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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (28/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Domingo 28 de agosto de 2022 El Peruano / Que, a través del Informe N° 534-2022-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que, en atención a Io sustentado por la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo y la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, resulta legalmente viable que se expida una Resolución Ministerial para la creación de un Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, denominado “Grupo de Trabajo para la actualización de las Normas Técnicas GH.010, Alcance y Contenido; y, GH.020, Componentes de Diseño Urbano del Reglamento Nacional de Edi fi caciones”; De conformidad con Io dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo Sectorial Créase el Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, denominado “Grupo de Trabajo para la actualización de las Normas Técnicas GH.010, Alcances y Contenidos; y, GH.020, Componentes de Diseño Urbano del Reglamento Nacional de Edifi caciones” (en adelante, Grupo de Trabajo). Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo tiene por objeto elaborar las propuestas preliminares para la actualización de las Normas Técnicas GH.010, Alcances y Contenidos; y, GH.020, Componentes de Diseño Urbano del Reglamento Nacional de Edi fi caciones. Artículo 3.- Conformación del Grupo de Trabajo3.1 El Grupo de Trabajo está conformado por:a) Un/a representante del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, quien lo preside. b) Un/a representante de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo. c) Un/a representante de la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento. d) Un/a representante de la Asociación de Municipalidades del Perú (AMPE). e) Un/a representante de la Cámara Peruana de la Construcción (CAPECO). f) Un/a representante de la Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios (ADI PERÚ) y de la Asociación de Empresas Inmobiliarias del Perú (ASEI). g) Un/a representante de la Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Artes de la Universidad Nacional de Ingeniería. h) Un/a representante del Colegio de Arquitectos del Perú - Regional Lima. i) Un/a representante del Colegio de Ingenieros del Perú - Consejo Departamental de Lima. 3.2 Los/las integrantes del Grupo de Trabajo ejercen sus funciones ad honorem y cuentan con un/a representante alterno/a quien asiste a las reuniones en caso de ausencia del/de la titular. Artículo 4.- Designación de representantes La designación de los representantes referidos en el artículo precedente, se realiza mediante comunicación escrita dirigida a la Secretaría Técnica, dentro del plazo de cinco días hábiles posteriores a la fecha de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 5.- Funciones del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo tiene las siguientes funciones:a) Analizar las Normas Técnicas GH.010, Alcances y Contenidos; y, GH.020, Componentes de Diseño Urbano del Reglamento Nacional de Edi fi caciones. b) Aportar casuística y/o documentos técnicos sobre la aplicación de las referidas Normas Técnicas. c) Elaborar las propuestas preliminares de actualización de las Normas Técnicas GH.010, Alcances y Contenidos; y, GH.020, Componentes de Diseño Urbano del Reglamento Nacional de Edi fi caciones. d) Otras que resulten necesarias para el cumplimiento de su objeto. Artículo 6.- Secretaría Técnica La Secretaría Técnica del Grupo de Trabajo está a cargo de la Dirección de Vivienda de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, quien ejecuta las disposiciones que acuerde el Grupo de Trabajo, reporta periódicamente a la Presidencia del Grupo de Trabajo y es responsable de convocar a reuniones, llevar el registro de los acuerdos y toda la documentación que se genere para el funcionamiento y cumplimiento de su objeto. Artículo 7.- Instalación El Grupo de Trabajo se instala dentro de los cinco días hábiles posteriores al vencimiento del plazo a que se re fi ere el artículo 4 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 8.- Financiamiento8.1 La implementación de Io dispuesto en la presente Resolución Ministerial se fi nancia con cargo al presupuesto de los pliegos y de las entidades privadas que lo conforman, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. 8.2 Cada pliego institucional asume los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus representantes. Artículo 9.- Periodo de vigencia El Grupo de Trabajo tiene una vigencia de ciento veinte días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente a su instalación. Artículo 10.- Noti fi cación Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Ministerial a los integrantes del Grupo de Trabajo. Artículo 11.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR PANIAGUA CHACÓN Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2100163-1 Aprueban convocatoria para el otorgamiento del Bono de Arrendamiento de Vivienda para Emergencias RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 239-2022-VIVIENDA Lima, 26 de agosto de 2022VISTOS: El Informe N° 191-2022-VIVIENDA-VMVU/DGPPVU, de la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo (DGPPVU); el Informe N° 126-2022-VIVIENDA-VMVU-DGPPVU-DGCVU de la Dirección de Gestión y Coordinación en Vivienda y