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22 NORMAS LEGALES Martes 12 de abril de 2022 El Peruano / total de S/ 253,747.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, a través del Memorando N° 0211-2022-MTPE/4/9, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, remite y hace suyo el Informe N° 146-2022-MTPE/4/9.2 de la Ofi cina de Presupuesto, mediante el cual emite opinión favorable en materia presupuestaria a la Transferencia Financiera a favor Contraloría General de la República; Que, en virtud de lo expuesto, y en el marco de las normas descritas, resulta pertinente aprobar la transferencia fi nanciera, por la suma de S/ 253,747.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinada a fi nanciar los gastos efectuados para la contratación de la empresa de Sociedad de Auditoria que se encargará de realizar las labores de control posterior externo a los estados fi nancieros al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, conforme a lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modi fi cado por el artículo 3 de la Ley Nº 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Administración, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; el Decreto Supremo N° 019-2019-TR, Decreto Supremo que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Resolución Ministerial N° 285-2019-TR, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR; SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, hasta por la suma de S/ 253,747.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 019: Contraloría General, Unidad Ejecutora 001-196: Contraloría General, para fi nanciar el 100% de la retribución económica por el periodo auditado 2022, a efectos de la contratación de la empresa de Sociedad de Auditoria que se encargará de realizar las labores de control posterior externo a los estados fi nancieros del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2. La transferencia fi nanciera señalada en el artículo precedente se atiende con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fi scal del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, según el anexo que forma parte integrante de la presente resolución, cuyos recursos no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3. Disponer que la presente resolución ministerial y su anexo se publiquen en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el/la Jefe/a de la O fi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.BETSSY BETZABET CHAVEZ CHINO Ministra de Trabajo y Promoción del EmpleoANEXO TRANSFERENCIA FINANCIERA DEL PLIEGO 012 MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO “UNIDAD EJECUTORA 001: MINISTERIO DE TRABAJO - OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN”, FUENTE DE FINANCIAMIENTO RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS, AL PLIEGO 019: CONTRALORÍA GENERAL N° PLIEGO UNIDAD EJECUTORA CONCEPTO TRANSFERENCIA FINANCIERA 1Pliego 019: Contraloría GeneralUE 001-196: Contraloría General Contratación de la empresa de Sociedad de Auditoria que se encargará de realizar las labores de control posterior externo a los estados fi nancieros al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, periodo a auditar 2022.S/ 253,747.00 2056967-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban el texto de modificación de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 67 “Normas Médicas y Certificación” Nueva Edición, Enmienda 2, Revisión 001 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0164-2022-MTC/12 Lima, 18 de marzo de 2022VISTO: el Informe N° 0149-2022-MTC/12.08 de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico; CONSIDERANDO:Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es la encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú siendo competente para aprobar, modi fi car y dejar sin efecto las Regulaciones Aeronáuticas del Perú y las directivas técnicas, conforme lo señala el literal c) del artículo 9 de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y el literal b) del artículo 2 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; Que, mediante Resolución Directoral N° 528-208- MTC/12, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 29 de junio de 2018, se aprobó el texto de modi fi cación de la RAP 67 “Normas Médicas y Certi fi cación” –Nueva Edición, Enmienda 1; Que, en el marco de la revisión permanente de las Regulaciones Aeronáuticas del Perú - RAP, se propuso la modi fi cación de la RAP 67; Que, el artículo 7° del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil señala que la Dirección General de Aeronáutica Civil pondrá en conocimiento público los proyectos sujetos a aprobación o modi fi cación de las RAP con una antelación de quince días calendario; Que, en cumplimiento del referido artículo, mediante Resolución Directoral N° 0587- 2021-MTC/12 del 22 de noviembre de 2021 se aprobó la difusión a través de la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del texto del proyecto de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAP 67 “Normas Médicas y Certi fi cación” Nueva Edición, Enmienda 2, Revisión 001; proyecto que ha sido objeto de comentarios y aportes, los cuales han dado mérito a la reformulación del texto original, la cual incorpora la Enmienda 175 del Anexo 1 del Convenio sobre Aviación Civil; Que, el texto de modi fi cación de la Regulación Aeronáutica del Perú - RAF 67 cuenta con las opiniones