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90 NORMAS LEGALES Sábado 30 de abril de 2022 El Peruano / Gerencia de Gestión Territorial y Desarrollo Económico, el Memorando Nº 085-2022- GSC/MDC de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, el Memorando Nº 248-2022- GGA/MDC de la Gerencia de Gestión Ambiental; el Memorando Nº 053-2022- GPP/MDC y el Informe Nº 078-2022-GPP/MDC de la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto; el Informe Nº 271– 2022-GAJ/MDC de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el Memorándum Nº 282-2022-GM/MDC de la Gerencia Municipal; concernientes al PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA AMPLIACIÓN DEL HORIZONTE TEMPORAL DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO 2017-2021 DEL DISTRITO DE COMAS HASTA EL AÑO 2025; y , CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, mandato constitucional concordante con el articulo ll del Título preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, que establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42” de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización establece que es competencia exclusiva de las municipalidades plani fi car y promover el desarrollo urbano y rural de su circunscripción y ejecutar los planes correspondientes; Que, el artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar los Planes de Desarrollo Local Concertado; Que, el Decreto Legislativo Nº 1088 - Ley de creación del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico- SINAPLAN y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, dispone que el CEPLAN es el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y que sus competencias son de alcance nacional, teniendo como funciones desarrollar metodologías e instrumentos técnicos para asegurar la consistencia y coherencia del Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, los Planes Estratégicos Regionales y Locales, así como expedir las normas que corresponda para el adecuado funcionamiento del sistema en los tres niveles de gobierno; Que, el artículo 1 de la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00008- 2022/CEPLAN/PCD de fecha 10 de febrero de 2022, del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), resuelve “Autorizar a ampliar de forma excepcional el horizonte temporal hasta el año 2025 de los Planes de Desarrollo Regional Concertado y los Planes de Desarrollo Local Concertado (provincial y distrital) que tienen su horizonte temporal hasta el año 2021, siendo aplicable a los Planes de Desarrollo Concertado que hayan sido aprobados debidamente y cuenten con informe técnico del CEPLAN” Que, el artículo 2 de la mencionada resolución aprueba el procedimiento para a aprobación de la ampliación del horizonte temporal, el articulo 3 aprueba el Anexo Nº 02 “Matriz de objetivos y acciones estratégicas y logros esperados hasta el 2025, y el artículo 4º establece hasta el 31 de marzo de 2022 como plazo máximo para que los gobiernos locales remitan sus solicitudes de ampliación de plazo de los Planes de Desarrollo Local Concertado; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 480/MC, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 22 de julio de 2016, se aprobó el Plan de Desarrollo Local Concertado 2017- 2021 del Distrito de Comas, contando con el Informe Técnico Nº 21-2016-CEPLAN-ONCP- MPCC de la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico CEPLAN, comunicada a esta Entidad mediante O fi cio Nº 197-2016-CEPLAN/DNCP de fecha 05 de julio de 2016; Que, mediante Informe Técnico Nº DO00013-2022- CEPLAN-DNCPPDLC, comunicada a esta Entidad mediante O fi cio Nº DO00145-2022-CEPLAN-DNCP de fecha 22 de marzo de 2022, la Dirección Nacional de Coordinación y Planeamiento Estratégico del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico- CEPLAN, concluye que el proyecto de ampliación del horizonte temporal hasta el año 2025 plasmado en el Anexo Nº 02Matriz de objetivos y acciones estratégicas y logros esperados hasta el 2025” presentado por la Municipalidad Distrital de Comas, si cumple con los requisitos establecidos en la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 00008-2022/CEPLAN/PCD; Que, con Informe Nº030-2022-SGPM-GPP/MDC, la Subgerencia de Planeamiento y Modernización presenta la propuesta de ampliación del horizonte temporal del Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021 del Distrito de Comas hasta el año 2025 que cuenta con opinión favorable del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) y cuya aprobación resulta de necesidad institucional pues permitirá su oportuna adecuada articulación con el Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo Institucional Multianual de la Entidad; Que, mediante Informe Nº078-2022-GPP/MDC, la Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto señala que es procedente la aprobación de la ampliación del horizonte temporal hasta el año 2025 del Plan de Desarrollo Local Concertado, para lo cual se requiere formalizarlo a través de la correspondiente Ordenanza Municipal; Que, mediante Informe Nº 271-2022-GAJ/MDC, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, emite opinión favorable al proyecto de ampliación del horizonte temporal hasta el año 2025 del Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Comas; Que, la Comisión Ordinaria de Regidores de Economía, Administración, Finanzas, Plani fi cación, Presupuesto y Tributación Municipal, mediante dictamen de visto, emite dictamen favorable respecto al proyecto de Ampliación del Horizonte Temporal del Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021 del Distrito de Comas hasta el año 2025; Estando a lo expuesto, de conformidad con las atribuciones previstas en el numeral 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, luego de la respectiva deliberación y evaluación de los documentos concernientes al PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA AMPLIACIÓN DEL HORIZONTE TEMPORAL DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO 2017-2021 DEL DISTRITO DE COMAS HASTA EL AÑO 2025, con el voto POR UNANIMIDAD de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, el Concejo Municipal aprobó lo siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA AMPLIACIÓN DEL HORIZONTE TEMPORAL DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL CONCERTADO 2017-2021 DEL DISTRITO DE COMAS HASTA EL AÑO 2025 Artículo Primero.- APROBAR la ampliación del horizonte temporal del Plan de Desarrollo Local Concertado 2017-2021 del distrito de comas hasta el año 2025, el mismo que en Anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a los Órganos y Unidades Orgánicas competentes de la Municipalidad Distrital de Comas, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, siguiendo las pautas establecidas por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN). Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Subgerencia de Informática y Gobierno Electrónico su difusión en el Portal Web de la Municipalidad Distrital de Comas (www.municomas.gob.pe). Artículo Cuarto.- FACULTESE al señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAÚL DÍAZ PÉREZ Alcalde