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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (30/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Martes 30 de agosto de 2022 El Peruano / en base a las estructuras orgánicas aprobadas en sus Reglamentos de Organización y Funciones, y con los cargos aprobados en el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Salud, guardando coherencia en la clasi fi cación. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, que en coordinación con la Dirección Regional de Salud Junín, den cumplimiento estricto de las recomendaciones previstas en el Informe Nº 000136-2022-GRDSRH de fecha 11 de agosto de 2022. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría Ejecutiva del Consejo Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la PUBLICACIÓN de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, en el diario de mayor circulación de la Región Junín y en el portal electrónico del Gobierno Regional Junín. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Dado en la Sala de Sesiones Virtual de la Sede del Gobierno Regional Junín, a los veintitrés días del mes de agosto del 2022. JORGE LUIS BUENDÍA VILLENA Consejero Delegado Por lo tanto:Mando, comuníquese y cúmplase.Dado en el Despacho de Gobernación del Gobierno Regional Junín, a los 23 días del mes de agosto del año 2022. FERNANDO POOL ORIHUELA ROJAS Gobernador Regional 2100309-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LINCE Prorrogan fecha de vencimiento de la Ordenanza N° 472-2022-MDL, que otorga beneficios tributarios y no tributarios a los contribuyentes y/o administrados en el distrito de Lince por el estado de emergencia del COVID-19 y la Reactivación Económica del País DECRETO DE ALCALDÍA Nº 09-2022-MDL Lince, 25 de agosto de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; VISTO: El Informe N° 00608-2022-MDL/GAT/SRROC, de fecha 22 de agosto de 2022, de la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente; el Memorando N° 00294-2022-MDL/GAT, de fecha 22 de agosto de 2022, de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 040-2022-MDL-OGAJ, de fecha 24 de agosto de 2022, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional N° 30305, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de La Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía Política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que: “Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción”; Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, señala que los Decretos de Alcaldía, establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean competencia del Concejo Municipal; Que, el literal a) del artículo 66º de la Ordenanza Nº 471-2022-MDL, que modi fi ca el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Lince, aprobado por la Ordenanza N° 429-2019-MDL, establece como una de las funciones de la Gerencia de Administración Tributaria la de formular y proponer políticas, normas, planes y programas que permitan generar rentas para la Municipalidad; y, en esa línea, el literal i) del artículo 69º del mismo cuerpo de ley, establece que la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación al Contribuyente, tiene entre sus funciones la de diseñar, dirigir, controlar y ejecutar estrategias de cobranza de las obligaciones tributarias; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y modi fi catorias, establece que los gobiernos locales mediante ordenanza, pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley; Que, mediante Decreto Supremo N° 092-2022, que prorroga el Estado de Emergencia Nacional declarado por el Decreto Supremo N° 016-2022-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19 y establece nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social, prorrogado por Decreto Supremo N° 030-2022-PCM, Decreto Supremo N° 041-2022-PCM, Decreto Supremo N° 058-2022-PCM y Decreto Supremo N° 076-2022-PCM; Que, mediante Ordenanza N° 472-2022-MDL, se otorga bene fi cios tributarios y no tributarios a los contribuyentes y/o administrados en el distrito de Lince a consecuencia del estado de emergencia por el COVID-19 y la Reactivación Económica del País hasta el 31 de agosto de 2022; y, además, en su segunda disposición fi nal, faculta al Alcalde de la Municipalidad de Lince, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las medidas necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza, y asimismo para que disponga su prórroga de ser el caso; Que, mediante el Informe N° 00608-2022-MDL/GAT/ SRROC, de fecha 22 de agosto de 2022, la Subgerencia de Registro, Recaudación y Orientación Tributaria, indica con el propósito de proseguir con la reducción de la morosidad del pago de los tributos municipales y por el Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida a consecuencia del COVID-19 y la Reactivación Económica del País, además, de alentar a los contribuyentes o administrados que cumplan con el pago de sus obligaciones, es conveniente la aprobación del proyecto del Decreto de Alcaldía para la prórroga del vencimiento de la Ordenanza en mención hasta el 30 de setiembre del presente año, en aplicación de la política de la actual gestión de estimular a los vecinos Linceños en el pago puntual de los tributos municipales y/o sanciones administrativas de ser el caso; Que, mediante el Informe Nº 00294-2022-MDL/ GAT, de fecha 22 de agosto de 2022, la Gerencia de Administración Tributaria, informa que resulta necesario prorrogar la fecha de vencimiento de la Ordenanza Nº