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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2022 (21/04/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Jueves 21 de abril de 2022 El Peruano / VISTOS: El Informe N° D-000004-2022-ATU/GG-OA-UTI de la Unidad de Tecnologías de la Información, la Nota N° D-000143-2022-ATU/GG-OA de la O fi cina de Administración e Informe N° D-000180-2022-ATU/GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 30900, se creó la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, funcional, económica y fi nanciera; Que, el artículo 5 del Texto Único Ordenado - TUO de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, dispone que las entidades de la Administración Pública establecerán progresivamente la difusión a través de internet, de la información relativa a datos generales de la Administración Pública, información presupuestal, adquisición de bienes y servicios, actividades o fi ciales, entre otros, debiendo identi fi car al funcionario responsable de la elaboración de los portales de internet; Que, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por el Decreto Supremo N° 072-2003-PCM y modi fi cado por el Decreto Supremo N° 070-2013-PCM, corresponde que las entidades designen un funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia, lo cual se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, y será publicada en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, con relación a la ATU, el literal c) del artículo 67 de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la ATU, aprobada por Resolución Ministerial N° 090-2019-MTC/01, establece como función de la Unidad de Tecnologías de la Información de la O fi cina de Administración de la ATU, entre otras, la de “Diseñar, actualizar y realizar el mantenimiento del Portal Web de la institución y otras plataformas digitales, en el marco de las acciones de transparencia y gobierno abierto de la ATU”; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 090-2020-ATU/PE de fecha 24 de junio de 2020, se designó al señor Cesar Vílchez Inga como Jefe de la Unidad de Tecnologías de la Información de la O fi cina de Administración de la ATU; Que, asimismo, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 096-2020-ATU/PE, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” con fecha 2 de julio de 2020, se designó al señor Cesar Vílchez Inga como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la ATU; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 115-2020-ATU/PE de fecha 20 de agosto de 2020, se acepta la renuncia formulada por el señor César Vílchez Inga al cargo de Jefe de la Unidad de Tecnología de la Información de la O fi cina de Administración de la ATU; Que, en atención a lo señalado en los considerandos precedentes y a los documentos de vistos, resulta pertinente designar a quien ocupe el cargo de Jefe/a de la Unidad de Tecnologías de la Información de la O fi cina de Administración como el/la Funcionario/a Responsable del Portal de Transparencia Estándar de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU; Con el visado de la Unidad de Tecnologías de la Información, la O fi cina de Administración, la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Gerencia General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU y sus modi fi catorias; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley del Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM y sus modi fi catorias; y, la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU, aprobada por Resolución Ministerial N° 090-2019 MTC/01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dejar sin efecto la designación efectuada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 096-2020-ATU/PE. Artículo 2.- Designar a el/la Jefe/a de la Unidad de Tecnologías de la Información de la O fi cina de Administración como el/la Funcionario/a Responsable del Portal de Transparencia Estándar de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal web Institucional de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU (www.atu.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.MARÍA ESPERANZA JARA RISCO Presidenta Ejecutiva 2059712-1 CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA Formalizan la aprobación de la Directiva N° 002-2022-CONCYTEC-P, “Directiva funcionamiento, uso, servicios y oportunidades de colaboración de la Plataforma Vincúlate” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 039-2022-CONCYTEC-P Lima, 19 de abril de 2022VISTOS: El Informe Nº 45-2021-CONCYTEC-DPP- SDITT/KMC y Proveído Nº 134-2021-CONCYTEC-DPP-SDITT, complementado mediante correos electrónicos de fechas 8 y 9 de marzo de 2022 de la Sub Dirección de Innovación y Transferencia Tecnológica; el Proveído Nº 694-2021-CONCYTEP-DPP de la Dirección de Políticas y Programas de CTeI; el correo electrónico de fecha 01.12.2021 de la O fi cina de Tecnologías de Información; los Informes Nº (s) 078-2021-CONCYTEC-OGPP-OMGC y 021-2022-CONCYTEC-OGPP-OMGC, complementado mediante correo electrónico de fecha 08 de marzo de 2022 de la O fi cina de Modernización y Gestión de la Calidad; los Proveídos Nº 282-2021-CONCYTEC-OGPP y Nº 053-2022-CONCYTEC-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 032-2022-CONCYTEC-OGAJ-RRQ que cuenta con la conformidad de la O fi cina General de Asesoría Jurídica a través del Proveído Nº 121-2022-CONCYTEC-OGAJ; y el Acta de Sesión Ordinaria Nº 150 del Consejo Directivo del Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica – CONCYTEC; y, CONSIDERANDO: Que, el Consejo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica - CONCYTEC, es un organismo público técnico especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho público interno y autonomía cientí fi ca, administrativa, económica y fi nanciera, conforme a lo establecido en la Ley Nº 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica; la Ley Nº 28613, Ley del CONCYTEC, y la Ley Nº 30806, Ley que modi fi ca diversos artículos de la Ley Nº 28303, Ley marco de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica,