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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (02/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Viernes 2 de diciembre de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, a través de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo N° 094-2018-PCM, se establece que la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios es una entidad adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros, de carácter excepcional y temporal; con autonomía funcional, administrativa, técnica y económica; Que, con Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00008- 2020-ARCC/DE se aprueba el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, estableciéndose en el literal o) y q) de su artículo 11 que la Dirección Ejecutiva tiene como función, designar y remover a los titulares de órganos de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios y puestos de con fi anza; así como emitir resoluciones para el cumplimiento de sus funciones; Que, mediante Resoluciones de Dirección Ejecutiva N° 00009-2020-ARCC/DE y N° 00014-2020-ARCC/DE se aprobaron los documentos orientadores en materia de gestión de recursos humanos “Indicador de puestos directivos de libre designación o remoción y puestos de confi anza” y el “Clasi fi cador de puestos de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios”, respectivamente, los cuales contemplan el puesto de Jefe de la Unidad de Gestión de la Modalidad de Contratación de Estado a Estado de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios, que es considerado de directivo(a) superior y de libre designación y remoción; Que, con Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 119- 2022-ARCC/DE la Dirección Ejecutiva dispuso designar al señor ENRIQUE FERNÁNDEZ PANIAGUA, a partir del 3 de agosto de 2022, en el puesto de Jefe de la Unidad de Gestión de la Modalidad de Contratación de Estado a Estado (UGMCEE) de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (ARCC); Que, en atención a los documentos de vistos, corresponde dar por concluida la designación del señor ENRIQUE FERNÁNDEZ PANIAGUA en el puesto de Jefe de la UGMCEE de la ARCC, considerándose como último día de prestación de servicios el 01 de diciembre de 2022; Que, encontrándose el puesto de Jefe de la UGMCEE de la ARCC vacante y a fi n de garantizar la marcha administrativa de la Entidad de acuerdo a las necesidades institucionales, resulta necesario designar a la persona que asumirá dicha función, contándose para ello con el informe de cumplimiento de requisitos de la Unidad de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; y, la Resolución de Dirección Ejecutiva N° 00008-2020-ARCC/DE, que aprueba el Documento de Organización y Funciones de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; SE RESUELVE:Artículo 1. Aceptación de renuncia Aceptar la renuncia formulada por el servidor ENRIQUE FERNÁNDEZ PANIAGUA en el puesto de Jefe de la UGMCEE de la ARCC, considerando como su último día de prestación de servicios el 01 de diciembre de 2022, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2. Entrega y recepción del cargo Disponer que el señor ENRIQUE FERNÁNDEZ PANIAGUA realice su entrega de cargo, conforme al procedimiento establecido en la Directiva N° 00001-2021-ARCC/GG, “Procedimiento para la entrega y recepción de cargo efectuados por los/as servidores/as civiles de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios - ARCC”, aprobada por la Resolución de Gerencia General N° 0004-2021-ARCC/GG, modi fi cada por Resolución de Gerencia General N° 045-2021-ARCC/GG.Artículo 3. DesignaciónDesignar al señor CESAR EDMUNDO GALVEZ PARDAVE, a partir del 02 de diciembre de 2022, en el puesto de Jefe de la UGMCEE de la ARCC. Artículo 4. Publicación Disponer que la presente Resolución se publique en el portal institucional de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (www.rcc.gob.pe) y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROBERT LOPEZ LOPEZ Director EjecutivoAutoridad para la Reconstrucción con Cambios 2131254-1 AMBIENTE Modifican el Anexo N° 2 de la Resolución Ministerial N° 187-2022-MINAM, que contiene el Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 261-2022-MINAM Lima, 30 de noviembre de 2022VISTOS; el Informe N° 00125-2022-MINAM/VMGA/ DGCA y el Memorando N° 01606-2022-MINAM/VMGA/DGCA de la Dirección General de Calidad Ambiental; el Memorando N° 01358-2022-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° 00571-2022-MINAM/SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 187-2022-MINAM, se declara en emergencia ambiental el área geográ fi ca que se encuentra detallado en el Anexo N° 1 del citado acto resolutivo, por un plazo de noventa (90) días hábiles, y se aprueba el Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo para la atención de dicha emergencia ambiental, el cual se encuentra en el Anexo N° 2 del referida Resolución Ministerial; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 229-2022-MINAM, se modi fi ca el Anexo N° 1 de la Resolución Ministerial N° 187-2022-MINAM; Que, mediante el Informe N° 00125-2022-MINAM/ VMGA/DGCA, la Dirección General de Calidad Ambiental señala que, con la modi fi cación del área geográ fi ca en el que se declara la emergencia ambiental, detallado en el Anexo 1 de la Resolución Ministerial N° 187-2022-MINAM, se debe modi fi car el Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo contenido en el Anexo 2 de la citada resolución ministerial, para incluir el distrito de Parinari, de la provincia y región de Loreto, en el ámbito y el alcance de las actividades de dicho documento; Que, de acuerdo con el literal i) del artículo 99 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial N° 167-2021-MINAM, la Dirección General de Calidad Ambiental tiene como una de sus funciones, dirigir el proceso de la Declaratoria de Emergencia Ambiental, en coordinación con las entidades correspondientes y proponer su prórroga o levantamiento; Que, en este contexto, la precitada Dirección General propone la modi fi cación del Anexo N° 2 de la Resolución Ministerial N° 187-2022-MINAM, que contiene el Plan de Acción Inmediato y de Corto Plazo; Que, en ese sentido, corresponde emitir el acto resolutivo respectivo; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de