de vigencia El Grupo de Trabajo tiene un período de vigencia de noventa (90) días hábiles, contados a partir de su instalación. Artículo 8.- Del Financiamiento El ejercicio de las funciones del Grupo de Trabajo se fi nancia con cargo al presupuesto de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 9.- Publicación La presente Resolución Ministerial se publica en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese . RUBÉN JOSÉ RAMÍREZ MATEO Ministro del Ambiente 1993126-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ a Emiratos Árabes Unidos, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 151-2021-MINCETUR Lima, 16 de setiembre de 2021Visto, el O fi cio Nº 000321-2021-PROMPERÚ/PE, de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ); CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo (PROMPERÚ), es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, la Exposición Internacional Expo Dubái 2020, a realizarse en la ciudad de Dubái, Emiratos Árabes Unidos, constituye una gran vitrina comercial y turística para los países, y para el Perú, una importante plataforma de exposición internacional de la imagen país, que permitirá la promoción de los productos peruanos de exportación, abrir un portal para inversiones extranjeras, incrementar el fl ujo de turistas y consolidar el posicionamiento de la Marca País a nivel internacional, entre otros; Que, mediante OF.RE (DAC) Nº 2-14-B/91 de fecha 11 de junio de 2020, el Ministerio de Relaciones Exteriores comunica que la Bureau International des Expositions (BIE), ha declarado formalmente el cambio de las fechas de la Expo Dubái 2020 para el período del 01 de octubre 2021 al 31 marzo de 2022; Que, PROMPERÚ viene desarrollando el proyecto del Pabellón de Perú en la Expo 2020 en Dubái, con la empresa PICO International LLC, con lo cual se dio inicio a los trabajos de diseño, construcción, implementación, operación y mantenimiento del pabellón peruano en el recinto Expo 2020 en Dubái; Que, es importante estar presente en la fi nalización de los trabajos de exhibición, contenidos e infraestructura y la recepción del pabellón, con la fi nalidad que asegure su correcto funcionamiento, teniendo en cuenta que las labores de producción como de instalación deberán concluirse el 29 de setiembre de 2021, para así dar inicio a las labores de operación de la exhibición con la apertura del evento de la Expo 2020 Dubái el 01 de octubre de 2021;