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76 NORMAS LEGALES Sábado 30 de abril de 2022 El Peruano / EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERU: Visto, el expediente Nº 03922 de fecha 16.01.2019, por medio del cual don Alan Steve Moreno Castro, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional de Arquitecto, por pérdida. CONSIDERANDO:Que, de conformidad a los Artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país; Que, de conformidad a la Ley Nº 28626, se faculta a las universidades públicas y privadas expedir duplicados de grados y títulos profesionales, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación, siempre que se cumpla las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada universidad; Que, con Resoluciones Nº 1503-2011-ANR y 1256- 2013-ANR, la Asamblea Nacional de Rectores, reglamenta la expedición de Duplicados de Diplomas de Grados Académico y Títulos Profesionales en cumplimiento a la Ley Nº 28626; Que, de conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; Que, mediante la Resolución Nº 3205-CU-2014 del 10.09.2014, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la “Directiva Nº 001-2014-SG para otorgar Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales por pérdida, deterioro o mutilación, expedidos por la Universidad”; Que, don Alan Steve Moreno Castro, solicita Duplicado de Diploma de Título Profesional de Arquitecto, por pérdida, el mismo que fue expedido el 20.12.2005, Diploma Nº 636, Fojas 155, el Tomo 028-T, para el efecto, adjunta los documentos consignados en el ítem VI de la Directiva Nº 001-2014-SG; y De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 07 de febrero del 2019. RESUELVE:1º ANULAR el Diploma de Título Profesional de Arquitecto, de fecha primigenio: 20.12.2005, por motivo de pérdida. 2º OTORGAR EL DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO PROFESIONAL DE ARQUITECTO. a don ALAN STEVE MORENO CASTRO, de acuerdo al siguiente detalle: Diploma Nº 636, Fojas 155 del Tomo 028-T 3º DAR CUENTA de la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. 4º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a Secretaria General y Facultad de Arquitectura Regístrese y comuníquese.MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Rector HUGO ROSULO LOZANO NUÑEZ Secretario General 2060888-1 Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa a Cuba, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN AGUSTÍN DE AREQUIPA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 0453-2022 Arequipa, 28 de abril de 2022Visto el O fi cio Nº 002-2022-HOLR, presentado por HERBERT OMAR LAZO RODRIGUEZ, docente de la Facultad de Ciencias Biológicas, en calidad de Investigador Principal del Proyecto: “CULTIVO IN VITRO PARA LA CONSERVACIÓN Y EVALUACIÓN DEL EFECTO DE LA SALINIDAD EN NOLANA THINOPHILA I.M. JOHNST: ESPECIE ENDÉMICA DE LA REGIÓN AREQUIPA”, por el que, solicita autorización de su viaje al extranjero con fi nes de investigación. CONSIDERANDO:Que, en el marco del Concurso denominado “Proyectos de Investigación Básica y Aplicada en Ingenierías o Biomédicas” resultó seleccionado el Proyecto de Investigación titulado: “CULTIVO IN VITRO PARA LA CONSERVACIÓN Y EVALUACIÓN DEL EFECTO DE LA SALINIDAD EN NOLANA THINOPHILA I.M. JOHNST: ESPECIE ENDÉMICA DE LA REGIÓN AREQUIPA”, seleccionado según Resolución Vicerrectoral Nº 007-2021-VRI del 19 de febrero de 2021, y en virtud del cual el Investigador Principal Herbert Omar Lazo Rodríguez, suscribió el Contrato de Financiamiento Nº IBA-IB-11-2021-UNSA, con el Vicerrector de Investigación de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa. Que, mediante el O fi cio Nº 002-2022-HOLR, el docente Herbert Omar Lazo Rodríguez, en calidad de investigador principal del citado proyecto, solicita autorización de su viaje, pasajes aéreos, seguro de viaje y viáticos respectivos, para participar en la Ponencia Internacional 1: “Establecimiento de un protocolo para la micropropagación de Nolana thinophila I.M. Johnst: especie endémica de Perú”, que se desarrollará en el XIV Simposio Internacional de Biotecnología Vegetal, Cayo Santa María - Cuba, del 02 al 06 de mayo del 2022, en ejecución del proyecto de investigación: “CULTIVO IN VITRO PARA LA CONSERVACIÓN Y EVALUACIÓN DEL EFECTO DE LA SALINIDAD EN NOLANA THINOPHILA I.M. JOHNST: ESPECIE ENDÉMICA DE LA REGIÓN AREQUIPA”, seleccionado según Resolución Vicerrectoral Nº 007-2020-VRI, del 19 de febrero de 2021; adjuntando para tal efecto los siguientes documentos: a) Copia del Contrato de Financiamiento Nº IBA-IB-11-2021-UNSA; b) Copia de la Carta de Invitación para participar en el referido evento, suscrita por el Dr. Oswaldo Fernández Martínez, Presidente del Comité Organizador del XIV Simposio Internacional de Biotecnología Vegeta; c) Copia de la Resolución Decanal Nº 048-2022-FCSB-UNSA de fecha 21 de abril de 2022, suscrita por el Decano de la Facultad de Ciencias Biológicas, por la que se acredita el otorgamiento de la Licencia con Goce de Haberes al Dr. Herbert Omar Lazo Rodríguez, para participar en el mencionado evento. Que, en efecto, en el caso materia de autos, tenemos que el viaje con fi nes de investigación del mencionado docente, contribuirá a cumplir los fi nes que tiene la Universidad, descritos en los numerales 1) y 5) del Artículo 6º de la Ley Universitaria Ley Nº 30220, es decir: “6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia cientí fi ca, tecnológica, cultural y artística de la humanidad (…) y 6.5 Realizar y promover la investigación cientí fi ca, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (…)”. Que, en tal sentido, la Subdirección de Logística mediante O fi cio Nº 0871-2022-SDL, ha determinado el itinerario, montos de pasajes aéreos, seguro viajero y viáticos internacionales; asimismo, la O fi cina Universitaria de Planeamiento mediante O fi cio Nº 415-2022-OUPL- UNSA, que contiene el Informe Nº 078-2022-OGPP-UNSA, informa que revisado el presupuesto institucional de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, para el ejercicio presupuestal 2022, se cuenta con disponibilidad presupuestal en la Fuente de Financiamiento, Recursos Determinados, Genérica de Gasto 2.3 “Bienes y Servicios”, por el monto de S/ 11,463.00, para atender los requerimientos efectuados, según el siguiente detalle: - DR. HERBERT OMAR LAZO RODRIGUEZ – INVESTIGADOR PRINCIPAL (i) Pasajes aéreos S/ 6,115.00 (ii) Seguro Viajero S/ 348.00(iii) Viáticos S/ 5,000.00