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30 NORMAS LEGALES Martes 19 de abril de 2022 El Peruano / adoptado por el Concejo Provincial de Cajatambo, tal como se advierte de la referida sesión de concejo, en donde por mayoría se acordó aprobar diversos puntos de la agenda. 1.8. En el considerando 5 de la Resolución N° 0032- 2015-JNE, se expresó lo siguiente: 5. Para lo que aquí interesa, la ausencia constituye una situación en la que el burgomaestre está impedido de ejercer sus funciones de manera temporal, por razones voluntarias o involuntarias (Resolución N° 777-2009-JNE). Consecuentemente, de producirse el supuesto previsto en el artículo 24 de la LOM, es decir, la ausencia del alcalde, se aplicará la consecuencia jurídica contemplada en la misma norma, la cual es que el primer regidor asuma las funciones, atribuciones y competencias legales de quien se encuentra temporalmente apartado del cargo de burgomaestre (Resolución N° 0821-2011-JNE). 1.9. En el considerando 17 de la Resolución N° 806- 2013-JNE, se señaló lo siguiente: 17. En este sentido, este Supremo Tribunal Electoral considera oportuno recordar que la fi nalidad de la causal de vacancia por el ejercicio de funciones ejecutivas o administrativas, es evitar que los regidores asuman y practiquen funciones que le corresponden a otra autoridad, como lo puede ser el alcalde, o a otros funcionarios, servidores o trabajadores municipales […]. En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones 1 (en adelante, Reglamento) 1.10. El artículo 16 prescribe: Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de [la] publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. […] SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO 2.1. De los actuados se advierte que conforme a lo dispuesto por la Resolución N° 0872-2021-JNE, del 21 de octubre de 2021, el concejo municipal incorporó al procedimiento, entre otros, los siguientes documentos: 2.1.1. Informe N° 214-2021-GAF-MPPA-A, del 16 de diciembre de 2021, a través del cual el gerente de Administración y Finanzas de la entidad edil da cuenta sobre lo peticionado en los numerales 1.8.1., 1.8.2. y 1.8.3. de los antecedentes de la presente resolución. 2.1.2. Informe N° 071-2021-SGCyF-GAF-MPPA-A, del 14 de diciembre de 2021, a través del cual el subgerente de Contabilidad y Finanzas de la entidad edil da cuenta sobre lo peticionado en los numerales 1.8.1., 1.8.2. y 1.8.3. de los antecedentes de la presente resolución. 2.1.3. Informe N° 018-2021-SGP-GAF-MPPA-A, del 13 de diciembre de 2021, a través del cual el subgerente de Patrimonio de la entidad edil da cuenta sobre lo peticionado en los numerales 1.8.1., 1.8.2. y 1.8.3. de los antecedentes de la presente resolución. 2.1.4. Carta N° 535-2021-SG/RR.HH-MPPA, del 2 de diciembre de 2021, a través de la cual el subgerente de Recursos Humanos (e) de la entidad edil adjunta la Resolución de Alcaldía N° 019-2020-MPPA-A, del 20 de enero de 2020.2.1.5. Carta N° 1788-2021-SGL/MPP-A, del 9 de diciembre de 2021, a través de la cual el subgerente de Logística de la entidad edil da cuenta sobre lo peticionado en los numerales 1.8.1., 1.8.2. y 1.8.3. de los antecedentes de la presente resolución. 2.1.6. Informe N° 236-2021-SGT-YHYM-MPPA-A, del 1 de diciembre de 2021, a través del cual el subgerente de Tesorería de la entidad edil da cuenta sobre lo peticionado en los numerales 1.8.1., 1.8.2. y 1.8.3. de los antecedentes de la presente resolución. 2.1.7. Carta N° 090-2021-GAT-MPP-A, del 21 de diciembre de 2021, a través de la cual el gerente de Administración Tributaria de la entidad edil da cuenta sobre lo peticionado en los numerales 1.8.1., 1.8.2. y 1.8.3. de los antecedentes de la presente resolución. 2.1.8. Informe N° 023-2021-SGFT-GAT-MPPA-A, del 21 de diciembre de 2021, a través del cual el subgerente de Fiscalización Tributaria de la entidad edil da cuenta sobre lo peticionado en los numerales 1.8.1., 1.8.2. y 1.8.3. de los antecedentes de la presente resolución. 2.1.9. Informe N° 0225-2021-SGCRT-GAT-MPPA-A, del 21 de diciembre de 2021, a través del cual el subgerente de Control y Recaudación Tributaria de la entidad edil da cuenta sobre lo peticionado en los numerales 1.8.1., 1.8.2. y 1.8.3. de los antecedentes de la presente resolución. 2.1.10. Carta N° 4529-2021-GACTE-MPP-A, del 17 de diciembre de 2021, a través de la cual el gerente de Acondicionamiento Territorial de la entidad edil da cuenta sobre lo peticionado en los numerales 1.8.1., 1.8.2. y 1.8.3. de los antecedentes de la presente resolución 2.1.11. Informe N° 236-2021-SGSCyGSPYGA- MPPA-A, del 9 de diciembre de 2021, a través del cual el subgerente de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil de la entidad edil da cuenta sobre lo peticionado en los numerales 1.8.1., 1.8.2. y 1.8.3. de los antecedentes de la presente resolución. 2.1.12. Informe N° 000046-2021-SGLPAVyGA- GSPyGA-MPPA-A, del 9 de diciembre de 2021, a través del cual el subgerente de Limpieza Pública, Áreas Verdes y Gestión Ambiental de la entidad edil da cuenta sobre lo peticionado en los numerales 1.8.1., 1.8.2. y 1.8.3. de los antecedentes de la presente resolución. 2.1.13. Informe N° 084-2021-SGGSAYS-GSPyGA- MPPA-A, del 10 de diciembre de 2021, a través del cual el subgerente de Gestión de Servicios de Agua y Saneamiento de la entidad edil da cuenta sobre lo peticionado en los numerales 1.8.1., 1.8.2. y 1.8.3. de los antecedentes de la presente resolución. 2.1.14. Informe N° 12-2021-GSPyGA-SGCYF/ JCCB, del 21 de diciembre de 2021, a través del cual el subgerente de Comercialización y Fiscalización de la entidad edil da cuenta sobre lo peticionado en los numerales 1.8.1., 1.8.2. y 1.8.3. de los antecedentes de la presente resolución. 2.1.15. Informe N° 577-2021-SGTTYTT-GSPYGA- MPPA, del 21 de diciembre de 2021, a través del cual el subgerente de Tránsito, Transporte y Terminal Terrestre de la entidad edil da cuenta sobre lo peticionado en los numerales 1.8.1., 1.8.2. y 1.8.3. de los antecedentes de la presente resolución. 2.1.16. Informe N° 001-2021-GM-MPPA-A, del 21 de diciembre de 2021, a través del cual el gerente municipal de la entidad edil da cuenta sobre lo peticionado en los numerales 1.8.1., 1.8.2. y 1.8.3. de los antecedentes de la presente resolución. 2.1.17. Informe N° 326-2021-GPPyR-MPPA-A, del 22 de diciembre de 2021, a través del cual el gerente de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización de la entidad edil da cuenta sobre lo peticionado en los numerales 1.8.1., 1.8.2. y 1.8.3. de los antecedentes de la presente resolución. 2.1.18. Informe N° 00938-2021-GDSE-MPPA-A, del 21 de diciembre de 2021, a través del cual el gerente de Desarrollo Social y Económico de la entidad edil da cuenta sobre lo peticionado en los numerales 1.8.1., 1.8.2. y 1.8.3. de los antecedentes de la presente resolución. 2.1.19. Informe N° 028-2021-MPPA-AL-GM-GAJ- EJRV, del 21 de diciembre de 2021, a través del cual el gerente de Asesoría Jurídica de la entidad edil da cuenta sobre lo peticionado en los numerales 1.8.1., 1.8.2. y 1.8.3. de los antecedentes de la presente resolución.