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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (19/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Martes 19 de abril de 2022 El Peruano / departamento de Ucayali, a fi n de que complete el periodo de gobierno municipal 2019-2022, para lo cual se le debe otorgar la respectiva credencial que lo faculte como tal. 5. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución N° 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVASánchez Corrales Secretario General (e) 1 Aprobado mediante Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano . 2058496-1 Declaran nulo el acto que denegó la inscripción de ciudadano como afiliado a la organización política Avanza País - Partido de Integración Social, que aparece en el Sistema de Registro de Organizaciones Políticas RESOLUCIÓN N° 0407-2022-JNE Expediente N° JNE.2022002553 CELENDÍN - CAJAMARCADNROPAPELACIÓN Lima, doce de abril de dos mil veintidós.VISTO: en audiencia pública virtual de la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Elmer Ernán Campos Díaz (en adelante, señor recurrente) en contra del O fi cio N° 1312-2022-DNROP/JNE, del 10 de marzo de 2022 –entiéndase, en contra del acto que denegó su inscripción como a fi liado a la organización política Avanza País - Partido de Integración Social (en adelante, Avanza País), que aparece en el Sistema de Registro de Organizaciones Políticas (SROP), efectuada por la Dirección Nacional de Registro de Organizaciones Políticas (DNROP)–. PRIMERO. ANTECEDENTES1.1. Mediante escrito presentado el 23 de diciembre de 2021, el personero legal titular de Avanza País solicitó ante la DNROP, la inscripción de un padrón de a fi liados complementario, adjuntando, entre otros, la fi cha de afi liación del señor recurrente. 1.2. El 5 de enero de 2022, el personero legal alterno de la organización política Acción Popular (en adelante, Acción Popular) solicitó ante la DNROP, la inscripción de un padrón de a fi liados complementario, adjuntando, entre otros, la fi cha de a fi liación del señor recurrente. 1.3. En atención a ello, la DNROP denegó la inscripción de la a fi liación del señor recurrente a Avanza País, tal como aparece en el sistema de “Consulta Detallada de A fi liación” e historial de candidaturas del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), ubicada en el portal electrónico institucional <www.jne.gob.pe>, en el enlace “SROP” 1, donde se señala “A fi liación no cumplió requisitos Tenía a fi liación a otra organización política”. 1.4. El 1 de marzo de 2022, el señor recurrente presentó un escrito a través del cual solicita se convalide su a fi liación por prelación y antigüedad a Avanza País. 1.5. Ante ello, mediante O fi cio N° 1312-2022-DNROP/ JNE, del 10 de marzo de 2022, la DNROP le informó que los actos registrales realizados en el ROP pueden ser cuestionados a través de los medios impugnativos que el Reglamento del Registro de Organizaciones Políticas 2 (en adelante, Reglamento del ROP) establece. SEGUNDO. SÍNTESIS DE AGRAVIOS2.1. El 15 de marzo de 2022, el señor recurrente interpuso recurso de apelación en contra del acto que denegó su inscripción como a fi liado a Avanza País, que aparece en el SROP, efectuada por la DNROP, alegando esencialmente lo siguiente: 2.1.1. El 21 de agosto de 2021, solicitó su a fi liación a Avanza País, sin embargo, de acuerdo a su historial de a fi liación aparece como a fi liado a Acción Popular, organización política a la que nunca perteneció. 2.1.2. Niega haber solicitado su a fi liación a Acción Popular, así como que haya renunciado a su a fi liación a Avanza País. 2.1.3. En estricta equidad y justicia, por prelación y antigüedad se debe convalidar su a fi liación que legalmente está registrada. CONSIDERANDOSPRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 17 del artículo 2 determina: Artículo 2.- Derechos fundamentales de la persona Toda persona tiene derecho:[...] 17. A participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación. Los ciudadanos tienen, conforme a ley, los derechos de elección, de remoción o revocación de autoridades, de iniciativa legislativa y de referéndum. En la Ley N° 28094, Ley de Organizaciones Políticas (en adelante, LOP) 1.2. El artículo 18 señala que: Artículo 18°.- A fi liación a la organización política Todos los ciudadanos con derecho al sufragio pueden afi liarse libre y voluntariamente a una organización política. […]En caso de que dos o más organizaciones políticas presenten como a fi liado a un mismo ciudadano, la afi liación válida es la de aquella organización política que la presentó primero ante el Registro de Organizaciones Políticas, siempre que se cumpla con los requisitos de validez y las formalidades previstas en la presente norma. En el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General 3 (en adelante, TUO de la LPAG) 1.3. El numeral 1 del artículo 10 prescribe que: Artículo 10.- Causales de nulidad Son vicios del acto administrativo, que causan su nulidad de pleno derecho, los siguientes: 1. La contravención a la Constitución, a las leyes o a las normas reglamentarias. […]