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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (19/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Martes 19 de abril de 2022 El Peruano / TALLERES MODALIDAD REQUISITO IMPROVISACIÓN TEATRALPRESENCIAL1. Solicitud Verbal 2. Pago a la Municipalidad 3. Llenado de fi cha de Inscripción GUITARRA PRESENCIAL1. Solicitud Verbal 2. Pago a la Municipalidad 3. Llenado de fi cha de Inscripción CLOWN PRESENCIAL1. Solicitud Verbal 2. Pago a la Municipalidad 3. Llenado de fi cha de Inscripción CANTO PRESENCIAL1. Solicitud Verbal 2. Pago a la Municipalidad 3. Llenado de fi cha de Inscripción 2058507-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VEINTISEIS DE OCTUBRE Autorizan viaje de regidores a Honduras, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 322-2021-MDVO-A. Veintiséis de Octubre, 8 de noviembre de 2021VISTO:El Expediente de Proceso Nº 13889-2021-MDVO, (que contiene la Carta S/N del 1 de agosto de 2021); el Expediente de Proceso Nº 17950-2021-MDVO, (que contiene la Carta S/N de 1 de octubre de 2021; El Expediente de Proceso Nº 14502-2021-MDVO, (que contiene la Carta S/N del 5 de agosto de 2021); el Informe Nº 868-2021-MDVO-SG, de la Secretaría General; el Memorando Nº 292-2021-A-MDVO, del despacho de alcaldía; el Informe Nº 007-2021-ACCC/MDVO, del Asesor de Alcaldía; el Informe Nº 008-2021-ACCC-/MDVO, del Asesor de Alcaldía; el Acuerdo de Concejo Nº 51-2021-MDVO-CM; el Expediente de Proceso, N° 19955-2021-MDVO, (que anexa Carta N° 002-2021-BACC), del regidor Brayan Arnold Castillo Coro; el Expediente de Proceso N° 19959-2021-MDVO, (que anexa la Carta N° 002-2021-JBA, del regidor Jaime Benites Acha; el Expediente de Proceso N° 20055-2021-MDVO, (que anexa la Carta N° 002-2021-ACGA), de la regidora Ana Carolina Gonzales Ayala; el Memorando Nº 275-2021-A/MDVO, del despacho de Alcaldía; el Informe Nº 1111-2021-SGRRHH-GAF/MDVO, de la Subgerencia de Recursos Humanos; el Informe Nº 275-2021-GPP-MDVO, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 1152-2021-SGRRHH-GAF/MDVO, de la Subgerencia de Recursos Humanos; el Informe Nº 278-2021-GPP-MDVO, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Proveído Nº 7094-2021-MDVO-GM, de la Gerencia Municipal; el Proveído Nº 7148-2021-MDVO-GM, de la Gerencia Municipal; el Informe Legal Nº 1128-2021-MDVO-GAJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, la autonomía señalada en la Constitución para las Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 9º numeral 11, nos señala las atribuciones del Concejo Municipal, siendo una de ellas: Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; Que, estando a lo dispuesto por el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que “los Acuerdos de Concejo son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional”; una vez válidamente adoptado y emitido el Acuerdo de Concejo, deberá ser ejecutado por el Alcalde, bajo responsabilidad, a tenor del inc. 3) del artículo 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, según el artículo 1° de la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, señala que “Las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad”. En concordancia con el artículo 2° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, que señala “La resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…) Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. No obstante, los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados conforme a la escala de viáticos por zonas geográ fi cas; Del mismo cuerpo normativo ya mencionado, en el artículo 2º, dispone que las resoluciones de autorización de viajes al exterior deberán sustentarse en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad, en tanto que el artículo 3º, indica que las resoluciones de autorización de viajes deberán publicarse en el diario O fi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, tal y conforme lo señala el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, artículo 10° que “Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario o servidor público, deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. En caso de no realizarse el viaje autorizado, corresponde la inmediata devolución de los montos entregados al día siguiente de la suspensión del viaje. Para tales efectos, no será necesaria otra Resolución que deje sin efecto la autorización correspondiente”; Que, mediante los Expedientes de Proceso; N° 13889-2021, N° 14502-2021, N° 17950-2021; el Sr. Paul Luis Rodríguez Vivas, en calidad de Presidente – CEO, Red Mundial de Jóvenes Políticos y el Sr. Fernando Paz en calidad de Director Nacional de Honduras de la Red Mundial de Jóvenes Políticos, alcanzan invitaciones a los regidores Ana Carolina Gonzales Ayala, Brayan Arnold Castillo Coro, Jaime Benites Acha, a participar en el III Congreso Internacional de la Red Mundial de Jóvenes Políticos, teniendo como objetivos conectar y enlazar a los Directivos Nacionales y Regionales con los demás países para el desarrollo de proyectos transnacionales y de cooperación, construir la Agenda Mundial de la Juventud, la cual será presentada ante la ONU, la OEA, la OIJ, la KAS, y las entidades Gubernamentales