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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (28/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 86

86 NORMAS LEGALES Domingo 28 de agosto de 2022 El Peruano / y b) acreditar un mínimo de 3 (tres) años de actividad institucional comprobada. El número de representantes a elegir será de 4 (cuatro), de los cuales uno debe representar al sector empresarial o productivo del distrito y el resto a las organizaciones de nivel humano. Artículo Segundo: DESIGNAR al COMITÉ ELECTORAL encargado de conducir el proceso de elección de los Representantes de la sociedad civil convocado mediante el artículo anterior, siendo que dicho comité estará integrado por los siguientes funcionarios municipales: - Gerente de Participación Vecinal y Desarrollo Humano, como Presidente. - Gerente de Desarrollo Económico Local, como Secretario. - Subgerente de Planeamiento, Inversiones y Modernización de la Gestión Pública, como Vocal. Artículo Tercero: APROBAR el CRONOGRAMA ELECTORAL, el mismo que deberá ser considerado por el Comité Electoral para la elaboración del Reglamento de Elecciones: N° D ESCRIPCIÓN FECHA 1 Convocatoria a elecciones 08 de setiembre de 2022 2 Instalación del Comité Electoral 08 de setiembre de 2022 3 Difusión de la Convocatoria Del 08 al 22 de setiembre de 2022 4Registro de organizaciones para el CCLD Del 21 al 23 de setiembre de 2022 5Taller de Capacitación sobre el CCLD 23 de setiembre de 2022 6Publicación del Padrón Provisional CCLD 26 de setiembre de 2022 7Impugnaciones al Padrón Provisio- nal CCLD Del 27 al 29 de setiembre de 2022 8 Resolución de Impugnaciones 03 de octubre de 2022 9Publicación del Padrón De fi nitivo CCLD03 de octubre de 2022 10 Inscripción de candidatos del 04 al 07 de octubre de 2022 11Publicación de los candidatos inscritos 10 de octubre de 2022 12 Impugnaciones (1 día hábil) 11 de octubre de 2022 13 Resolución de Tachas 12 de octubre de 2022 14 Publicación de Candidatos hábiles 12 de octubre de 2022 15ELECCIONES15 de octubre de 2022 De 09:00am a 12:00m 16Escrutinio y resolución de impug- naciones15 de octubre de 2022 17Publicación y Proclamación de Resultados17 de octubre de 2022 18Juramentación de los miembros del CCLD20 de octubre de 2022 Artículo Cuarto: INVITAR a los representantes de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para que brinde el apoyo, asistencia técnica en el proceso eleccionario que por el presente se convoca. Artículo Quinto: CONVOCAR a los señores Regidores del Concejo Distrital de Jesús María y a los señores representantes de la sociedad civil que, mediante el presente proceso resultaren elegidos, para la sesión de instalación y juramentación del Consejo de Coordinación Local Distrital del distrito de Jesús María (CCLD) Periodo 2022-2024, encargándosele a la Gerencia de Participación Vecinal la citación al referido evento. Artículo Sexto: ESTABLECER que el Consejo de Coordinación Local Distrital del distrito de Jesús María (CCLD), período 2022-2024 asumirá las funciones previstas en el artículo 104° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, así como en el Reglamento del Consejo aprobado por Ordenanza N° 135-MJM de fecha 23 de febrero de 2004. Artículo Séptimo: DEROGAR toda disposición contraria a lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Octavo: ENCARGAR a la Secretaria General la publicación de la presente norma en el diario ofi cial “El Peruano” y, a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación su publicación, incluyendo todos los documentos que se deriven de la presente convocatoria, en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Jesús María: www.munijesusmaria.gob.pe Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JORGE LUIS QUINTANA GARCÍA GODOS Alcalde 2099860-1 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Ordenanza que prórroga para el Ejercicio 2023 la vigencia de la Ordenanza N° 667-MSB modificada por la Ordenanza N° 671-MSB, que establece el derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y Distribución para el Ejercicio 2022 ORDENANZA Nº 685-MSB San Borja, 21 de julio de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA POR CUANTO:EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA VISTOS; en la V-2022 Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal de fecha 21 de julio de 2022, el Dictamen Nº 039-2022-MSB-CAL de la Comisión de Asuntos Legales, el Dictamen Nº 030-2022-MSB-CER de la Comisión de Economía y Rentas, el Informe Nº 71-2022-MSB-GM-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria de fecha 11 de julio de 2022, el Informe Nº 121-2022-MSB-GM-OPE-UPR de la Unidad de Planeamiento y Racionalización de fecha 12 de julio de 2022, el Memorándum Nº 176-02022-MSB-GM-OPE de la O ficina de Plani ficación Estratégica de fecha 12 de julio de 2022, el Informe Nº 289-2022-MSB-OAJ de la O ficina de Asesoría Jurídica de fecha 13 de julio de 2022, sobre la Ordenanza que prorroga para el ejercicio 2023, la vigencia de la Ordenanza Nº 667-MSB, modi ficada por Ordenanza Nº 671-MSB, que establece el Derecho de Emisión Mecanizada de Actualización de Valores de la Declaración Jurada y Liquidación del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y Distribución para el ejercicio 2022; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, se establece que: “Las Municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tiene autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (...)” ; asimismo, el artículo 196º prescribe que: “Son bienes y rentas de las municipalidades: (...) 3. Las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias, y derechos creados por Ordenanzas Municipales, conforme a ley” ; Que, asimismo, el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo 60º del