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27 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de agosto de 2022 El Peruano / de la Autoridad Administrativa del Agua Amazonas de la Autoridad Nacional del Agua; Con los visados del Sub Director de la Unidad de Recursos Humanos, del Director de la O fi cina de Asesoría Jurídica y del Gerente General; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos, así como en el Reglamento Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1. Conclusión de encargatura Dar por concluida, a partir del 03 de agosto de 2022, la encargatura conferida mediante artículo 2º de la Resolución Jefatural Nº 0167-2017-ANA al señor Bienvenido Atoche Valladolid, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2. Encargatura Encargar, a partir del 03 de agosto de 2022, al señor SEGUNDO ELOY GRANDA JIMÉNEZ en el cargo de Administrador de la Administración Local de Agua Alto Amazonas de la Autoridad Administrativa del Agua Amazonas de la Autoridad Nacional del Agua, bajo el Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1057 y demás modi fi catorias. Artículo 3. Noti fi cación Poner a conocimiento el contenido de la presente Resolución Jefatural a los señores Bienvenido Atoche Valladolid y Segundo Eloy Granda Jiménez, así como a la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración de la Autoridad Nacional del Agua, para los fi nes pertinentes. Artículo 4. Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal web de la entidad: www.gob.pe/ana. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALFONSO PABLO HUERTA FERNANDEZ Jefe 2091631-1 AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO Autorizan transferencia financiera a favor de diversas municipalidades distritales de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao con las cuales se celebraron convenios de cooperación interinstitucional para la fiscalización del servicio público de transporte terrestre de personas RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 149-2022-ATU/PE Lima, 2 de agosto de 2022 VISTOS:El Informe Nº D-001212-2022-ATU/DFS-SF de la Subdirección de Fiscalización de la Dirección de Fiscalización y Sanción - DFS, el Memorando Nº D-000915-2022-ATU/DFS de la DFS, el Informe Nº D-000797-2022-ATU/GG-OA-UT de la Unidad de Tesorería de la O fi cina de Administración - OA, el Memorando Nº D-001050-2022- ATU/GG-OA de la OA, el Informe Nº D-000095-2022-ATU/GG-OPP-UP de la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto - OPP, el Memorando Nº D-000470-2022-ATU/GG-OPP de la OPP y, el Informe Nº D-000388-2022-ATU/GG-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao - ATU, como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía funcional, económica y fi nanciera; Que, el literal s) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, señala que es una transferencia fi nanciera autorizada entre entidades públicas para el presente año fi scal, las que realice la ATU a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao, a fi n de dar cumplimiento a los compromisos pactados en los convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas; Que, conforme se establece en el numeral 16.2 del artículo 16 de la referida ley, las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 16.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que hagas sus veces en la entidad; asimismo, la resolución del titular del pliego se publica en el Diario O fi cial “El Peruano”; Que, mediante Memorando Nº D-000915-2022-ATU/ DFS, la Dirección de Fiscalización y Sanción remite a la Ofi cina de Administración - OA el Informe Nº D-001212- 2022-ATU/DFS-SF, elaborado por la Subdirección de Fiscalización, en el que se determina el monto que corresponde transferir a las municipalidades distritales de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao con las cuales se celebraron convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas; Que, a través de Memorando Nº D-001050-2022- ATU/GG-OA, la OA remite a la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto - OPP el Informe Nº D-000797-2022-ATU/GG-OA-UT de la Unidad de Tesorería, a fi n de solicitar su opinión favorable sobre la autorización de transferencia fi nanciera a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao por la suma de S/ 92 599.75 (Noventa y Dos Mil Quinientos Noventa y Nueve y 75/100 Soles), correspondiente a la quinta liquidación, en el marco del literal s) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, con Informe Nº D-000095-2022-ATU/GG-OPP- UP, el cual cuenta con la conformidad de la OPP de acuerdo al Memorando Nº D-000470-2022-ATU/GG-OPP, la Unidad de Presupuesto emite su opinión favorable en materia presupuestal, respecto a la transferencia fi nanciera propuesta por el monto indicado en el considerando precedente, correspondiente a la quinta liquidación, a favor de las municipalidades distritales de la provincia de Lima y de la Provincia Constitucional del Callao, a fi n de garantizar el cumplimiento de los compromisos estipulados en los convenios de cooperación interinstitucional para la fi scalización del servicio público de transporte terrestre de personas; Con el visado de la Gerencia General, la Dirección de Fiscalización y Sanción, la O fi cina de Administración, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y, la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para