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11 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de agosto de 2022 El Peruano / Histórico de la Zona Registral N° IX – Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; Que, con el O fi cio N° 000120-2022-AGN/JEF, el Jefe Institucional del Archivo General de la Nación remite al Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales la propuesta de declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación de nueve “Libros de Registros de Inscripciones de Censos y Tributos (1575-1781)”, los cuales se encuentran custodiados por el Fondo Histórico de la Zona Registral N° IX – Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos; Que, la Dirección de Archivo Histórico a través del Memorando Nº 00165-2022- AGN/DAH remite el Informe N° 000073-2022-AGN/DAH-ARDPDA del Área de Registro y Defensa del Patrimonio Documental Archivístico del Archivo General de la Nación, señalando que los nueve “Libros de Registros de Inscripciones de Censos y Tributos (1575-1781)” constituyen testimonios de importancia, valor y signi fi cado histórico en la construcción de una nueva sociedad que se asentaba en los territorios que hoy conforman el Perú, así como de una nueva legalidad que cimentó la convivencia social y jurídica durante todo el periodo colonial y, a su vez, el ejercicio de la institucionalidad durante la vida republicana; exhibiendo no solo las normas y leyes que sustentaron y sancionaron las acciones durante el nacimiento de las ciudades bajo el dominio español sino, también, revelando el carácter, formación, o fi cios e intereses de sus participantes o gestores y autoridades, es decir, fuentes de información de primera mano para investigaciones en los aspectos cientí fi co, histórico, social, político y económico, etc., de la naciente Ciudad de los Reyes y alrededores, que contribuyen en la construcción de nuestra memoria e identidad nacionales; Que, con el O fi cio Nº 000089-2022-AGN/SG se remite el Memorando Nº 0205-2022-AGN/DAH que hace suyo el Informe Nº 000087-2022-AGN/DAH-ARDPDA del Área de Registro y Defensa del Patrimonio Documental Archivístico del Archivo General de la Nación, por el que se precisa el sustento técnico solicitado mediante el O fi cio Nº 000315-2022-SG/MC respecto a los nueve “Libros de Registros de Inscripciones de Censos y Tributos (1575- 1781)”; Que, en ese sentido, habiéndose pronunciado favorablemente los órganos técnicos competentes, resulta procedente la citada declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación; advirtiéndose que los informes técnicos citados precedentemente, constituyen partes integrantes de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 004- 2019-JUS; Con las visaciones del Archivo General de la Nación y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modi fi catorias; la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 013-90-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 120, Ley Orgánica del Archivo General de la Nación; el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Supremo N° 005-2013-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura; y el Decreto Supremo N° 005-2018-MC, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación; SE RESUELVE: Artículo 1.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a nueve “Libros de Registros de Inscripciones de Censos y Tributos (1575-1781)”, los cuales se encuentran custodiados por el Fondo Histórico de la Zona Registral N° IX – Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, conforme se aprecia en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Notifi car la presente resolución al Archivo General de la Nación, para los fi nes consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JANIE MARILE GOMEZ GUERRERO Viceministra de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 2091358-1 EDUCACION Aprueban Cuadro que contiene el detalle de los concursos, ev entos y actividades de formación y capacitación del Sector Educación durante el Año Fiscal 2022 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 319-2022-MINEDU Lima, 2 de agosto de 2022 VISTOS, el Expediente UPP2022-INT-0136070; los Ofi cios Nº 00319-2022-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA y Nº 00360-2022-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA, los Informes Nº 0219-2022-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA y Nº 0270-2022-MINEDU/VMGP-DIGEIBIRA de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural; el O fi cio Nº 00940-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe Nº 00183-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIBRED de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente; el Memorándum Nº 00486-2022-MINEDU/SPE-OPEP de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto; el Informe Nº 01133-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto; el Informe Nº 00820-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el segundo párrafo de la Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, autoriza al Ministerio de Educación y a los Gobiernos Regionales, con cargo a su presupuesto institucional, a fi nanciar el pago de pasajes y viáticos de los participantes en los concursos, eventos y actividades de formación y capacitación que el sector Educación organice y ejecute, según corresponda, los mismos que deben ser autorizados mediante resolución del titular del pliego que establezca los eventos a realizarse durante el 2022, así como la condición y cantidad de participantes por cada evento; Que, el tercer párrafo de la citada Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, establece que los viáticos que se otorguen en el marco de lo antes establecido se sujetan a los montos aprobados mediante Decreto Supremo Nº 007-2013-EF, Decreto Supremo que regula el otorgamiento de viáticos para viajes en comisión de servicios en el territorio nacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0246-2012- ED, se conforma la Comisión Nacional de Educación Intercultural y Bilingüe (CONEIB), de naturaleza permanente, como órgano de participación y concertación entre el Ministerio de Educación y los pueblos indígenas, andinos, amazónicos y afroperuanos, a través de sus organizaciones representativas, con el objeto de contribuir en la implementación de las políticas de Educación Intercultural y Bilingüe; Que, mediante Decreto Ley Nº 11192, se crea la Condecoración de Palmas Magisteriales con el propósito de reconocer a los ciudadanos que han aportado de forma extraordinaria a la educación, ciencia y cultura del país;