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18 NORMAS LEGALES Viernes 8 de abril de 2022 El Peruano / Artículo 2. Monto de la PCA En caso el monto de la PCA a nivel de pliego, correspondiente a la revisión de o fi cio del primer trimestre del Año Fiscal 2022, registrado en el Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público (SIAF-SP) a la entrada en vigencia de la presente Resolución Directoral, sea superior al monto de la PCA a nivel de pliego autorizado en los Anexos a que se re fi ere al artículo 1; el monto de la PCA es el monto de la PCA registrada en el SIAF-SP. Artículo 3. Disposiciones sobre la PCA La PCA no convalida los actos o acciones que realicen los pliegos con inobservancia de los requisitos esenciales y formalidades impuestas por las normas legales, en la utilización fi nanciera de los recursos públicos asignados conforme a la normatividad vigente; así como tampoco, en ningún caso, la PCA constituye el sustento legal para las resoluciones que aprueben modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático, de acuerdo a lo señalado en el numeral 10.3 del artículo 10 de la Directiva Nº 0002-2021-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 0022-2021-EF/50.01. Artículo 4. Compromiso Los pliegos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales deben considerar la previsión en la recaudación, captación y obtención de recursos por las fuentes de fi nanciamiento antes mencionadas que esperan obtener en el Año Fiscal 2022, para realizar el compromiso correspondiente a los gastos que se fi nancian con cargo a fuentes de fi nanciamiento distintas a la de Recursos Ordinarios, en concordancia con lo señalado en el artículo 39 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo 5. Publicación La presente Resolución Directoral y los Anexos N° 1, Nº 2, Nº 3 y Nº 4 se publican en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma y su Anexo N° 1 en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LISSETH PILAR RAMSDEN RAMOS Directora GeneralDirección General de Presupuesto Público ANEXO N° 1 PROGRAMACIÓN DE COMPROMISOS ANUAL (PCA) CORRESPONDIENTE A LA REVISION DEL PRIMER TRIMESTRE DEL AÑO FISCAL 2022 (En soles) NIVEL DE GOBIERNO PCA GOBIERNO NACIONAL 126 509 448 889GOBIERNOS REGIONALES 41 453 331 719GOBIERNOS LOCALES 33 642 636 898TOTAL GENERAL 201 605 417 506 2056162-1 EDUCACION Designan Asesor I Técnico de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA N° 00029-2022-MINEDU/VMGI-PEIPEB-DIEJE Lima, 7 de abril de 2022VISTOS: i) El Informe N° 00043-2022-MINEDU/VMGI-PEIPEB- OA-URH de la Unidad de Recursos Humanos, ii) El Informe Nº 00063-2021-MINEDU/VMGI-PEIPEB-OAJ de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2020-MINEDU, se crea el Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario (en adelante PEIP Escuelas Bicentenario), con el objeto de ejecutar una cartera de inversiones constituida por setenta y cinco proyectos de inversión de las Instituciones Educativas de Lima Metropolitana y de las Instituciones Educativas Emblemáticas ubicadas en ocho departamentos y la Provincia Constitucional del Callao; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 338-2020-MINEDU se aprueba el Manual de Operaciones (en adelante MOP) del PEIP Escuelas Bicentenario, el cual establece en su artículo 2 que el PEIP Escuelas Bicentenario es un Proyecto Especial que cuenta con autonomía técnica, económica, fi nanciera y administrativa, en el marco del Decreto de Urgencia N° 021-2020, Decreto de Urgencia que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de Proyectos Especiales de Inversión Pública y dicta otras disposiciones; Que, de acuerdo a los artículos 7 y 8 del MOP del PEIP Escuelas Bicentenario, el Director Ejecutivo es la máxima autoridad administrativa, responsable de la dirección y administración general, quien ejerce funciones ejecutivas, de administración y representación del PEIP Escuelas Bicentenario, encontrándose entre sus funciones la de designar y remover a los titulares de los órganos y puestos de con fi anza del PEIP Escuelas Bicentenario; Que, el Anexo 2 del MOP del PEIP Escuelas Bicentenario, contempla los requisitos para el puesto de Asesor I, los cuales son los siguientes: “ Formación académica sustentada con título universitario o bachiller con egresado de maestría, experiencia general de siete (07) años, experiencia especí fi ca de cinco (05) años, con conocimientos técnicos a fi nes a la función y/o materia”; Que, mediante el Informe N° 00043-2022-MINEDU/ VMGI-PEIPEB-OA-URH, la Unidad de Recursos Humanos señala que el señor SEGUNDO GUSTAVO MARTÍNEZ SUÁREZ cumple con los requisitos para el cargo de con fi anza de Asesor I Técnico de la Dirección Ejecutiva del PEIP Escuelas Bicentenario; Que, mediante Informe Nº 00063-2022-MINEDU/ VMGI-PEIPEB-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica, señala que resulta legalmente viable efectuar la designación del señor SEGUNDO GUSTAVO MARTÍNEZ SUÁREZ en el cargo de con fi anza de Asesor I Técnico de la Dirección Ejecutiva del PEIP Escuelas Bicentenario; Con los vistos de la O fi cina de Administración, de la Unidad de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM; en el Decreto de Urgencia Nº 021-2020, Decreto de Urgencia que establece el modelo de ejecución de inversiones públicas a través de proyectos especiales de inversión pública y dicta otras disposiciones, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 119-2020-EF; y, en el Manual de Operaciones del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario, aprobado por Resolución Ministerial Nº 338-2020-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1. – Designar al señor SEGUNDO GUSTAVO MARTÍNEZ SUÁREZ en el cargo de con fi anza de Asesor I Técnico de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario, a partir del día 08 de abril de 2022. Artículo 2°. – Noti fi car la presente resolución al señor SEGUNDO GUSTAVO MARTÍNEZ SUÁREZ.