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17 NORMAS LEGALES Viernes 8 de abril de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, como entidad competente para formular, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura básica; asimismo, se establece que constituye un organismo con personería jurídica de derecho público, y pliego presupuestal; Que, mediante Resolución Ministerial N° 053-2022-MIDIS, se autorizó el viaje del señor Carlos Jesús Vilela Del Carpio, Jefe de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales y del señor Fredy Hernán Hinojosa Angulo, Director Ejecutivo del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, para asistir al IX Foro Regional de Alimentación Escolar para América Latina y el Caribe, los días 5, 6 y 7 de abril de 2022 en la ciudad de Barranquilla, así como a las reuniones bilaterales con la Vicepresidenta y Ministra de Relaciones Exteriores de Colombia, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, de acuerdo con lo informado por la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales el viaje del Señor Carlos Jesús Vilela del Carpio no se realizará, por lo que corresponde dejar sin efecto la autorización efectuada a dicho funcionario mediante la Resolución Ministerial N° 053-2022-MIDIS; Con los visados de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, la Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto la autorización de viaje del señor CARLOS JESÚS VILELA DEL CARPIO, Jefe de la Ofi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, dispuesta mediante Resolución Ministerial N° 053-2022-MIDIS. Artículo 2.- Noti fi car la presente Resolución a la Ofi cina General de Recursos Humanos, a la O fi cina General de Administración y al servidor en mención para los fi nes pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social – MIDIS (www.gob.pe/midis). Regístrese y comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 2056409-1 ECONOMIA Y FINANZAS Aprueban la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión de oficio del primer trimestre del Año Fiscal 2022 para los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 0009-2022-EF/50.01 Lima, 6 de abril de 2022CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y tiene como funciones, entre otras, el programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; así como promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, señala que el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2022 comprende, entre otros, los créditos presupuestarios máximos correspondientes a los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; Que, conforme al artículo 37 del Decreto Legislativo Nº 1440, la Programación de Compromisos Anual (PCA) es un instrumento de programación del gasto público, de corto plazo, por toda fuente de fi nanciamiento, que permite compatibilizar la programación de caja de ingresos y gastos, con la real capacidad de fi nanciamiento para el Año Fiscal respectivo, en el marco de las reglas fi scales vigentes; estableciendo, entre otros, que dicho instrumento es determinado, revisado y actualizado, de manera trimestral, por la Dirección General de Presupuesto Público; Que, mediante la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada a través de la Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01, se regula, entre otros, los procedimientos de determinación, revisión y actualización de la PCA en los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, disponiéndose en su artículo 8 que la PCA es revisada trimestralmente y de o fi cio por la Dirección General de Presupuesto Público; y es aprobada a nivel de pliego, en el caso del primer, segundo y tercer trimestre, mediante Resolución Directoral de dicha Dirección General; Que, asimismo, en el Cuadro de Plazos de la Fase de Ejecución Presupuestaria para el Año Fiscal 2022 correspondiente a los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, aprobado por la citada Resolución Directoral, se establece, entre otros, hasta el 11 de abril de 2022 como plazo para la aprobación de la revisión de o fi cio de la PCA, correspondiente al primer trimestre; Que, en consecuencia y de conformidad con las competencias de la Dirección General de Presupuesto Público, resulta necesario aprobar la PCA correspondiente a la revisión de o fi cio del primer trimestre del Año Fiscal 2022 para los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, la cual considera la información registrada en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP) al 03 de abril de 2022; En uso de las facultades conferidas en el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y en el artículo 8 de la Directiva N° 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01; SE RESUELVE: Artículo 1. Objeto Aprobar la Programación de Compromisos Anual (PCA) correspondiente a la revisión de o fi cio del primer trimestre del Año Fiscal 2022 para los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, ascendente a la suma de S/ 201 605 417 506,00 (DOSCIENTOS UN MIL SEISCIENTOS CINCO MILLONES CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS SEIS Y 00/100 SOLES), por toda Fuente de Financiamiento. Los montos aprobados de la PCA por nivel de gobierno y a nivel de pliego se detallan en los Anexos N° 1, Nº 2, Nº 3 y Nº 4, que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral.