Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (03/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 204

TEXTO PAGINA: 26

26 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de agosto de 2022 El Peruano / Que, en ese sentido, el plazo de diez (10) días hábiles adicionales restantes para la emisión del pronunciamiento de este Organismo Regulador respecto al proyecto de modi fi cación del REA de LAP, vence el 27 de julio de 2022; Que, las Gerencias de Supervisión y Fiscalización y de Asesoría Jurídica han presentado al Consejo Directivo el Informe Conjunto Nº 00068-2022-IC-OSITRAN donde emiten opinión respecto de la propuesta de modi fi cación del reglamento de acceso presentada por el Concesionario, indicando que la misma se enmarca en lo establecido en el REMA, con excepción de lo referido a la renuncia al derecho de subrogarse contra LAP, establecido como requisito de las pólizas de seguro; Que, respecto a lo señalado en el Informe de vistos, este Consejo Directivo mani fi esta su conformidad y hace suyo íntegramente los fundamentos de dicho informe, y acorde con el numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dicho informe constituye parte integrante de la presente Resolución y de su motivación; De conformidad con lo establecido por el artículo 51 del REMA; lo dispuesto por el artículo 53 del Reglamento de Organización y Funciones del Ositrán, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2015-PCM y modi fi catorias, es función de la Gerencia de Supervisión y Fiscalización conducir los procedimientos para la aprobación de los reglamentos de acceso de las entidades prestadoras y de emisión de los mandatos de acceso que correspondan ser aprobados por el Consejo Directivo del Ositrán, estando a lo acordado en la Sesión Extraordinaria del Consejo Directivo llevada a cabo el día 27 de julio de 2022; RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la solicitud de modi fi cación del Reglamento de Acceso de la Entidad Prestadora Lima Airport Partners S.R.L. aprobado por Resolución N° 023-2004-CD-OSITRAN, presentada por el Concesionario, incluyendo la eliminación del ítem “Cantidad de Productos” del Anexo 1-A; de conformidad con los fundamentos expuestos en el Informe N° 00068-2022-IC-OSITRAN, en los siguientes términos: Artículo 2°.- Denegar el extremo de la solicitud de modi fi cación del Reglamento de Acceso de la Entidad Prestadora Lima Airport Partners S.R.L. aprobado por Resolución N° 023-2004-CD-OSITRAN, referido a la inclusión de la renuncia al derecho de subrogarse contra el Concesionario como requisito de las pólizas de seguros; de conformidad con los fundamentos expuestos en el Informe Conjunto N° 00068-2022-IC-OSITRAN. Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo 4°.- Disponer la difusión de la presente Resolución en el portal institucional del Ositrán ubicado en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe/ositran) y en la página web de la Entidad Prestadora. Artículo 5°.- Disponer que Lima Airport Partners S.R.L. actualice el texto de su Reglamento de Acceso en los términos indicados en los artículos precedentes. debiendo adicionalmente difundir por su página web el texto actualizado de su Reglamento de Acceso, conforme a los términos aprobados. Artículo 6°.- Notifi car la presente Resolución y el Informe Conjunto Nº 00068-2022-IC-OSITRAN a Lima Airport Partners S.R.L. y al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para los fi nes pertinentes. Artículo 7°.- Encargar a la Gerencia de Supervisión y Fiscalización efectuar las acciones necesarias para garantizar el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.VERÓNICA ZAMBRANO COPPELO Presidente del Consejo Directivo 2091314-1ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Encargan funciones de Administrador de la Administración Local de Agua Alto Amazonas de la Autoridad Administrativa del Agua Amazonas de la Autoridad Nacional del Agua RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0213-2022-ANA San Isidro, 2 de agosto de 2022VISTOS: El Informe Nº 0782-2022-ANA-OA-URH, de fecha 01 de agosto de 2022, el Informe Nº 785-2022-ANA-OA-URH, de fecha 02 de agosto de 2022, emitidos por la Unidad de Recursos Humanos; el Informe Legal Nº 0637-2022-ANA-OAJ, de fecha 02 de agosto de 2022, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el literal k) del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI, establece que la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua tiene como función designar y remover a los empleados de con fi anza, así como aquellas personas que deban representar a la Autoridad Nacional del Agua ante organismos y eventos nacionales e internacionales sobre materias de competencia de la entidad; Que, en concordancia con la precitada disposición, la Sétima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, establece que en tanto se implementen los instrumentos de gestión de la Autoridad Nacional del Agua, la Jefatura queda facultada para encargar las funciones de las Autoridades Administrativas del Agua, Administraciones Locales del Agua y Secretario Técnico del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca, prescindiéndose de la formalidad establecida en los artículos 22º, 23º y 30º del Reglamento; Que, cabe precisar que, mediante el artículo 1º de la Resolución de Gerencia General Nº 0026-2022-ANA-GG, se aprobó el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Autoridad Nacional del Agua, el cual clasi fi ca al Subdirector 2 como un Servidor Público Ejecutivo, estando el titular de la Administración Local de Agua Alto Amazonas de la Autoridad Administrativa del Agua Amazonas de la Autoridad Nacional del Agua dentro de dicha clasi fi cación; Que, a través del artículo 2º de la Resolución Jefatural Nº 0167-2017-ANA, de fecha 05 de julio de 2017, se resolvió encargar en el cargo de Administrador de la Administración Local de Agua Alto Amazonas de la Autoridad Administrativa del Agua Amazonas de la Autoridad Nacional del Agua al señor Bienvenido Atoche Valladolid; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la precitada encargatura y, a su vez, encargar al titular de la Administración Local de Agua en mención a través de la emisión del acto administrativo correspondiente; Que, la Unidad de Recursos Humanos, mediante los Informes de Vistos, ha reportado que el señor SEGUNDO ELOY GRANDA JIMÉNEZ cumple con el per fi l establecido en el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Resolución de Gerencia General Nº 0026-2022-ANA-GG, para ostentar el cargo de Subdirector 2 como Servidor Público de Ejecutivo, nivel que se le ha otorgado a las Administraciones Locales de Agua, debiendo ser encargado mediante Resolución Jefatural la Administración Local de Agua Alto Amazonas