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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (28/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Domingo 28 de agosto de 2022 El Peruano / los recibos de acotación que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, abonados a la O fi cina de Finanzas de la O fi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos. Artículo 3.- El inspector autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, debe presentar al Titular de la Entidad, un informe detallando las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL DEL PERÚ (DGAC) Código: F-DSA-P&C-002 Revisión: Original Fecha: 30.08.10 Cuadro Resumen de Viajes RELACIÓN DE VIAJES POR COMISIÓN DE SERVICIOS DE INSPECTORES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AERONÁUTICA CIVIL ESTABLECIDOS EN EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - DIRECCIÓN DE SEGURIDAD AERONÁUTICA - COMPRENDIDOS DEL 01 AL 04 DE SETIEMBRE DE 2022 Y SUSTENTADO EN LOS INFORMES Nº 0239-2022-MTC/12.04 Y Nº 0268-2022 - MTC/12 ORDEN DE INSPECCIÓN NºINICIO FIN VIÁTICOS (US$)SOLICITANTE INSPECTOR CIUDAD PAÍS DETALLE RECIBOS DE ACOTACIÓN Nºs 1145-2022- MTC/12.041-Set 4-Set US$ 1,320.00AERO TRANSPORTE S.A. ALEMÁN URTEAGA, JAVIER JOSÉ FÉLIXSEATTLE ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICAChequeo veri ficación de competencia piloto y copiloto en simulador de vuelo en el equipo Dash8-Q400 a personal aeronáutico0011999 y 0012000 2100169-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Crean Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, denominado “Grupo de Trabajo para la actualización de las Normas Técnicas GH.010, Alcances y Contenidos; y, GH.020, Componentes de Diseño Urbano del Reglamento Nacional de Edificaciones” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 238-2022-VIVIENDA Lima, 26 de agosto de 2022VISTOS: La Nota N° 182-2022-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU de la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo; el Memorando N° 987-2022-VIVIENDA-OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 534-2022-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 22.2 del artículo 22 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministerios diseñan, establecen, ejecutan y supervisan políticas nacionales y sectoriales, asumiendo la rectoría respecto de ellas; Que, el artículo 28 del Decreto Supremo N° 054-2018- PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y modi fi catorias, establece respecto a los grupos de trabajo, que son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos; sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros; pueden ser sectoriales o multisectoriales, y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual dependen; correspondiendo a la O fi cina General de Asesoría Jurídica o la que haga sus veces y a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces, validar la legalidad y sustento técnico para su creación, respectivamente; Que, asimismo, el citado artículo dispone que pueden participar en calidad de integrantes del Grupo de Trabajo representantes de otros poderes del Estado, niveles de gobierno y organismos constitucionalmente autónomos, previa conformidad de su máxima autoridad; así como representantes acreditados de la sociedad civil, academia, gremios empresariales, entre otros, siempre que su participación se vincule y contribuya al objeto del Grupo de Trabajo; la resolución ministerial que aprueba la creación de un Grupo de Trabajo, cuya conformación incluya representantes de más de un sector o que no forman parte del Poder Ejecutivo, contiene un considerando en el que se precisa que se cuenta con el consentimiento de las entidades públicas o privadas representadas en el Grupo de Trabajo; Que, mediante el Decreto Supremo N° 015-2004-VIVIENDA, se aprueba el Índice y la Estructura del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, norma rectora que establece las disposiciones aplicables a nivel nacional para regular el diseño, construcción, uso y mantenimiento de las habilitaciones urbanas y edi fi caciones; y, a través del Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, se aprueban sesenta y seis (66) Normas Técnicas del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, comprendidas en el referido Índice; Que, en el marco de las normas referidas precedentemente y con el documento de vistos, la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo sustenta y propone la creación de un Grupo de Trabajo Sectorial, de naturaleza temporal, denominado “Grupo de Trabajo para la Actualización de las Normas Técnicas GH.010, Alcances y Contenido; y, GH.020, Componentes de Diseño Urbano del Reglamento Nacional de Edi fi caciones”, ante la necesidad de revisar y modi fi car las citadas normas, que están orientadas a regular los alcances, contenido y componentes de diseño de las habilitaciones urbanas requiriendo de la participación de especialistas y actores en dicha materia; propuesta que cuenta con la opinión favorable de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, así como con el consentimiento de las entidades públicas o privadas representadas en el Grupo de Trabajo;